Fallo contra la reforma laboral en Georgalos: Declararon inconstitucional despido de trabajador por adherir a un paro
La Ley de Modernización Laboral sufrió un nuevo golpe a través de una decisión del Juzgado Nacional del Trabajo N° 77, que dictó una sentencia que declaró inconstitucional el despido de un trabajador de Georgalos Hnos. SA, al que calificó como discriminatorio, y ordenó la inmediata reincorporación de Alejandro Martínez a su puesto de trabajo.
El conflicto se disparó cuando la empresa alimenticia decidió modificar la organización productiva del sector "Chocolate", reduciendo personal y, según la comisión interna, "aumentando las exigencias físicas de quienes permanecían trabajando". Ante esa situación, recurrieron a un quite de colaboración y la realización de asambleas. En respuesta, la compañía cesanteó a cinco operarios por incumplimientos laborales y participación en una "huelga ilegal", argumentó.
Por qué el juez declaró inconstitucional el despido
La resolución, firmada por el juez Mariano Candal en los autos "Martínez c/ Georgalos Hnos. S.A.", declaró la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del artículo 245 bis de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). La modificación, introducida por el Ejecutivo a través de la reforma laboral, impedía a la Justicia la reinstalación de un trabajador en su puesto si se demostraba que su despido se debía a razones discriminatorias, habilitando a las empresas a extinguir el vínculo a cambio del pago de una multa económica agravada. Por lo tanto, declaró la inconstitucionalidad del artículo por violentar los arts. 14 bis y 16 de la Constitución Nacional y múltiples tratados internacionales con jerarquía constitucional.
La sentencia remarcó que el derecho de huelga es un "derecho fundamental" que no solo se manifiesta con la abstención de tareas, sino que lleva implícita la alteración de la normalidad productiva. Afirmó que "es indudable que la huelga no se agota en la conocida 'abstención colectiva y concertada de la prestación de tareas'", agregando que "tal encasillamiento implica una limitación de una garantía constitucional".
El magistrado rechazó la idea de considerar ilícita toda alteración de la normalidad productiva, ya que justamente un paro necesariamente altera el proceso productivo, subrayando que "nada indica que la medida de fuerza adoptada en el Sector Chocolate haya resultado 'ilegal', como lo calificó la empleadora".
Qué implica este fallo para la Ley de Modernización Laboral
En cuanto a la materia probatoria, Candal aplicó los criterios más favorables al empleado establecidos por la Corte Suprema y los organismos internacionales, por los que, alegada la discriminación y probados los hechos indiciarios, era la empresa quien debía probar que el despido no se trató de una conducta discriminatoria.
Al respecto, indicó: "En suma, en materia de prueba, la redacción del art. 245 bis no desplaza los unánimes criterios jurisprudenciales, nacionales y supranacionales vigentes", advirtiendo que Georgalos no logró demostrar ninguno de los hechos que invocó para despedir a Martínez.
El fallo, que será rechazado por la empresa ante la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, hace foco en que el despido por participar en una huelga es una represalia "discriminatoria" de la Ley de Modernización Laboral. En este punto, el juez definió: "Admitirse la legitimidad del despido del actor llevaría a colocar a un trabajador en un dilema inaceptable que lo obligaría a optar entre el deber de luchar por el interés colectivo o renunciar a ello y privilegiar la necesidad vital de mantener su fuente de trabajo".
Cómo se desató el conflicto en Georgalos
Si bien la situación laboral en Georgalos es de cierta calma, el conflicto en el sector Chocolate se registró hace casi un año. Fuentes gremiales explicaron a iProfesional que el Sindicato de Trabajadores de la Alimentación venía llevando a cabo tanto negociaciones con la empresa como respaldando medidas de fuerza, hasta que sectores más radicalizados de los trabajadores intensificaron las protestas.
El resultado fueron los despidos y una mesa de discusión para la reincorporación, al tiempo que se inició la demanda judicial para la reincorporación de Martínez, a quien la empresa acusó de incumplimientos laborales severos, daños patrimoniales y participación en una supuesta huelga ilegal. Vale señalar que el magistrado determinó que Georgalos no logró sustentar ni aportar pruebas de las causales denunciadas.
Candal planteó: "Es indudable que la huelga no se agota en la conocida 'abstención colectiva y concertada de la prestación de tareas'. Tal encasillamiento implica una limitación de una garantía constitucional", apuntando que la medida de fuerza del sector Chocolate fue resuelta legítimamente en asamblea bajo amparo del gremio de la Alimentación.