Misiones prepara una acción judicial contra la derogación de la Ley de Tierras

Tras la decisión del máximo tribunal de validar la eliminación de restricciones, la provincia busca frenar la apertura de tierras rurales
Misiones prepara una acción judicial contra la derogación de la Ley de Tierras

El gobernador de Misiones, Hugo Passalacqua, instruyó al fiscal de Estado de la provincia para que inicie acciones judiciales con el objetivo de resguardar los derechos de Misiones sobre su territorio, luego del reciente fallo de la Corte Suprema vinculado con la derogación de la Ley de Tierras Rurales.

La medida quedó formalizada mediante el Decreto N.º 1935, en el que el Gobierno provincial cuestiona los efectos de la vigencia del artículo 154 del DNU 70/2023, que derogó la Ley 26.737. Passalacqua sostuvo que la decisión mantiene la posición de la provincia en defensa de su territorio y de sus recursos naturales.

El gobernador fundamentó la decisión en las características geográficas y económicas de Misiones. Según señaló, más del 90% de las fronteras provinciales son internacionales y la provincia cuenta con una importante superficie de biodiversidad y una estructura productiva con fuerte presencia de pequeños productores.

El decreto sostiene que la derogación del régimen de protección de las tierras rurales genera consecuencias sobre la autonomía provincial, el control de los recursos naturales, las finanzas públicas y distintos sectores de la economía local. A partir de esos argumentos, el Ejecutivo misionero instruyó a la Fiscalía de Estado a promover las acciones judiciales que correspondan.

Qué resolvió la Corte Suprema sobre la Ley de Tierras

La decisión del máximo tribunal se produjo en la causa iniciada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata contra el Estado nacional.

La organización había cuestionado el artículo 154 del DNU 70/2023, que derogó la Ley 26.737, conocida como Ley de Tierras Rurales. En primera instancia, el Juzgado Federal de La Plata N.º 4 había rechazado el planteo por considerar que el CECIM no tenía legitimación suficiente para promover la acción.

Luego, la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata revocó esa decisión, declaró la inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU y dispuso la continuidad del proceso como una acción colectiva. El Estado nacional apeló y el caso llegó a la Corte Suprema.

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti resolvieron revocar la sentencia de la Cámara por una cuestión vinculada con la legitimación del CECIM. El tribunal consideró que la asociación no estaba habilitada para plantear el reclamo en esos términos y que no se había configurado un caso o controversia que permitiera avanzar sobre la cuestión de fondo.

La Corte aclaró que no resolvió la constitucionalidad de la derogación

Después de las repercusiones generadas por el fallo, la Corte Suprema difundió un comunicado para precisar el alcance de su decisión.

El tribunal señaló que la sentencia no determinó si es constitucional o no el artículo 154 del DNU 70/2023 ni resolvió definitivamente la vigencia de la Ley 26.737. Según explicó, el pronunciamiento se limitó a una cuestión procesal: la legitimación del CECIM para promover la acción y solicitar una medida cautelar.

La Corte también indicó que la cuestión de fondo podría ser analizada en otro expediente si llegara a su jurisdicción un reclamo que reúna los requisitos procesales correspondientes. Además, aclaró que otras personas o entidades que consideren inconstitucional el régimen vigente pueden acudir a la Justicia.

Como consecuencia de la revocación del fallo de la Cámara, volvió a quedar vigente la derogación de la Ley 26.737 dispuesta por el DNU 70/2023. Por ese motivo, actualmente no se aplican los límites que establecía esa norma para la propiedad extranjera de tierras rurales.

Qué restricciones establecía la Ley de Tierras

La Ley 26.737 había creado un régimen destinado a regular la propiedad, posesión y tenencia de tierras rurales por parte de personas físicas o jurídicas extranjeras.

Entre sus principales disposiciones establecía:

  • Un límite del 15% para la titularidad extranjera de tierras rurales a nivel nacional, provincial y departamental
  • Restricciones para personas de una misma nacionalidad
  • Disposiciones específicas para determinadas zonas
  • La creación del Registro Nacional de Tierras Rurales
  • Un Consejo Interministerial encargado de intervenir en la aplicación del régimen

El artículo 154 del DNU 70/2023 derogó esa legislación. La sentencia de la Corte, al dejar sin efecto el fallo de la Cámara que había declarado inconstitucional esa derogación, produjo el efecto de mantener vigente la decisión del Poder Ejecutivo de eliminar el régimen establecido por la Ley 26.737.

La propia Corte, sin embargo, aclaró que ese efecto procesal no equivale a un pronunciamiento sobre la constitucionalidad de la derogación.

Misiones ya había cuestionado el cambio en el régimen de tierras

La decisión de Passalacqua se inscribe además en una posición que el Gobierno de Misiones ya había expresado durante la discusión política sobre la propiedad de tierras rurales.

En agosto, el oficialismo había impulsado cambios vinculados con la protección de la propiedad privada y el régimen de tierras. La iniciativa generó reparos entre distintos gobernadores, entre ellos Passalacqua, quien había utilizado el lema "Lo que se ama no se vende" para expresar su posición sobre la protección del territorio provincial.

Ahora, mediante el Decreto 1935, el Gobierno misionero trasladó ese planteo al ámbito judicial y ordenó a la Fiscalía de Estado iniciar las acciones que considere correspondientes.

El Congreso también puede modificar el régimen

La discusión no queda limitada a los tribunales. La Corte Suprema recordó que el Congreso conserva sus atribuciones respecto del DNU 70/2023.

El Senado ya había rechazado el decreto y la Cámara de Diputados todavía puede pronunciarse sobre su validez. Si ambas cámaras lo rechazan, el DNU quedaría derogado de acuerdo con el mecanismo constitucional previsto para los decretos de necesidad y urgencia.

Otra alternativa es que el Congreso sancione una nueva ley que establezca un régimen específico para la propiedad extranjera de tierras rurales.

De esta manera, la decisión de Misiones abre una nueva instancia judicial sobre los efectos de la derogación de la Ley de Tierras, mientras que la Corte Suprema dejó expresamente abierta la discusión sobre la constitucionalidad del régimen y el Congreso mantiene sus atribuciones para legislar sobre la materia.