Empleadas domésticas: qué debe pagar el empleador además del sueldo en octubre de 2026

Los nuevos valores de octubre oficializados por ARCA traen ajustes en contibuciones y ART. Qué obligaciones tienen los empleadores de este régimen
empleada doméstica lavando en una bacha

Tener una empleada doméstica registrada implica para el empleador una serie de pagos y obligaciones que van más allá del salario mensual. En octubre de 2026, además de aplicar la nueva escala salarial, debe contemplar las contribuciones de seguridad social, la cuota de ART y los adicionales que correspondan según cada relación laboral.

La actualización de octubre surge de la Resolución 6/2026 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), que estableció un aumento del 1,7% sobre los salarios mínimos y dispuso incorporar al básico otro 50% de la suma no remunerativa otorgada en agosto.

Por eso, para calcular cuánto cuesta tener una empleada doméstica registrada no alcanza con tomar el sueldo de bolsillo. El empleador también debe considerar los conceptos que se pagan por fuera de la remuneración, además de cumplir con las obligaciones laborales que establece el régimen.

Qué debe pagar el empleador además del sueldo

Los principales conceptos que debe afrontar quien contrata personal de casas particulares son:

  • Contribución patronal a la seguridad social
  • Cuota de ART
  • Aguinaldo, en los períodos correspondientes
  • Vacaciones pagas
  • Horas extras, cuando corresponda
  • Adicional por antigüedad, si se cumplen las condiciones
  • Adicional por zona desfavorable, cuando corresponde
  • Otros conceptos derivados de las condiciones particulares de la relación laboral

A esto se suma la obligación de registrar a la trabajadora, emitir los recibos de sueldo, ingresar los aportes y contribuciones y mantener vigente la cobertura de riesgos del trabajo.

Cuánto paga el empleador por aportes y ART

Los importes de seguridad social se determinan según la cantidad de horas semanales trabajadas.

Para los trabajadores activos mayores de 18 años, los valores correspondientes a septiembre de 2026, con vencimiento en octubre, y que fueron actualizados recientemente por ARCA son los siguientes.

Menos de 12 horas semanales

El empleador debe pagar:

  • Contribución: $729,90
  • ART: $7.754,82

El costo adicional directo del empleador por estos dos conceptos es de $8.484,72 mensuales.

De 12 a menos de 16 horas semanales

En este tramo corresponden:

  • Contribución: $1.459,48
  • ART: $11.304,68

En total, el empleador afronta directamente $12.764,16 por contribuciones y ART.

16 horas semanales o más

Para esta jornada, los importes son:

  • Contribución: $2.128,79
  • ART: $16.446,85

El costo adicional directo alcanza a $18.575,64 mensuales, sin incluir el salario.

Estos valores corresponden al período septiembre de 2026 y se pagan en octubre.

Qué parte del pago corresponde a la trabajadora

La cuota que se ingresa a través del sistema de casas particulares también incluye el aporte personal de la trabajadora. Por eso, el total que aparece en la obligación mensual no representa íntegramente un costo adicional para el empleador.

Para septiembre de 2026, los aportes personales (que se destinan a la obra social) son:

  • Menos de 12 horas: $2.084,85
  • De 12 a menos de 16 horas: $3.863,30
  • 16 horas o más: $25.694,55

Estos importes son retenidos de la remuneración y deben ser ingresados por el empleador junto con las demás obligaciones.

La diferencia es importante: el empleador afronta con sus propios fondos la contribución patronal y la ART, mientras que el aporte personal forma parte de la remuneración de la trabajadora y se retiene al momento del pago.

ART de empleadas domésticas: cuánto paga el empleador

La cobertura de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) es obligatoria para el personal de casas particulares.

La cuota está a cargo del empleador y depende de la cantidad de horas semanales trabajadas. Para septiembre de 2026, los importes son:

  • Menos de 12 horas: $7.754,82
  • De 12 a menos de 16 horas: $11.304,68
  • 16 horas o más: $16.446,85

La cobertura debe mantenerse vigente durante la relación laboral. Su costo no puede trasladarse a la trabajadora mediante un descuento sobre su salario.

Qué otros conceptos puede tener que pagar el empleador

El sueldo básico puede aumentar por determinados adicionales o situaciones previstas por el régimen.

Uno de ellos es el adicional por antigüedad, que equivale al 1% del salario mensual por cada año de antigüedad con el mismo empleador.

También corresponde un adicional del 31% por zona desfavorable para el personal que presta tareas en La Pampa, Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el partido bonaerense de Patagones.

Cuando corresponden, estos conceptos deben incorporarse a la remuneración.

Cuánto cobra una empleada doméstica en octubre de 2026

La obligación de pagar el salario mínimo vigente también cambia en octubre. La Resolución 6/2026 estableció un incremento del 1,7% para las remuneraciones mínimas de todas las categorías.

Los valores mínimos son:

  • Supervisores: $4.805,82 por hora con retiro y $5.215,59 sin retiro. Los salarios mensuales son $599.514,52 y $661.702,46
  • Tareas específicas: $4.580,80 por hora con retiro y $4.973,38 sin retiro. Los valores mensuales son $560.776,33 y $618.187,89
  • Caseros: $4.337,53 por hora y $548.429,23 mensuales
  • Asistencia y cuidado de personas: $4.337,53 por hora con retiro y $4.801,52 sin retiro. Los salarios mensuales son $548.429,23 y $605.050
  • Tareas generales: $4.064,08 por hora con retiro y $4.460,36 sin retiro. Los valores mensuales son $498.582,06 y $563.958,82

La escala establece remuneraciones mínimas. Las partes pueden acordar salarios superiores a esos valores.

Qué pasa con la suma no remunerativa de agosto

El empleador también debe tener en cuenta la incorporación progresiva de la suma extraordinaria que se pagó en agosto.

La Resolución 6/2026 estableció originalmente una suma no remunerativa de:

  • $8.000 para menos de 12 horas semanales
  • $11.500 para entre 12 y menos de 16 horas
  • $20.000 para 16 horas o más

La norma dispuso que ese importe se incorpore al salario básico en tres etapas: 25% en septiembre, 50% en octubre y el 25% restante en noviembre.

Por eso, en octubre el empleador debe contemplar el segundo tramo al calcular la remuneración.

Horas extras: cuándo debe pagar un adicional

Si la trabajadora realiza horas por encima de la jornada correspondiente, esas horas deben liquidarse con los recargos previstos por el régimen.

El adicional es del:

  • 50% para las horas trabajadas en días hábiles
  • 100% para las horas realizadas los sábados después de las 13, domingos y feriados nacionales

Las horas extraordinarias deben quedar reflejadas en el recibo correspondiente.

Aguinaldo y vacaciones: otros pagos que debe prever el empleador

El empleador también debe contemplar el Sueldo Anual Complementario (SAC). Se abona en dos cuotas durante el año y se calcula sobre las remuneraciones correspondientes al período.

Las vacaciones son pagas y deben otorgarse de acuerdo con la antigüedad y las reglas específicas del régimen de casas particulares.

Estos conceptos no forman parte de la cuota mensual de seguridad social y ART, pero sí deben ser considerados al calcular el costo anual de una relación laboral registrada.

Registrar a la empleada doméstica también es obligatorio

La registración debe realizarse desde el comienzo de la relación laboral, incluso cuando la trabajadora presta tareas pocas horas por semana.

El empleador debe informar, entre otros datos:

  • Fecha de ingreso
  • Datos de la trabajadora
  • Categoría
  • Modalidad de contratación
  • Cantidad de horas trabajadas
  • Remuneración

La información declarada debe coincidir con las condiciones reales de la relación laboral.

Qué obligaciones tiene el empleador de una empleada doméstica

Además de pagar el salario y los conceptos económicos asociados, quien contrata personal de casas particulares debe:

  • Registrar la relación laboral
  • Informar correctamente la categoría y jornada
  • Pagar la remuneración en los plazos establecidos
  • Emitir el recibo de sueldo
  • Ingresar los aportes y contribuciones
  • Retener los aportes personales que correspondan
  • Mantener vigente la ART
  • Pagar los adicionales correspondientes

La falta de registración, una declaración incorrecta de la jornada o remuneración y el incumplimiento de las obligaciones de seguridad social o ART pueden generar consecuencias laborales y administrativas.

Qué tiene que revisar el empleador en octubre de 2026

Para la liquidación de octubre, el empleador debería controlar especialmente:

  • El salario: aplicar la escala vigente y la categoría correspondiente
  • La suma de agosto: incorporar el segundo tramo del importe no remunerativo al básico
  • La seguridad social: ingresar los aportes y contribuciones correspondientes a la cantidad de horas trabajadas
  • La ART: verificar que la cobertura esté vigente y pagar la cuota correspondiente
  • Los adicionales: calcular antigüedad, zona desfavorable u otros conceptos cuando correspondan
  • Las horas extras: aplicar los recargos establecidos si hubo trabajo extraordinario
  • La registración: comprobar que la categoría, jornada, remuneración y fecha de ingreso declaradas sean correctas
  • El recibo de sueldo: emitirlo con todos los conceptos que integran la liquidación

La actualización salarial no termina en octubre. La Resolución 6/2026 también fijó incrementos del 1,6% para noviembre y otro 1,6% para diciembre, por lo que el salario mínimo y el cálculo de las obligaciones deberán volver a revisarse en esos meses.