Se afilió sin saber que estaba embarazada y la dieron de baja: qué resolvió la Justicia

Una disputa legal analizó si la prestación médica podía excluir a una afiliada reciente ante sospechas de omisión en su declaración de salud
Una mujer embarazada sentada en una camilla mientras un médico la revisa y le toma la presión

Una mujer se afilió a Federada Salud y días después descubrió que estaba embarazada de nueve semanas. Cuando informó su situación a la entidad, la obra social consideró que había ocultado deliberadamente su estado al completar la declaración jurada de ingreso.

La respuesta de Federada Salud fue rescindir el contrato y darla de baja. La afiliada negó rotundamente haber mentido. Aseguró que desconocía su embarazo al momento de la contratación y llevó el caso ante la Justicia. Un caso similar ocurrió con un embarazo de riesgo.

En primera instancia obtuvo un fallo favorable. La obra social apeló, pero la Cámara de Apelaciones de General Pico, La Pampa, confirmó que la rescisión fue ilegítima y que la mujer debía continuar afiliada con cobertura plena.

Cómo fue la cronología del caso que terminó en los tribunales

Todo comenzó el 22 de enero de 2025, cuando la mujer completó la solicitud de ingreso y firmó la declaración jurada de antecedentes de salud. En ese formulario indicó que su última menstruación había sido el 10 de enero.

Su afiliación comenzó formalmente el 1° de febrero. Hasta ese momento, nada hacía suponer que cursaba un embarazo.

Sin embargo, el 11 de febrero, todo cambió. Después de realizarse una ecografía de rutina, su médica le informó que estaba embarazada de aproximadamente nueve semanas.

El diagnóstico incluyó un dato clave: los sangrados que había interpretado como períodos menstruales normales eran en realidad ginecorragias, es decir, sangrados uterinos anormales que no correspondían a la menstruación. Además, le indicaron reposo por una amenaza de aborto.

La mujer presentó de inmediato el certificado de embarazo a Federada Salud y continuó pagando las cuotas mensuales con normalidad.

Por qué la obra social decidió darla de baja y qué argumentó

A fines de marzo, la situación dio un giro inesperado. La mujer recibió una carta documento: Federada Salud había rescindido su contrato porque consideraba que había falseado la declaración jurada al no informar su embarazo.

La empresa argumentó que los estudios médicos posteriores demostraban que el embarazo ya existía cuando se produjo la contratación. Un certificado del 11 de febrero establecía una gestación de nueve semanas y ubicaba la última menstruación real el 10 de diciembre de 2024, no el 10 de enero como ella había declarado.

Desde el punto de vista de la obra social, la fecha no coincidía. Y eso bastaba para anular el contrato.

Sin embargo, el punto central del conflicto no era determinar únicamente si ya estaba embarazada al momento de afiliarse. El eje del debate legal era comprobar si ella lo sabía y decidió ocultarlo deliberadamente al completar la declaración jurada.

Qué dijo la Justicia sobre la falta de pruebas contra la mujer

La Cámara sostuvo que para rescindir el contrato no alcanzaba con demostrar que la información de la declaración jurada era distinta de lo que posteriormente revelaron los estudios médicos. La entidad debía probar que la afiliada conocía la situación y la había ocultado de mala fe.

Para los jueces, esa prueba no existía. No se acreditó que antes de completar el formulario la mujer hubiera recibido un diagnóstico médico, conociera el resultado de una ecografía o hubiera sido informada por un profesional de que los sangrados estaban vinculados con un embarazo.

"No alcanza con demostrar que la información fue objetivamente inexacta a la luz de conocimientos médicos posteriores", sostuvo el fallo. Para justificar la rescisión, debía comprobarse que la usuaria sabía de la situación preexistente y había actuado de mala fe, algo que Federada Salud no logró acreditar.

La documentación médica permitía establecer que el embarazo existía cuando se afilió, pero no demostraba que la mujer lo supiera. La historia clínica, además, respaldaba que había sufrido sangrados durante enero que ella interpretó como menstruación normal.

Qué cobertura debe garantizar ahora la obra social

Por ese motivo, la Cámara rechazó en lo sustancial la apelación de la entidad y confirmó la decisión que declaró ilegítima la rescisión del contrato.

Federada Salud deberá mantener la afiliación de la mujer en las condiciones originalmente contratadas. Además, tendrá que garantizarle la cobertura integral correspondiente al Plan Materno Infantil, que incluye controles prenatales, estudios, parto y seguimiento posparto.

El fallo sienta un precedente claro: las obras sociales no pueden dar de baja a un afiliado por condición preexistente si no prueban que fue ocultada intencionalmente. La carga de la prueba recae sobre la entidad, no sobre el usuario.

Temas relacionados