POSTPANDEMIA

El dato: qué porcentaje de las empresas prevé adoptar un esquema "híbrido" con teletrabajo

El dato surge de un sondeo realizado por la consultora D´Alessio IROL para el Instituto de Desarrollo Empresarial de la Argentina (IDEA)
MANAGEMENT - 03 de Agosto, 2021

Una investigación en el sector empresarial aseguró que el teletrabajo abarca a casi la totalidad de las compañías y que este cambio es visto como un "fenómeno irreversible".

La pandemia del COVID-19 está haciendo repensar el modelo de trabajo y plantea poner en marcha un sistema "híbrido" entre presencial y virtual. En este marco, un estudio reveló que el 91% de las empresas prevé adoptar un esquema de trabajo mixto para la etapa pospandemia.

El dato surge de un sondeo realizado por la consultora D´Alessio IROL para el Instituto de Desarrollo Empresarial de la Argentina (IDEA). En el informe se resaltó que el 63% de las compañías consultadas dijo que adoptará una modalidad "híbrida, con algunos días de teletrabajo" cuando termine o aminore la pandemia de coronavirus.

A su vez, otro 28% respondió que aplicará la metodología "híbrida, pero sólo para quienes puedan continuar con su trabajo en la casa". Por último, el 95% de las compañías consultadas consideró que las innovaciones en el área de transformación digital están reflejando la mayor productividad.

"El teletrabajo tiende a consolidarse. Más del 90% de las empresas adoptarían un esquema híbrido, y la tendencia va en aumento", indicó D´Alessio IROL en sus conclusiones.

Teletrabajo: Plantean un modelo híbrido

Asimismo, el estudio concluyó que la transformación digital "abarca prácticamente a la totalidad de las empresas" y sostuvo que es visto como un "fenómeno irrenunciable e irreversible".

Por otra parte, el 95% de las compañías consultadas consideró que las innovaciones en el área de transformación digital están reflejando la mayor productividad. Siete de cada diez compañías consultadas dijo estar "reduciendo el uso de papel".

Políticas de diversidad en las empresas

Por último, el 76% de las empresas consultadas indicó estar aplicando una política de diversidad de género, mientras que el 41% implementó alguna estrategia vinculada con la incorporación de personas con discapacidad.

El 82% de las compañías implementó alguna política inclusiva, en lo que constituye un "fenómeno progresivo", concluyó el sondeo realizado entre 250 ejecutivos de compañías asociadas a IDEA.

Qué gastos cubren las empresas

Pese a que la entrada en vigencia de la Ley de Teletrabajo no se producirá hasta el fin del período de distanciamiento social, preventivo y obligatorio, la mayoría de las empresas ya cubren alguno de los gastos en los que incurren los empleados que se desempeñan desde su hogar.

Este fue el resultado del último relevamiento de la consultora Mercer entre 391 empresas que operan en la Argentina. De la misma manera, averiguó que la mayoría de ellas no hará volver a su personal de oficina al lugar de trabajo ni en el corto ni en el mediano plazo. 

Vale la pena recordar que Mercer trabaja con empresas grandes y filiales de multinacionales, que Mercer prevén, como se dijo, implementar más opciones de teletrabajo post-pandemia de las que ya ofrecían a sus empleados antes de la crisis sanitaria.

Asimismo, es válida la aclaración que la Ley de Teletrabajo contempla recomposición de los gastos en los que incurren los trabajadores remotos en el caso de que esa sea la modalidad principal convenida para desempeñar sus tareas, y no sea esta solo de forma ocasional.

Pese a estos datos, muchas empresas ya están cumpliendo con estas normativas. "A pesar de que aún no entró en vigencia la Ley, pero impulsado por el hecho de que muchos colaboradores están trabajando desde sus casas y las compañías prevén que, pasada la pandemia, el trabajo remoto seguirá presente bajo alguna modalidad, varias han empezado a cubrir gastos relacionados con la conectividad en el hogar", expresó Ivana Thornton, Directora de Career de Mercer.

Las grandes empresas y multinacionales ya cubren algunos gastos por teletrabajo

La pregunta que surge entonces es si una vez que finalice la emergencia sanitaria el teletrabajo se impondrá con igual fuerza en la Argentina que en otros países en los que no existe una ley que lo regule. Daniel Colombo, master coach especializado en CEO trabaja con empresas de toda Latinoamérica y asegura que es lo más probable.

"Considero que en Argentina el teletrabajo será igual que en otros países, solo que el marco legal complicará que más empresas lo adopten como cultura permanente. Lo que estoy observando aquí es tendencia al trabajo híbrido (algunos días presenciales, otros home office) y mucha consulta con los colaboradores para considerar sus preferencias", le dijo a iProfesional.

"Trabajo con empresas de 18 países, donde ya están rediseñando oficinas, achicando espacios a la mitad y avisando a sus trabajadores que la vuelta a la gestión pos-pandemia será, para siempre, más del 90% a distancia (habrá algunas instancias presenciales muy específicas). Esto cambia completamente el entorno laboral", prosiguió el experto, aunque aclaró que es demasiado pronto, y habrá que ver qué ocurre en uno o dos años.

Nieves Apelhans, HR Manager LATAM de la consultora Alight Solutions, está viendo un panorama similar. "Con la nueva Ley de Teletrabajo esperamos que se impulse y crezca el trabajo remoto, ya que no vamos a depender más de la ubicación sino del talento de los recursos. La industria de la tecnología lleva varios años trabajando de alguna manera estas metodologías, y Alight es una de ellas", le dijo a iProfesional.

"Entendemos que muchas empresas se vieron fuertemente afectadas por la pandemia y que no estaba dentro de sus esquemas, pero en este año y medio se dieron cuenta que aplicando las tecnologías necesarias el home office es sumamente productivo y que llego para quedarse", sentenció Apelhans.

Gastos por teletrabajo

¿Qué gastos están abonando las grandes empresas a trabajadores remotos? Según Mercer:

  • laptop/computadora (44%)
  • equipamiento ergonómico de oficina (41%)
  • conexión a internet (24%)
  • teléfono celular (16%).

La encuesta también relevó qué gastos que no se cubrían con anterioridad las compañías están evaluando asumir una vez que entre en vigencia la Ley de Teletrabajo. El 48% considera abonar la conexión a internet; el 28% el gasto de electricidad u otros servicios; el 26% proveer equipamiento ergonómico de oficina y el 15% laptop o computadora.

Grandes empresas y multinacionales evalúan pagar estos gastos por teletrabajo cuando la ley entre en vigencia

Por otra parte, el 53% de las empresas consultadas en el relevamiento no definió aún cómo implementará la compensación de gastos prevista en la Ley.

Otro 34% brindará un monto fijo para toda la población que efectúe teletrabajo mediante recibo de salario y el 9% realizará reintegro del gasto contra presentación de factura. Un 4% señaló otras opciones.

Incorporaciones a distancia

¿Seguirán las inducciones a distancia para los nuevos talentos tras la pandemia?

Un capítulo aparte merecen en este sentido las contrataciones de personal que se dieron durante la pandemia. El informe de 20 tendencias en el área de RR.HH. de Alight Solutions indicó que "la incorporación remota entró a formar parte del lenguaje. Significa que a los nuevos empleados se les envían las herramientas necesarias para su trabajo, pero puede que nunca entren o necesiten entrar en una oficina de la empresa para la que trabajan".

En este sentido, muchos de los recién llegados a las empresas contaron materiales que no tuvieron necesariamente quienes siendo ya empleados pasaron en pandemia a desempeñarse de manera remota.

"Todas las personas que ingresaron durante la pandemia van a estar invitadas a la oficina. Somos seres sociales, no debemos olvidarnos de eso; muchos quieren volver a sus rutinas de oficina. Vivimos épocas de grandes cambios, al flexibilidad es la clave para el futuro de nuestros recursos", matizó Apelhans.

Pero hay, además, muchas compañías que comenzaron a contratar talento que será 100% remoto, y en la Argentina esto acarrea consecuencias y costos para la empresa que no se replican en otros mercados.

¿Qué puede pasar en un futuro post-pandemia? "Si, como pensamos, habrá más trabajadores remotos que trabajarán desde cualquier lugar, la incorporación remota está aquí para quedarse, incluso si es solo para algunos empleados nuevos. Pero también vemos que la incorporación cara a cara sería la opción preferida para muchos recién llegados", dicen en Alight Solutions.

"Es un fenómeno extraño y evolucionará a medida que las empresas mejoren el proceso, pero vemos que se está extendiendo cada vez más. En especial, si los empleados viven bastante lejos de una oficina, sería más rentable enviarles las herramientas necesarias que hacerles viajar", confirma la consultora.

Principales puntos de la Ley de Teletrabajo

Qué cambios determina la Ley de Teletrabajo para los empleados a distancia

A partir del regreso a la normalidad tras el aislamiento, comenzará a regir la Ley de Teletrabajo, aunque vale la pena mencionar que aplicará a quienes adopten esta modalidad como la principal para prestar tareas de acuerdo al vínculo laboral, no a quienes tengan una relación empleado-empleador tradicional con flexibilidad para trabajar ocasionalmente fuera de las instalaciones de la empresa.

Vale la pena entonces hacer un repaso de los principales puntos que establece la nueva ley que regula el trabajo a distancia.

La ley busca establecer los presupuestos legales mínimos para la regulación de la modalidad de teletrabajo en aquellas actividades que lo permitan por su naturaleza y características, y aclara que los aspectos específicos se establecerán en el marco de las negociaciones colectivas.

Las personas que trabajen bajo esta modalidad gozarán de los mismos derechos y obligaciones que las que trabajen en forma presencial y su remuneración no podrá ser inferior a la que percibían o percibirían en modalidad presencial.

Además, determina que los convenios colectivos deberán prever una combinación entre prestaciones presenciales y por teletrabajo.

Esta ley fija derechos y obligaciones para quienes desarrollen el trabajo remoto

Respecto a la jornada laboral establece que debe ser pactada previamente por escrito en el contrato de trabajo, de conformidad con los límites legales y convencionales vigentes y que las plataformas y/o sistemas utilizados por el empleador deberán desarrollarse de modo acorde a la jornada laboral, impidiendo su conexión fuera de la misma.

También menciona el derecho a la desconexión digital, es decir la posibilidad de no ser conectados y a desconectarse de los dispositivos digitales fuera de su jornada laboral y durante los períodos de licencias aquellos trabajadores que se desempeñen bajo esta modalidad, sin que sean sancionados.

Sobre las tareas de cuidado, señala que quienes cumplan esa actividad y acrediten tener a su cargo, de manera única o compartida, el cuidado de personas menores de 13 años, personas con discapacidad o adultos mayores que convivan con la persona trabajadora y que requieran asistencia específica, tendrán derecho a horarios compatibles con esas tareas de cuidado y/o a interrumpir la jornada.

El traslado de quien trabaja en una posición presencial hacia la modalidad de teletrabajo, salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados, debe ser voluntario y el consentimiento debe prestarse por escrito.

El punto sobre la reversibilidad, uno de los que más discrepancias generó, indica que el consentimiento prestado por la persona trabajadora para pasar a la modalidad de teletrabajo es reversible en cualquier momento de la relación laboral.

La ley ordena que el empleador debe proporcionar el equipamiento, las herramientas de trabajo y el soporte necesario para el desempeño de las tareas, y asumir los costos de instalación, mantenimiento y reparación de las mismas, o compensar por la utilización de herramientas propias de la persona trabajadora.

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