Reforma laboral: cómo cambian los horarios, las indemnizaciones y los aportes de los encargados de edificios
La reciente aprobación de la reforma laboral en Argentina abre un nuevo escenario para miles de consorcios de propiedad horizontal que emplean encargados y personal de mantenimiento. Aunque el eje del debate suele centrarse en grandes empresas, lo cierto es que los edificios también son empleadores formales y deberán adaptar su gestión cotidiana a las nuevas reglas.
Muchos de los cambios en discusión apuntan a flexibilizar la organización del trabajo y a fomentar acuerdos entre empleador y empleado. Con la aprobación de la reforma, esos lineamientos comienzan a tomar forma y afectan especialmente la dinámica laboral de los encargados de edificio, cuya jornada, tareas y condiciones de contratación son centrales para el funcionamiento diario de un consorcio.
Reforma laboral: llega el "banco de horas" y se amplía la jornada laboral en consorcios
"Uno de los cambios más relevantes es la posibilidad de implementar un 'banco de horas', el sistema que permitirá compensar horas extras con tiempo libre en otro momento, en lugar de pagarlas necesariamente como adicionales salariales", explica Joaquín Leiva, especialista en sueldos en propiedad horizontal del equipo de la plataforma ConsorcioAbierto.
A su vez, la reforma habilita ampliar la jornada laboral diaria de 8 a 12 horas, siempre que exista un descanso mínimo de 12 horas entre turnos. Para los edificios, esto podría implicar reorganizar turnos del personal según necesidades operativas, por ejemplo en consorcios con múltiples tareas o eventos excepcionales. Sin embargo, el especialista remarcó que estos esquemas deben ser acordados entre las partes: "Mucho de esto suele ser más de negociar entre empleado y empleador".
Otro aspecto clave es el cambio en el cálculo de las indemnizaciones por despido, que ahora se basará en promedios salariales y no necesariamente en el mejor sueldo reciente. Esto puede modificar el costo potencial de desvincular a un encargado, una decisión que suele generar tensiones en la vida consorcial. Según Leiva, el nuevo esquema puede implicar que "el pago pueda ser menor a lo que es hoy en día", lo que introduce nuevas variables en la planificación financiera del edificio.
Indemnizaciones por despido y FAL: claves de la reforma laboral en consorcios
En ese marco aparece también la figura del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), pensado como una cuenta específica que el empleador puede constituir con aportes periódicos para afrontar eventuales indemnizaciones o liquidaciones finales. Aunque su adopción podría ser optativa, se perfila como una herramienta de previsión. "Va a ser una herramienta más que van a tener como administradores y como empleadores", señaló Leiva.
La reforma también introduce novedades en materia de vacaciones. Hasta ahora, la legislación exigía que los días de descanso se tomarán en forma continua dentro de un período determinado (entre el 1 de octubre y el 30 de abril). Con las nuevas reglas, se habilita la posibilidad de fraccionarlas y acordar fechas fuera del calendario tradicional, siempre que exista consenso entre ambas partes.
Otro eje importante es el incentivo a la regularización de empleados no registrados. La normativa busca reducir sanciones y otorgar beneficios en contribuciones sociales a quienes formalicen su personal. Para los consorcios que aún mantienen situaciones informales, el nuevo marco generaría un estímulo para ordenar la relación laboral y evitar contingencias legales futuras.
Cambios en aportes sindicales y vigencia de convenios colectivos
En paralelo, se prevé un cambio gradual en los aportes sindicales, que podrían reducirse y dejar de ser obligatorios, dependiendo del consentimiento del trabajador. Esto podría traducirse en un mayor ingreso neto para los encargados, aunque con menor financiamiento para las organizaciones gremiales.
Pese a los cambios introducidos por la reforma laboral, Leiva aclaró que esta no modifica de manera directa el estatuto de los trabajadores de propiedad horizontal. Sin embargo, sí impacta sobre el régimen laboral general que luego dialoga con los convenios colectivos, lo que implicará que los acuerdos vigentes deban redefinirse una vez que pierdan vigencia.
En este contexto, señaló que será importante seguir de cerca los nuevos acuerdos que se vayan generando y recordó que, en todos los casos, "siempre se deberá analizar cuál es la norma más beneficiosa para el trabajador"."
El rol de los administradores
Más allá de las nuevas disposiciones, es importante remarcar cuáles son las responsabilidades tanto del administrador como del consorcio como empleador: registrar correctamente a sus trabajadores, retener y pagar aportes y contribuciones sociales, abonar salarios en término, realizar liquidaciones finales y entregar certificaciones de servicios. El incumplimiento de estas obligaciones no solo expone al edificio a sanciones, sino que puede afectar directamente la cobertura de salud o los derechos previsionales del encargado.