Empleadas domésticas: sube el sueldo y estas son las obligaciones del empleador en octubre
El salario del personal de casas particulares tendrá una nueva actualización en octubre. La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares estableció un incremento del 1,7% para ese mes, que impactará en el sueldo de quienes realizan este trabajo y en los costos asociados a este tipo de empleo.
La actualización modifica los valores mínimos que deben tomar como referencia los empleadores para liquidar los salarios de las trabajadoras registradas. Además, en octubre se incorpora al salario básico un nuevo tramo de la suma extraordinaria que se había otorgado en agosto.
La Resolución 6/2026 estableció que los salarios mínimos tendrán aumentos de:
- 1,9% en agosto,
- 1,8% en septiembre,
- 1,7% en octubre,
- 1,6% en noviembre
- 1,6% en diciembre.
Qué debe pagar el empleador por una empleada doméstica
El empleador debe cumplir con una serie de obligaciones además de abonar el salario correspondiente a la categoría y cantidad de horas trabajadas. Entre las principales se encuentran:
- Registrar la relación laboral.
- Abonar el salario mínimo establecido para la categoría correspondiente.
- Realizar los aportes y contribuciones correspondientes.
- Pagar la cuota de ART.
- Entregar el recibo de sueldo.
- Respetar la jornada laboral y los descansos.
- Otorgar las vacaciones correspondientes.
- Pagar el aguinaldo.
- Reconocer los adicionales que correspondan.
El salario acordado entre las partes puede ser superior al mínimo establecido por la escala oficial, pero no inferior. También pueden corresponder adicionales por antigüedad y por zona desfavorable, según cada relación laboral.
Cuánto cobra una empleada doméstica en octubre
Los valores dependen de la categoría de la trabajadora y de si presta tareas con retiro o sin retiro. La escala fija remuneraciones mínimas tanto por hora como por mes para una jornada completa.
Para octubre de 2026, los principales valores son:
- Supervisores: $4.805,82 por hora con retiro y $5.215,59 sin retiro. Para jornada mensual, los mínimos son de $599.514,52 con retiro y $661.702,46 sin retiro.
- Tareas específicas: $4.580,80 por hora con retiro y $4.973,38 sin retiro. El salario mensual mínimo es de $560.776,33 con retiro y $618.187,89 sin retiro.
- Caseros: $4.337,53 por hora y $548.429,23 mensuales. Esta categoría corresponde a trabajadores que residen en el domicilio donde prestan servicios.
- Asistencia y cuidado de personas: $4.337,53 por hora con retiro y $4.801,52 sin retiro. En el caso de una jornada mensual completa, los mínimos son de $548.429,23 y $605.050, respectivamente.
- Tareas generales: $4.064,08 por hora con retiro y $4.460,36 sin retiro. Para una jornada mensual completa, corresponden $498.582,06 con retiro y $563.958,82 sin retiro.
Los importes corresponden a los mínimos establecidos para octubre. El empleador puede acordar una remuneración superior, pero no inferior a la escala correspondiente a la categoría y modalidad de trabajo.
Cómo se calcula el sueldo si trabaja menos de 48 horas
Los montos mensuales de la escala corresponden a una jornada completa de trabajo. Cuando la empleada presta servicios durante una cantidad menor de horas, el cálculo depende de la extensión de la jornada.
- Si trabaja menos de 24 horas semanales, se utiliza el valor correspondiente por hora y se lo multiplica por las horas efectivamente trabajadas.
- Cuando la jornada supera las 24 horas semanales pero es inferior a 48, se toma como referencia el salario mensual y se calcula la proporción correspondiente.
Por eso, para determinar cuánto debe pagar un empleador no alcanza con conocer el salario mensual de la categoría: también es necesario saber cuántas horas trabaja la persona y bajo qué modalidad está contratada.
Qué pasa con el bono de las empleadas domésticas
La actualización de octubre tiene además una particularidad. En agosto se había establecido una suma extraordinaria de $20.000 para quienes trabajaban 16 horas semanales o más, de $11.500 para quienes trabajaban entre 12 y menos de 16 horas y de $8.000 para quienes trabajaban menos de 12 horas.
La resolución dispuso que esa suma se incorpore progresivamente al salario básico.
En septiembre se incorporó el 25% y en octubre se suma otro 50%. El 25% restante se incorporará en noviembre.
De esta manera, en octubre el adicional ya no debe presentarse simplemente como un bono separado: una parte de esa suma pasa a integrar el salario básico de las trabajadoras.