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Nuevo aumento para empleadas domésticas en octubre: cuánto cobran por hora y por mes

Las empleadas domésticas tendrán un aumento del 1,7% en octubre y nuevos salarios mínimos según la categoría y modalidad de trabajo

01/10/2026
Actualizado 07:00hs

El personal de casas particulares tendrá nuevos salarios mínimos desde octubre de 2026, a partir de un incremento del 1,7% sobre los valores vigentes en septiembre. La actualización alcanza tanto a quienes cobran por hora como a quienes perciben una remuneración mensual y contempla diferencias según la categoría y la modalidad de trabajo.

El ajuste fue establecido por la Resolución 6/2026 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, publicada en el Boletín Oficial el 3 de septiembre. La norma fijó un cronograma de aumentos para agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre. Para octubre, el porcentaje definido es del 1,7%.

La misma resolución estableció una suma no remunerativa por única vez que fue abonada junto con los salarios de agosto. El monto fue de $20.000 para quienes trabajan 16 horas semanales o más, $11.500 para quienes cumplen entre 12 y menos de 16 horas y $8.000 para quienes trabajan menos de 12 horas semanales.

Ese importe se incorpora de manera progresiva al salario básico. En septiembre se incorporó el 25%, en octubre se suma otro 50% y en noviembre se incorpora el 25% restante. De esta forma, la escala salarial de octubre combina el incremento porcentual del mes con la segunda etapa de incorporación de aquella suma.

Cuánto cobran las empleadas domésticas en octubre de 2026

Los salarios mínimos establecidos por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares dependen de las tareas realizadas y de si la persona trabaja con retiro o sin retiro.

Para octubre, los valores oficiales quedan establecidos de la siguiente manera:

  • Supervisores
    • Con retiro: $4.805,82 por hora y $599.514,52 mensuales.
    • Sin retiro: $5.215,59 por hora y $661.702,46 mensuales.
  • Personal para tareas específicas
    • Con retiro: $4.580,80 por hora y $560.776,33 mensuales.
    • Sin retiro: $4.973,38 por hora y $618.187,89 mensuales.
  • Caseros
    • Sin retiro: $4.337,53 por hora y $548.429,23 mensuales.
  • Asistencia y cuidado de personas
    • Con retiro: $4.337,53 por hora y $548.429,23 mensuales.
    • Sin retiro: $4.801,52 por hora y $605.050 mensuales.
  • Personal para tareas generales
    • Con retiro: $4.064,08 por hora y $498.582,06 mensuales.
    • Sin retiro: $4.337,53 por hora y $548.429,23 mensuales.

Estos importes corresponden a los salarios mínimos establecidos para octubre. La escala distingue entre las diferentes categorías y modalidades previstas por el régimen.

En el caso del personal mensualizado, los valores de referencia corresponden a una jornada de 48 horas semanales. Para quienes trabajan menos de 24 horas semanales, el cálculo se realiza tomando el valor horario correspondiente a la categoría y multiplicándolo por las horas trabajadas. Cuando la prestación supera las 24 horas y es inferior a las 48 horas semanales, debe utilizarse la proporción correspondiente sobre el salario mensual de la escala.

Qué categorías contempla la escala salarial

El régimen de casas particulares contempla cinco categorías laborales. La primera corresponde a supervisores o supervisoras, encargados de la coordinación y control de las tareas realizadas por dos o más personas.

La segunda comprende al personal para tareas específicas. En esta categoría se incluyen, entre otras funciones, quienes son contratados exclusivamente como cocineros o para realizar tareas del hogar que requieren una especial idoneidad.

La tercera categoría corresponde a los caseros, cuya actividad está vinculada con el cuidado general y la preservación de una vivienda en la que habitan como consecuencia de la relación laboral.

La cuarta categoría comprende la asistencia y el cuidado no terapéutico de personas. Allí se encuentran, por ejemplo, tareas de cuidado de niños, adultos mayores y otras personas que requieran asistencia dentro de los límites establecidos por el régimen.

La quinta categoría corresponde al personal para tareas generales, que incluye labores de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y otras tareas habituales de una vivienda.

La remuneración mínima depende de la categoría en la que quede encuadrada la relación laboral y de la modalidad con retiro o sin retiro.

Cómo se incorpora el bono de agosto al salario básico

Además del aumento porcentual, la actualización de octubre incluye una modificación en la composición del salario básico.

La Resolución 6/2026 estableció en agosto una suma no remunerativa por única vez. El importe dependió de la cantidad de horas trabajadas semanalmente para cada empleador.

Quienes trabajan 16 horas semanales o más recibieron $20.000. Para quienes trabajan desde 12 y menos de 16 horas semanales, la suma fue de $11.500. En tanto, quienes trabajan menos de 12 horas semanales recibieron $8.000.

La norma dispuso que ese monto no permaneciera como un concepto separado durante todo el período. Su incorporación al salario básico se dividió en tres etapas.

En septiembre se incorporó el 25% de la suma. En octubre se agrega otro 50% y en noviembre se incorpora el 25% restante. De esta manera, a partir de noviembre queda integrada la totalidad de la suma extraordinaria dentro del salario básico.

El esquema implica que la actualización de octubre no se explica únicamente por el porcentaje del 1,7%. La escala también refleja la incorporación correspondiente a la segunda etapa del importe no remunerativo otorgado en agosto.

Cuánto se paga por las horas extra

La normativa vigente también establece cómo deben liquidarse las horas suplementarias realizadas por el personal de casas particulares.

La Ley 26.844 dispone un recargo del 50% sobre el salario habitual cuando las horas extra se realizan durante días comunes. El adicional asciende al 100% cuando las horas suplementarias se realizan los sábados después de las 13, los domingos o los feriados.

Por lo tanto, el cálculo debe tomar como referencia la remuneración habitual correspondiente a la persona trabajadora, de acuerdo con su categoría y modalidad de contratación.

La misma ley establece una jornada que no puede superar las ocho horas diarias o las 48 horas semanales. También permite una distribución semanal desigual siempre que la jornada ordinaria no supere las nueve horas diarias.

Adicional por antigüedad para el personal de casas particulares

Los salarios también pueden incluir un adicional por antigüedad. La Secretaría de Trabajo establece un incremento del 1% por cada año trabajado para el mismo empleador.

El concepto debe figurar como un ítem específico en el recibo de sueldo. Para determinarlo, se computa la antigüedad a partir del 1° de septiembre de 2020, sin efecto retroactivo.

Por ejemplo, una persona que reúne años de antigüedad computables bajo este criterio puede sumar el porcentaje correspondiente sobre su salario mensual. El adicional se agrega al sueldo básico establecido para la categoría y modalidad de contratación.

El cálculo debe realizarse sobre la remuneración mensual y consignarse de manera diferenciada en la liquidación.

Cuándo corresponde el adicional por zona desfavorable

Existe además un adicional para determinadas regiones del país. La Resolución 4/2026 elevó el porcentaje correspondiente a la zona desfavorable al 31% sobre los salarios mínimos de cada categoría. La modificación comenzó a regir el 1° de abril de 2026.

El adicional alcanza a quienes trabajan en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, además del Partido de Patagones, en la provincia de Buenos Aires.

El porcentaje se aplica sobre el salario mínimo correspondiente a la categoría laboral y se suma a los demás conceptos que correspondan en cada relación de trabajo.

Cómo continúa el aumento de salarios hasta diciembre

La Resolución 6/2026 estableció un cronograma de actualizaciones que continúa después de octubre.

El esquema fijado por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares contempla un aumento del 1,6% en noviembre y otro del 1,6% en diciembre. Ambos porcentajes se calculan sobre los salarios mínimos determinados para el período anterior.

En noviembre también se completa la incorporación al salario básico de la suma no remunerativa abonada en agosto, con el último 25%.

De esta manera, el cronograma definido para los últimos meses de 2026 contempla nuevas modificaciones en noviembre y diciembre, mientras que la escala de octubre incorpora el 50% previsto de la suma extraordinaria.

Los valores fijados por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares funcionan como salarios mínimos para las relaciones alcanzadas por la Ley 26.844. Las partes pueden establecer una remuneración superior a esos montos, pero la escala determina los pisos que corresponden según la categoría y modalidad de contratación.