• 17/8/2026
ALERTA

Cuáles son los bancos que ya se sumaron al programa de la Ciudad para refinanciar deudas

El nuevo plan permite a quienes tienen atrasos en pagos acceder a un acuerdo especial con bancos, sumando opciones y tiempo limitado para inscribirse
Por A.L.
17/08/2026 - 18:55hs
Billetes de 10 mil y 20 mil pesos al lado de una calculadora

El Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal de CABA ya cuenta con nueve bancos adheridos que ofrecen refinanciar deudas en mora. La iniciativa busca aliviar la situación de vecinos porteños que enfrentan dificultades para cumplir con sus obligaciones financieras.

El Ministerio de Hacienda porteño puso en marcha esta herramienta respaldada por la Ley N° 6.959, aprobada por la Legislatura en junio pasado. La normativa permite a los residentes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires refinanciar deudas en mora a una tasa fija máxima del 35% TNA, con un plazo mínimo de devolución de 24 meses.

Las entidades que ya abrieron esta línea son Banco Ciudad, Banco Santander, ICBC, Banco Supervielle, Banco Credicoop, Banco Comafi, BBVA, Banco Galicia y Banco Piano. La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) aclaró que el trámite se gestiona directamente en cada institución.

El organismo fiscal porteño no interviene en el proceso. Cada banco evalúa las solicitudes según sus propios criterios crediticios.

En qué consiste el programa y qué deudas cubre

El programa no implica una condonación ni una quita de capital. Se trata de un crédito nuevo, con condiciones establecidas por ley, destinado exclusivamente a cancelar o refinanciar pasivos preexistentes.

La iniciativa alcanza únicamente a deudas originadas en tarjetas de crédito y préstamos personales otorgados por entidades reguladas por el Banco Central (BCRA), dejando fuera obligaciones con billeteras virtuales o financieras no bancarias.

Esta distinción cobra relevancia en un contexto donde la morosidad en el sistema financiero presenta comportamientos muy diferentes según el canal. Según datos de la Central de Deudores (Cendeu) del BCRA procesados por la consultora 1816, en junio de 2026 las billeteras virtuales registraron una morosidad del 33%.

En contraste, los bancos tradicionales mostraron un nivel de incumplimiento del 7,6% en el mismo período. Esta brecha explica por qué el programa se concentra en el segmento bancario regulado.

"El programa permitirá que las familias porteñas refinancien sus deudas de tarjetas de crédito y préstamos en mora con más plazo y una tasa de interés fija", afirmó Jorge Macri, jefe de Gobierno de la Ciudad, durante la presentación.

Macri destacó que se trata de un alivio para la clase media trabajadora que quiere ponerse al día. Agregó que la propuesta fue elaborada en conjunto entre el Poder Ejecutivo porteño y la Legislatura.

Quiénes podrán acceder al programa

La ley establece una serie de requisitos que deberán cumplirse de manera simultánea para poder solicitar el beneficio.

Podrán acceder quienes:

  • mantengan deudas originadas exclusivamente en tarjetas de crédito o préstamos personales otorgados por entidades financieras
  • se encuentren registrados en la Central de Deudores del Banco Central en Situación 2 (entre 60 y 90 días de mora) o Situación 3 (entre 90 y 180 días de atraso), tomando como referencia el 1 de junio de 2026
  • tengan ingresos familiares inferiores a diez Salarios Mínimos, Vitales y Móviles
  • acrediten que las cuotas de las deudas representan más del 30% de los ingresos del hogar
  • posean domicilio real en la Ciudad de Buenos Aires con al menos dos años de antigüedad

La reglamentación precisó además que el valor del Salario Mínimo será el vigente al momento de presentar la solicitud y que los beneficiarios deberán informar cualquier modificación sustancial de sus ingresos que pueda alterar el cumplimiento de las condiciones exigidas por la ley.

Qué deudas podrán refinanciarse

Uno de los aspectos centrales del programa es que limita expresamente el tipo de obligaciones alcanzadas.

Los nuevos créditos sólo podrán destinarse a cancelar o refinanciar deudas derivadas de:

Quedan fuera del régimen otros compromisos financieros, como préstamos informales, deudas comerciales, obligaciones fiscales o créditos provenientes de operaciones distintas a las previstas por la ley.

La normativa también prevé que el Banco Ciudad y las demás entidades adheridas podrán cancelar tanto deudas mantenidas con la propia institución como obligaciones que el cliente tenga con otros bancos, siempre que se respeten las condiciones generales previstas por la ley y los requisitos de evaluación crediticia que establezca cada entidad.

Quiénes quedan excluidos del programa

La ley establece restricciones patrimoniales para circunscribir el beneficio a quienes atraviesan una situación de vulnerabilidad financiera real. Estas barreras buscan evitar que accedan personas con capacidad de pago.

  • Propietarios de más de un inmueble
  • Titulares de vehículos con menos de cinco años de antigüedad, salvo que los destinen a actividades laborales debidamente acreditadas
  • Quienes sean titulares de embarcaciones, aeronaves u otros bienes suntuarios sujetos a registro
  • Quienes posean activos financieros (plazos fijos, títulos, bonos, cuotapartes de fondos comunes, acciones o moneda extranjera) que superen el monto total de la deuda reclamada
  • Quienes hayan comprado divisas durante el período en que se generaron las obligaciones a refinanciar

La exclusión de quienes compraron dólares apunta a evitar que accedan personas que priorizaron la formación de activos en moneda extranjera mientras dejaban de pagar sus deudas. Esta restricción busca garantizar que el beneficio llegue a quienes realmente lo necesitan.

El límite sobre activos financieros opera con la misma lógica. Si alguien mantiene inversiones superiores al monto adeudado, se presume que tiene capacidad de cancelar sin necesidad de refinanciar.

Cómo es el proceso de solicitud paso a paso

El procedimiento que describe la AGIP consta de tres etapas claramente diferenciadas. Todo se gestiona en forma directa con el banco elegido.

El primer paso es acercarse al Banco Ciudad o a alguna de las entidades adheridas. Puede ser de forma presencial en sucursales o mediante los canales digitales que cada institución disponga.

El segundo paso consiste en consultar qué documentación exige la entidad para verificar los requisitos. Cada banco puede solicitar comprobantes de ingresos, certificados de domicilio, constancias de situación en Cendeu y otros respaldos.

El tercer paso es aguardar la evaluación crediticia. Si el solicitante reúne las condiciones, el banco informa las condiciones definitivas del crédito y procede a su instrumentación.

El plazo para presentar la solicitud vence el 13 de octubre de 2026. Después de esa fecha, el programa dejará de recibir nuevas adhesiones.

Qué incentivos reciben los bancos para participar

Para estimular la participación de las entidades privadas, la Ciudad dispuso una reducción del 50% en el impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable a los intereses percibidos por las refinanciaciones otorgadas bajo este régimen.

Este incentivo fiscal busca compensar el mayor riesgo que asumen los bancos al refinanciar deudas en mora. Las entidades pueden, además, ofrecer condiciones más favorables que las fijadas como piso por la normativa.

La Ley N° 6.959 también incorporó una línea específica a través de Ciudad Microempresas S.A.U., la firma del Banco Ciudad. Esta línea refinancia deudas de emprendedores y trabajadores no registrados.

El programa especial alcanza a quienes mantengan obligaciones con esa entidad al 1° de junio de 2026. Aplica los mismos parámetros del programa general y cubre a quienes registren atrasos de entre 60 y 180 días.

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