• 4/12/2025
ALERTA

ARCA establece pautas fundamentales para la liquidación anual de Ganancias 2024

La Declaración Patrimonial informativa será obligatoria cuando el importe bruto de las rentas obtenidas en el año resulte igual o superior a $150.000.000
30/04/2025 - 06:22hs
ARCA establece pautas fundamentales para la liquidación anual de Ganancias 2024

ARCA oficializó las novedades respecto a la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias 2024. Lo hizo a través de la Resolución General 5683/2025 publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

En primer término, se establece que la Declaración Jurada Patrimonial informativa será obligatoria cuando el importe bruto de las rentas obtenidas en el año fiscal resulte igual o superior a $150.000.000. Dicho importe se actualizará anualmente por IPC.

ARCA Ganancias: nuevas pautas para la liquidación anual

Asimismo, los contribuyentes que hubieran adherido al REIBP quedan dispensados de la presentación por los períodos 2024 a 2027.

Respecto a la Liquidación Anual F. 1359, se presentarán por transferencia electrónica de datos cuando el importe bruto de las rentas obtenidas en el año fiscal resulte igual o superior a la sumatoria del "Mínimo no Imponible" y la "Deducción Especial Incrementada" vigentes para el año que se liquida. Para 2024 $20.321.391,40.

Los agentes de retención podrán presentar la liquidación anual correspondiente al periodo fiscal 2024 en forma excepcional hasta el 9 de mayo de 2025, inclusive.

Asimismo, se implementa un procedimiento simplificado de autorretención para ingresar retenciones no practicadas

La Resolución General 5683 de ARCA será publicada próximamente en el Boletín Oficial.

ARCA: más plazo para MiPyMEs

ARCA también extendió hasta el próximo 30 de mayo el plazo para que Micro, Pequeñas o Medianas Empresas, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes puedan adherirse a los planes de facilidades de pago vigentes.

Lo hizo a través de la Resolución General 5680/25, publicada en el Boletín Oficial este miércoles. Es importante destacar que en todos los casos, este régimen contempla las obligaciones vencidas y multas aplicadas hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive.

¿Qué obligaciones se encuentran incluidas?

  • Impositivas y de los recursos de la seguridad social, incluidas sus intereses y multas.
  • Retenciones y percepciones impositivas.
  • Multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses.

¿Cómo es la financiación?

Para pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud será un 25% de la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.

image placeholder
ARCA extendió el plazo para adherirse a planes de pago vigentes

¿Cómo acceder a los beneficios?

La adhesión podrá realizarse hasta el próximo 30 de mayo de 2025, a través del sistema informático "Mis Facilidades" con Clave Fiscal.

ARCA Ganancias y Bienes Personales: más facilidades

Por último, ARCA modificó las condiciones de adhesión a los Planes de Facilidades de Pago permanentes. A través de la Resolución General 5681/25, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, el organismo redujo el porcentaje del pago a cuenta obligatorio para planes por deuda de impuestos anuales, permitiendo así financiar una mayor parte del monto adeudado.

La medida tiene por objetivo optimizar la administración tributaria y fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales correspondientes a los impuestos a los Bienes Personales y Ganancias.

De esta manera, según el tipo de contribuyente el pago a cuenta obligatorio a ingresar al momento de la adhesión quedó de la siguiente manera:

image placeholder
Planes de pago ARCA reduce porcentaje del pago a cuenta

¿Cómo se realiza la adhesión?

Para adherir a los planes de facilidades de pago se deberá ingresar a "Mis Facilidades", opción "RG 5321 - Plan de Facilidades de Pago Permanente". 

¿Cuáles son los requisitos necesarios?

Los contribuyentes deberán tener:

  • Domicilio Fiscal Electrónico constituido.
  • Declaraciones juradas presentadas.
  • CUIT activa.
  • CBU informada.
Temas relacionados