DATO CLAVE

Dólares en el "colchón": cómo usarlos tras los cambios en ARCA para pagos en el supermercado y compra de autos

La estrategia del Gobierno apunta a captar ahorros en moneda extranjera fuera del sistema bancario que podrían ser canalizados hacia la economía formal
Por L.C.
IMPUESTOS - 26 de Mayo, 2025

En un nuevo intento por incentivar el ingreso de divisas al sistema formal, el Gobierno nacional implementó una serie de medidas que modifican los controles impositivos y de fiscalización de operaciones de alta cuantía.

La estrategia apunta a captar los denominados "dólares del colchón", es decir, ahorros en moneda extranjera que se encuentran fuera del sistema bancario y que podrían ser canalizados hacia la economía formal sin generar alertas automáticas ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Las nuevas disposiciones contemplan una flexibilización en los regímenes de información y el diseño de un Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias.

 Esta combinación permite realizar operaciones como compra de vehículos, inmuebles, inversiones o consumos personales sin quedar automáticamente bajo la lupa fiscal, siempre que se cumplan ciertos criterios en cuanto a los montos y las modalidades de pago.

Cambios en los regímenes de información

Uno de los principales ejes del nuevo esquema es la eliminación de los regímenes de información para determinadas operaciones. En la práctica, ya no se reportarán automáticamente a ARCA transacciones como:

  • Consumos personales por montos elevados.

  • Operaciones notariales.

  • Compra-venta de vehículos usados.

  • Pago de expensas.

  • Transferencia de inmuebles.

  • Consumos relevantes.

Asimismo, se incrementaron los umbrales a partir de los cuales los bancos y otras entidades están obligados a reportar operaciones financieras. En este nuevo marco, no se generarán reportes automáticos por transferencias o extracciones de efectivo inferiores a los $50 millones (aproximadamente u$s43.500 al tipo de cambio oficial vigente). Los umbrales más bajos para otras operaciones oscilan entre los $10 y los $50 millones.

Esta modificación busca dar mayor margen de maniobra a quienes poseen fondos no declarados y desean utilizarlos para adquirir bienes o realizar inversiones sin generar un aumento patrimonial expuesto ante los sistemas automatizados de fiscalización de ARCA.

Incorporación al Régimen Simplificado

El segundo eje del plan oficial es el lanzamiento del Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias, que entrará en vigencia para el ejercicio fiscal 2025. Estará destinado exclusivamente a contribuyentes con rentas generadas dentro del territorio nacional.

Quienes opten por adherirse a este régimen quedarán eximidos de presentar declaraciones detalladas sobre sus consumos e incremento patrimonial. En consecuencia, ARCA dejará de recibir información sobre operaciones individuales superiores a los $50 millones efectuadas por estos contribuyentes.

Su única obligación será el pago del impuesto correspondiente a los ingresos obtenidos, sin necesidad de justificar el origen de los fondos utilizados en sus operaciones cotidianas.

Este esquema puede resultar atractivo para quienes poseen dólares en efectivo fuera del sistema, ya que les permite incorporarlos a la economía formal mediante compras o inversiones sin tener que rendir cuentas por el origen de esos fondos.

Advertencias de tributaristas

A pesar de la flexibilización normativa, especialistas en derecho tributario advierten que los incentivos actuales podrían no ser suficientes para provocar un ingreso masivo de capitales. Según explican, la falta de modificaciones de fondo en la legislación vigente genera incertidumbre sobre la posibilidad de que los contribuyentes puedan ser posteriormente penalizados por fondos no declarados.

Desde este punto de vista, el ingreso de dólares al sistema requiere garantías jurídicas que ofrezcan previsibilidad a largo plazo. En ausencia de una ley de blanqueo o de modificaciones permanentes en el régimen tributario, existe el riesgo de que los fondos incorporados hoy sean objeto de fiscalización o penalización en ejercicios futuros.

Operaciones bajo el radar de ARCA

En la práctica, los cambios implementados permiten realizar diversas operaciones sin que se activen reportes automáticos por parte de los sujetos obligados a informar. Por ejemplo, una persona que posea dólares no declarados podría comprar un automóvil usado sin que la transacción sea informada a ARCA, siempre que:

  • No se supere el umbral mensual de $50 millones en movimientos financieros.

  • El pago se realice en efectivo o mediante transferencia desde una billetera virtual no vinculada a una cuenta bancaria tradicional.

  • El comprador esté adherido al Régimen Simplificado, lo que elimina la obligación de declarar consumos.

En estos casos, la operación no genera automáticamente un incremento patrimonial declarado ni dispara mecanismos de fiscalización sistemática.

Controles alternativos

No obstante, la eliminación de reportes automáticos no implica ausencia total de control. Las operaciones que presenten características inusuales o que superen ciertos parámetros estadísticos pueden ser objeto de análisis por parte de otras agencias, como la Unidad de Información Financiera (UIF).

La UIF mantiene su capacidad de recibir Reportes de Operación Sospechosa (ROS), vinculados a presuntas maniobras de lavado de activos o financiación del terrorismo. Estos reportes pueden provenir de bancos, escribanías, concesionarios y otros sujetos obligados, aun cuando las operaciones no hayan sido informadas a ARCA.

En este contexto, quienes posean dólares fuera del circuito bancario tienen un abanico más amplio de alternativas para su utilización en el mercado formal. Las operaciones alcanzadas por las nuevas disposiciones incluyen, entre otras:

  • Compra de vehículos usados.

  • Adquisición de propiedades inmobiliarias.

  • Inversiones en negocios locales.

  • Consumos personales de alto valor.

Todas estas posibilidades están condicionadas al cumplimiento de los parámetros establecidos, incluyendo el monto máximo de $50 millones mensuales y, en algunos casos, la adhesión al nuevo régimen fiscal.

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