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Si cobraste bono salarial, fijate cómo lo sumaron para calcular el aguinaldo y discutí

Si cobraste un bono salarial extraordinario, controlá cómo lo tomó la empresa para calcular la mejor remuneración para el aguinaldo porque podés discutir
07/07/2025 - 08:02hs
Si cobraste bono salarial, fijate cómo lo sumaron para calcular el aguinaldo y discutí

Los altos ejecutivos y, en diversas oportunidades, empleados de sindicatos del neumático, petroleros, bancarios, aceiteros y Luz y Fuerza, y otros, suelen cobrar un bono extraordinario, que generalmente se liquida en los primeros meses del año. Pero, en la liquidación para el aguinaldo, si no se suma en el cálculo de la mejor remuneración, puede llevar a discusiones.

Qué se discute sobre el cálculo del bono en el aguinaldo

Se han detectado casos en que las empresas liquidan el aguinaldo sobre el bono anual de una manera que podría ser impugnable y dar lugar a reclamos, asegura Julio E. Lalanne, abogado especialista en Derecho Laboral de la Alta Gerencia.

En general, las empresas suelen liquidar el Salario Anual Complementario (SAC) en el mismo recibo de haberes por medio del cual pagan el bono anual, sobre la base del siguiente cálculo:

SAC = Bono anual /12

O sea, pagan, en concepto de aguinaldo sobre el bono anual, la doceava parte del bono.

Sin embargo, según Lalanne, el mecanismo de cálculo adecuado, debe ajustarse al texto literal del art. 122 de la Ley de Contrato de Trabajo. La norma dice así: el SAC "será liquidado sobre el cálculo del cincuenta por ciento (50%) de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los dos semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año".

Por lo tanto, lo que corresponde hacer es tomar como base de cálculo la remuneración mensual del mes en el que se paga el bono, conjuntamente con el sueldo mensual, y calcular sobre esa sumatoria, el 50%. El procedimiento de cálculo, correcto, según Lalanne, es el siguiente:

SAC = (Sueldo + Bono Anual) x 50%.

Qué dijo la Justicia sobre el bono y el aguinaldo

Lalanne afirma que esta forma de cálculo del aguinaldo fue convalidada por la Cámara Nacional del Trabajo en diversos fallos.

Por ejemplo, la Sala X de la Cámara del Trabajo, en el juicio "Etcheverry, Carlos Fulvio c/Servicios Especiales San Antonio S.A. y otro s/despido", dijo:

En orden a la base salarial utilizada para el cálculo del SAC, la magistrada que me precede consideró procedentes las diferencias reclamadas por tal concepto.

Contra esa decisión se alza la parte demandada haciendo hincapié en que la inclusión del bono anual sobre la base de cálculo del SAC resulta improcedente por cuanto su percepción se encuentra supeditada al cumplimiento de determinados objetivos, y que no se trata de un pago mensual o normal sino extraordinario. A su vez, invoca la doctrina plenaria de esta Cámara en autos "Tulosai". Adelanto opinión desfavorable a la pretensión.

No caben dudas que el art. 122 LCT establece que el importe a abonar en cada semestre será liquidado sobre el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto en el semestre que se considere y, en el caso, resulta evidente que para el cálculo y liquidación del SAC no corresponde considerar si las sumas abonadas revisten carácter habitual, puesto que si se devengan, corresponde que sean computadas a los fines del pago en cuestión.

Por las razones expuestas, propicio desestimar la queja sobre tal aspecto.

Qué sindicatos tienen bonos extraordinarios

La existencia y las condiciones de los bonos extraordinarios dependen en gran medida de lo establecido en los Convenios Colectivos de Trabajo (CCT) de cada actividad y empresa. Algunos de los trabajadores alcanzados son los siguientes:

Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino (SUTNA)

El SUTNA ha reclamado y, en algunos casos, conseguido, bonos extraordinarios y por productividad en las fábricas de neumáticos (Bridgestone, Pirelli, Fate).

Frecuencia: Las cláusulas de sus convenios colectivos han establecido el pago de dos bonos extra por año en algunas empresas. Recientemente, se han generado conflictos por la solicitud de bonos extraordinarios adicionales.

Sindicatos de la Energía (Luz y Fuerza)

En el sector eléctrico, es común que se paguen bonos por "eficiencia" o "productividad". Estos bonos pueden ser significativos.

La frecuencia puede variar según el convenio específico de cada empresa (EPEC, Edenor, Edesur, etc.). En algunos casos se paga de forma anual o con una frecuencia acordada en la paritaria.

Sindicato de Petroleros (jerárquicos y de base)

En la actividad petrolera, especialmente en Vaca Muerta, se han negociado bonos por productividad vinculados a la eficiencia en la operación.

Los bonos por productividad en este sector suelen ser variables y pueden pagarse con una periodicidad mensual, trimestral o según el cumplimiento de metas de producción.

Sindicato de Empleados de Comercio (SEC)

Si bien el convenio de Comercio no establece un "bono de productividad" generalizado, las empresas pueden otorgar plus por productividad o bonificaciones anuales a sus empleados, que son negociaciones internas de cada compañía.

Estos bonos, si existen, suelen ser de carácter anual o vinculados al desempeño individual o de la empresa en un período determinado.

Sindicatos de la Industria Aceitera

El sector aceitero ha logrado acuerdos salariales importantes que incluyen sumas fijas o variables que pueden estar ligadas a la rentabilidad del sector.

La frecuencia de estas sumas suele estar ligada a los acuerdos paritarios y pueden ser mensuales o en pagos únicos.

Bancarios (Asociación Bancaria)

Los trabajadores bancarios suelen recibir un bono significativo en el marco del Día del Bancario (6 de noviembre). Este bono se actualiza por inflación y es uno de los más destacados entre los convenios colectivos. Además, pueden acceder a bonos por participación en las ganancias de las empresas.

El bono del Día del Bancario se cobra de forma anual, generalmente en noviembre. Los bonos por participación en ganancias pueden tener una frecuencia diferente, a menudo también anual o ligada a los resultados de la empresa.

Los altos ejecutivos y otros empleados pueden cobrar bonos extraordinarios que generalmente se liquidan en forma anual, y deben vigilar cómo se toma en la liquidación del aguinaldo, porque eventualemente pueden discutirlo.

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