Exportaciones de oro, plata y platino tendrán un nuevo régimen de Ganancias: cómo funcionará
El Gobierno nacional estableció un nuevo régimen de percepción del impuesto a las Ganancias para las exportaciones de oro, plata y platino.
La medida alcanza a las operaciones de salida de estos metales preciosos que tengan como finalidad el procesamiento, refinación o depósito en el exterior para su posterior venta.
El nuevo esquema fija una alícuota del 1% que se aplicará sobre el valor utilizado para determinar los derechos de exportación.
Cómo funciona el nuevo impuesto y el control fiscal para exportadores
La Dirección General de Aduanas actuará como agente de percepción en estas transacciones, las cuales comprenden a los metales en cualquiera de sus etapas de elaboración, incluyendo el denominado bullón dorado.
La normativa fue oficializada mediante la Resolución General 5815/2026 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), publicada este viernes en el Boletín Oficial
Según los considerandos de la medida, el objetivo es garantizar mecanismos de fiscalización y prevenir maniobras que afecten el interés fiscal en un sector estratégico para la generación de divisas.
La percepción deberá determinarse al momento de la liquidación de los tributos aduaneros y el pago tendrá que realizarse dentro de los 15 días hábiles posteriores al libramiento de la mercadería.
En caso de incumplimiento, los exportadores podrán ser suspendidos del registro correspondiente y deberán abonar intereses resarcitorios.
El monto abonado bajo este concepto tendrá carácter de impuesto ingresado y será computable en la declaración jurada de Ganancias del período fiscal en el que se realice la transferencia de la mercadería.
Nuevas obligaciones y controles para empresas
Sin embargo, la resolución aclara que esta percepción no podrá utilizarse para la determinación o reducción de los anticipos de dicho impuesto. Finalmente, las empresas alcanzadas deberán cumplir con un régimen de información trimestral.
Este requiere la presentación de una certificación emitida por un profesional independiente de ciencias económicas que detalle la cantidad y calidad de los metales exportados, junto con la documentación de respaldo de las operaciones.
Ganancias 2026: cómo quedarán las escalas y qué sueldos quedan exentos
ARCA ya informó la actualización 2026 del Impuesto a las Ganancias para todos aquellos trabajadores en relación de dependencia.
Esto es así, ya que este impuesto tiene un ajuste significativo a partir de enero 2026, ya que en ese mes se produce la actualización semestral automática que se estableció en la legislación vigente.
De acuerdo a la normativa vigente, se establece una revisión automática que ajusta los montos de las deducciones dos veces al año, en enero y julio, tomando como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del semestre anterior.
El mecanismo busca mantener el poder adquisitivo de los contribuyentes y evitar que la inflación provoque que más personas queden alcanzadas por el tributo.
En efecto, desde el segundo semestre de 2025, las deducciones personales y las escalas progresivas se elevaron un 15,10%, en sintonía con la inflación acumulada en la primera mitad del año. En tanto, para el período julio-diciembre 2025, la inflación proyectada del 11,73%, por lo que las deducciones personales y los pisos salariales se modifican sustancialmente, teniendo en cuenta dicho porcentaje.
Deducciones personales 2026: los nuevos valores
Las deducciones que podrán computarse entre enero y junio de 2026 quedarían establecidas de la siguiente manera:
- Ganancia no imponible: $ 5.036.140,63
- Deducción por cónyuge: $ 4.743.034,38
- Deducción por hijo: $ 2.391.929,54
- Deducción por hijo con discapacidad: $ 4.783.859,09
- Deducción especial para trabajadores (art. 30 c) ap. 1): $ 17.626.492,21
- Deducción especial para nuevos profesionales y emprendedores: $ 20.144.562,53
- Deducción especial (art. 30 c) ap. 2): $ 24.173.475,03
Estos montos representan los importes que se restarán del ingreso bruto antes de calcular el impuesto, permitiendo que los contribuyentes paguen únicamente sobre la ganancia neta.