• 10/12/2025
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Fallo de la Corte: condenan a Swiss Medical y La Suizo por mala praxis en una niña que quedó con parálisis cerebral

La justicia tomó la decisión de elevar la indemnización a los padres de la pequeña que quedó con parálisis cerebral producto de la mala praxis
11/11/2025 - 19:10hs
Fallo de la Corte: condenan a Swiss Medical y La Suizo por mala praxis en una niña que quedó con parálisis cerebral

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió aumentar la indemnización destinada a los padres de una niña que sufrió parálisis cerebral al momento de su nacimiento, luego de considerar arbitraria la reducción del monto que había dispuesto la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.

El fallo, firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, hizo lugar de manera parcial al reclamo de los familiares de la menor en concepto de daño moral y lucro cesante, al comprender que el planteo "guarda relación directa e inmediata con las garantías constitucionales invocadas como vulneradas".

Los detalles del caso por mala praxis

El caso se originó a partir de una demanda presentada por una pareja, en nombre propio y en representación de sus tres hijos menores, contra el obstetra, la partera, Swiss Medical Group S.A., Clínica y Maternidad Suizo Argentina S.A., Docthos S.A. y HSBC Holding S.A., por los daños derivados de la atención médica durante el parto de su hija M., ocurrido el 23 de enero de 2002.

Según la denuncia, la deficiente atención médica provocó una encefalopatía hipóxico-isquémica perinatal, que generó daños cerebrales irreversibles y dejó a la niña con parálisis cerebral de grado IV. La menor quedó postrada en una silla de ruedas, depende de un botón gástrico para alimentarse, no habla ni controla esfínteres, y presenta movimientos involuntarios y disquinéticos, producto de las lesiones sufridas durante el parto.

En primera instancia, la jueza interviniente había condenado a todos los demandados, además de haber extendido la responsabilidad a las aseguradoras involucradas en el caso. No obstante, en abril de 2021, la Sala K de la Cámara Civil revocó parcialmente el fallo, al sostener que, aunque se acreditó la existencia de sufrimiento fetal durante el parto, no podía descartarse que la causa de la parálisis fuera anterior al nacimiento. Asimismo, la cámara eximió de responsabilidad al obstetra y la partera y redujo los montos indemnizatorios que la sentencia original había fijado.

Al revisar nuevamente la causa, la Corte Suprema concluyó que la reducción de las sumas por daño moral fue arbitraria. En su voto, los ministros sostuvieron que "no se advierte de qué modo las condiciones de la joven y la manera en que ha incidido el evento en su ánimo puedan resultar fundamento mínimamente aceptable de la reducción del daño moral decidido".

El máximo tribunal también cuestionó la disminución del resarcimiento por daño moral correspondiente a los padres, al remarcar que las graves secuelas que padece su hija provocan una "terrible angustia e incertidumbre familiar". Según los jueces, los argumentos de la cámara "no son consistentes con la magnitud del padecimiento descrito por la jueza de primera instancia".

De esta forma, la Corte reafirmó la obligación de reparar de forma integral los daños ocasionados por una atención médica negligente, especialmente cuando las consecuencias afectan de manera permanente la calidad de vida de la víctima y su familia, al tiempo que dejó sin efecto la reducción aplicada por la cámara.

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