La Corte frenó la unificación de las causas contra la AFA en el juzgado que quería Tapia
La Corte Suprema de Justicia resolvió algunas causas relacionadas con la Asociación del Fútbol Argentino y rechazó todas sus demandas en las causas que la involucran por supuesto fraude y lavado de dinero. Los fallos llevan la firma de los tres jueces del máximo tribunal: Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz.
Las decisiones impactan directamente sobre las investigaciones penales contra directivos de la AFA y sobre el control estatal que ejerce la Inspección General de Justicia (IGJ).
El tribunal definió que la IGJ mantiene plenas facultades de fiscalización sobre la AFA mientras no se complete el trámite de cambio de domicilio hacia territorio bonaerense, un proceso que la entidad viene impulsando para escapar del control nacional.
Causa de balances falsos y u$s300 millones omitidos
La Corte estableció que las causas penales vinculadas a presuntos balances irregulares de la AFA queden radicadas en el fuero nacional de la Ciudad de Buenos Aires. En concreto, son dos investigaciones que ahora tramitarán en tribunales porteños.
La primera denuncia la presentó Guillermo Tofoni contra Claudio Tapia y otros directivos de la AFA. El eje de la acusación es la supuesta omisión de registrar en los balances institucionales los ingresos generados por el contrato con Tourprodenter LLC, que actuó como agente comercial exclusivo.
Los ingresos no declarados rondan los u$s300 M. Esa cifra, según la denuncia, nunca apareció en los estados contables que la AFA presentó ante los organismos de control.
El conflicto de competencia enfrentó al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 11 con el Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 8, ambos de CABA. La Corte, siguiendo el dictamen del Procurador, decidió que debe intervenir la justicia ordinaria capitalina.
Desvío de fondos de la AFA
Otra de las investigaciones es si Tapia y otros directivos desviaron ingresos de la AFA en beneficio propio mediante transferencias sin justificación.
El expediente quedó inicialmente en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 11. Pero el juez federal de Campana, González Charvay, solicitó la causa para investigar posibles conexiones con otra denuncia que tramitaba en su juzgado.
Se trata del caso "Pantano", iniciado por Elisa Carrió. La denuncia apunta a la adquisición de una mansión en Pilar mediante una empresa pantalla llamada Real Central SRL. Según Carrió, esa operación se habría financiado con fondos de la AFA desviados hacia Pablo Toviggino, tesorero de la entidad.
La Corte dejó sin efecto la intervención del juez de Campana al entender que en esa localidad se investiga el delito de lavado de activos, que es autónomo de los delitos investigados en CABA, y por lo tanto remitió la causa nuevamente al fuero ordinario de la Capital.
De esta manera, cada investigación sigue su curso por separado. Una cosa es el presunto balance falso y otra el posible lavado de activos. No hay conexidad que justifique unificar las causas.
El fallo clave sobre la IGJ y el control de la AFA
Más allá de las causas penales, la Corte falló a favor de la Inspección General de Justicia en el litigio más sensible para la AFA. El tribunal revocó una sentencia de la Cámara Nacional en lo Civil que había avalado el cambio de domicilio de la entidad.
El origen del conflicto es la resolución 140/2026 de la IGJ. Mediante ese acto administrativo, el organismo que depende del Ministerio de Justicia (a cargo de Juan Bautista Mahiques) le denegó a la AFA la inscripción de la reforma de su estatuto. Esa reforma incluía el cambio de domicilio hacia la provincia de Buenos Aires.
Como consecuencia, la IGJ también rechazó la cancelación de la inscripción de la AFA en sus registros. Sin cancelación en la jurisdicción nacional, no hay mudanza válida a provincia.
La AFA recurrió a la justicia. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil le dio la razón: declaró la nulidad de la resolución de IGJ y tuvo por cancelada la inscripción. Esa decisión le abría la puerta a la AFA para inscribirse en provincia y salir del control nacional.
Pero el Estado nacional apeló ante la Corte. En otras palabras, la IGJ sostiene que la AFA no tiene oficinas reales de administración en Pilar.
El trámite de cambio de domicilio de una sociedad exige la cancelación registral del domicilio anterior. Esa cancelación debe ser aprobada por el órgano de control.
Mientras la IGJ no apruebe esa cancelación, la AFA queda sujeta a su fiscalización.