¿La reforma laboral creará empleo?: las 10 claves en contratos, juicios, conflictos y enfermedades
La gran pregunta sobre la reforma laboral es si realmente puede promover el empleo formal, y los expertos analizan si cláusulas como los límites a los juicios, a las asambleas en el lugar de trabajo y a las remuneración en caso de enfermedad laboral evitarán litigios que hoy desalientan la contratación.
La gran pregunta: la creación de empleo
"La reforma laboral establece ciertos mecanismos de regularización y beneficios para el empleo registrado, además del régimen de incentivo para la mediana empresa (RIMI)", felicita el abogado laboralista Osvaldo Jofré.
"También el hecho de clarificar ciertas normas que hasta el momento ha sido muy controvertidas en la Justicia laboral en cuanto a su interpretación, fomentará la previsibilidad y dará a los empleadores cierta tranquilidad a la hora de contratar", afirma.
"Si bien hay muchos puntos que darán lugar a análisis más profundos y eventualmente a discusiones interpretativas, hay que destacar que se trata de una reforma bastante integral, que toca diferentes aspectos del derecho del trabajo, tanto individual como colectivo. No habíamos tenido una reforma tan amplia como esta", señala.
"Desde ya, los inversores ven además otros aspectos económico financieros a la hora de desarrollar sus proyectos, pero esta reforma clarifica muchas cosas que antes eran materia de conflicto asegurado. Veremos cómo sigue en la Cámara de Diputados y después "la prueba ácida" de los tribunales laborales", advierte.
Jofré enumera los siguientes aspectos sobre la reforma labora que pueden impulsar el empleo:
Cambios en contrato de trabajo, beneficios sociales e indemnización
¿Qué cambios de la reforma laboral son relevantes?
Hay muchas cuestiones salientes, como las siguientes:
- Exclusión de ciertas modalidades de contratación comerciales del ámbito de la Ley de Contrat o de Trabajo, tales como los contratos de obra, servicios, agencia, transporte, flete, entre otros.
- Prestadores independientes de plataformas tecnológicas.
- Posibilidad de introducir ciertos cambios en los términos y condiciones del contrato de trabajo previamente acordado, en tanto no se vulneren los mínimos legales.o convencionales.
- El poder contratar profesionales sin que ello presuma relación de dependencia.
- Morigeración de la responsabilidad solidaria en caso de subcontrataciones.
- Redefinición de los "beneficios sociales" no remunerativos.
- Mayor claridad en la fórmula de cálculo de la indemnización por despido.
Nuevas reglas para los juicios laborales
¿Qué nuevas normas son disruptivas?
El salario de enfermedad reducido, la forma de los certificados médicos para acreditar imposibilidad de trabajar, la creación del Fondo de Asistencia Laboral para ayudar al pago de indemnizaciones, entre otros.
A nivel judicial, algunos cambios en el procedimiento laboral y, como muy relevante, el traspaso de la Justicia del Trabajo a la Ciudad de Buenos Aires.
¿Qué pasa con el pago de las sentencias?
Es un problema serio: aquí se establece la posibilidad de cancelar las condenas en cuotas, lo que podría ser un alivio para las empresas, en particular para las pymes.
¿Y los intereses judiciales?
El mecanismo de actualización e intereses de los créditos laborales en juicios se unifica y se acota al IPC más un 3% anual. Esto pondría fin a las múltiples y dispares interpretaciones de los jueces que hoy se aplican sin criterio unificado.
Sin embargo, queda a mitad de camino la actualización de los juicios hoy en trámite, muchos de ellos llevan largos años y la tasa prevista puede hacerlos impagables dado el contexto de alta inflación de 2022/2024 fundamentalmente.
Nuevas reglas para el conflicto sindical
¿Qué pasa en materia de conflictos colectivos?
Se asegura la prestación de servicios esenciales, garantizando niveles de cobertura específico y se amplía el listado de qué servicios se consideran como tales.
Así, el derecho de huelga, que se conserva, tendrá parámetros más claros en cuanto a su ejercicio previéndose el funcionamiento adecuado de ciertas actividades críticas.
¿Y los convenios colectivos?
Se tiende a la renegociación de los convenios a su vencimiento. Hay convenios colectivos que tienen 50 años y siguen igual. También se limitan las contribuciones solidarias. Y se da prevalencia a los convenios de ámbito menor sobre los de ámbito mayor, dando lugar a quelas pymes, por ejemplo, puedan negociar condiciones más acordes a su actividad y posibilidades.
¿Qué cambia para el conflicto en la empresa?
Se limitan las asambleas en el lugar de trabajo, se introducen sanciones por bloqueos o tomas de establecimientos, se limitanlas horas gremiales de los delegados, entre otros cambios.
De esta manera, Jofré resume los puntos claves de la reforma laboral que pueden impulsar la contración de empleados en blanco.