PARITARIA 2026-2027

Sueldo gastronómicos hoteleros: cuánto cobran en agosto y septiembre 2026 y qué pasará en octubre

Durante el próximo trimestre se pagarán montos no remunerativos mientras sindicatos y empresas mantienen tensas discusiones sobre ajustes futuros
Por S.A.
MANAGEMENT - 12 de Agosto, 2026

Los trabajadores gastronómicos y hoteleros comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 362/03 tienen definido el esquema salarial correspondiente a julio, agosto y septiembre de 2026. El acuerdo contempla el pago de tres cuotas de una gratificación extraordinaria no remunerativa, mientras que los salarios básicos permanecen sin modificaciones durante este primer tramo de la paritaria 2026-2027.

El entendimiento fue firmado el 31 de julio de 2026 por la Unión de Trabajadores del Turismo, Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (UTHGRA) y la Asociación de Hoteles de Turismo de la República Argentina (AHTRA), en representación de los trabajadores y empleadores comprendidos en el CCT 362/03.

El acuerdo fue presentado ante la Secretaría de Trabajo el 7 de agosto de 2026 y las partes solicitaron su homologación.

Para agosto y septiembre, los trabajadores percibirán los mismos salarios básicos vigentes en junio de 2026, más la correspondiente cuota de la suma extraordinaria. Los importes adicionales dependen de la categoría profesional y del tipo de establecimiento.

Qué establece el acuerdo de UTHGRA para agosto y septiembre

El acuerdo salarial para los trabajadores comprendidos en el CCT 362/03 no establece un aumento porcentual sobre los salarios básicos durante agosto y septiembre.

Los básicos remunerativos se mantienen en los valores vigentes en junio de 2026 y se adiciona una gratificación extraordinaria de carácter no remunerativo.

La suma se paga en tres cuotas mensuales consecutivas, correspondientes a julio, agosto y septiembre. La cuota de agosto es la segunda del acuerdo y la de septiembre será la tercera y última de este primer tramo.

En los hoteles de cuatro estrellas, las sumas extraordinarias van desde $70.000 hasta $117.000 por cuota. En los hoteles de cinco estrellas, los importes oscilan entre $82.000 y $131.000.

La escala anexa también contempla establecimientos de seis estrellas, donde la gratificación extraordinaria alcanza hasta $205.000 por cuota para la categoría 7.

Cuánto cobra un gastronómico en agosto de 2026

En agosto de 2026 se abona la segunda cuota de la gratificación extraordinaria pactada por UTHGRA y AHTRA.

La suma aparece bajo el concepto "Acuerdo 2026 Segunda Cuota – suma no remunerativa". Los salarios básicos no se modifican respecto de junio y el importe adicional depende de la categoría.

Hoteles de cuatro estrellas

Para los trabajadores de hoteles de cuatro estrellas, los salarios en agosto de 2026 son:

  • Categoría 1: salario básico de $1.051.082 y suma no remunerativa de $70.000
  • Categoría 2: básico de $1.102.047 y segunda cuota de $73.000
  • Categoría 3: básico de $1.166.511 y suma extraordinaria de $77.000
  • Categoría 4: salario básico de $1.219.740 y cuota no remunerativa de $81.000
  • Categoría 5: básico de $1.287.698 y segunda cuota de $85.000
  • Categoría 6: básico de $1.357.955 y suma extraordinaria de $90.000
  • Categoría 7: salario básico de $1.763.730 y suma no remunerativa de $117.000

Hoteles de cinco estrellas

En los hoteles de cinco estrellas, los valores para agosto de 2026 son:

  • Categoría 1: salario básico de $1.240.865 y suma no remunerativa de $82.000
  • Categoría 2: básico de $1.287.848 y cuota extraordinaria de $85.000
  • Categoría 3: básico de $1.351.845 y suma no remunerativa de $90.000
  • Categoría 4: salario básico de $1.396.066 y segunda cuota de $92.000
  • Categoría 5: básico de $1.451.579 y suma extraordinaria de $96.000
  • Categoría 6: básico de $1.512.293 y cuota no remunerativa de $100.000
  • Categoría 7: salario básico de $1.967.121 y segunda cuota de $131.000

Hoteles de seis estrellas

La escala anexa también contempla establecimientos de seis estrellas.

En este caso, los salarios en agosto son:

  • Categoría 1: salario básico de $1.862.963 y suma no remunerativa de $124.000
  • Categoría 2: básico de $1.955.572 y segunda cuota de $130.000
  • Categoría 3: básico de $2.053.540 y cuota extraordinaria de $136.000
  • Categoría 4: básico de $2.155.204 y suma no remunerativa de $143.000
  • Categoría 5: básico de $2.263.129 y cuota de $150.000
  • Categoría 6: básico de $2.375.958 y suma extraordinaria de $158.000
  • Categoría 7: salario básico de $3.089.077 y segunda cuota no remunerativa de $205.000

Cuánto cobra un gastronómico en septiembre de 2026

En septiembre se abonará la tercera cuota de la gratificación extraordinaria acordada para el primer tramo de la paritaria.

Los importes son iguales a los correspondientes a agosto. Por lo tanto, los trabajadores mantendrán durante septiembre los mismos salarios básicos y recibirán una suma extraordinaria equivalente a la segunda cuota.

La categoría 1 de los hoteles de cuatro estrellas tendrá un básico de $1.051.082 y recibirá $70.000. La categoría 2 tendrá un básico de $1.102.047 y una suma de $73.000.

Para la categoría 3, los valores serán de $1.166.511 de básico y $77.000 de suma no remunerativa. En la categoría 4, el básico será de $1.219.740 y la tercera cuota alcanzará $81.000.

La categoría 5 tendrá un básico de $1.287.698 y recibirá $85.000. En la categoría 6, el básico será de $1.357.955 y la suma extraordinaria llegará a $90.000.

La categoría 7 tendrá un salario básico de $1.763.730 y una tercera cuota de $117.000.

En los hoteles de cinco estrellas, la categoría 1 tendrá un básico de $1.240.865 y recibirá $82.000. La categoría 2 tendrá $1.287.848 de básico y $85.000 de suma extraordinaria.

La categoría 3 tendrá un salario básico de $1.351.845 y recibirá $90.000. Para la categoría 4, los valores serán de $1.396.066 y $92.000, respectivamente.

En la categoría 5, el básico será de $1.451.579 y la tercera cuota alcanzará $96.000. Para la categoría 6, el salario básico será de $1.512.293 y la suma no remunerativa llegará a $100.000.

En la categoría 7, el básico será de $1.967.121 y la tercera cuota será de $131.000.

Para los establecimientos de seis estrellas, los valores de septiembre también serán iguales a los de agosto: desde $1.862.963 de básico y $124.000 de suma extraordinaria en la categoría 1 hasta $3.089.077 de básico y $205.000 de suma no remunerativa en la categoría 7.

Cuánto suma la paritaria de gastronómicos entre julio y septiembre

La gratificación extraordinaria se paga en tres cuotas iguales, una correspondiente a cada mes del período julio-septiembre de 2026.

En los hoteles de cuatro estrellas, la categoría 1 acumulará $210.000 durante el trimestre, a razón de $70.000 por mes. La categoría 2 sumará $219.000 y la categoría 3, $231.000.

Para la categoría 4, las tres cuotas totalizarán $243.000. En la categoría 5, el acumulado será de $255.000, mientras que la categoría 6 alcanzará $270.000.

La categoría 7 de hoteles de cuatro estrellas acumulará $351.000, producto de tres cuotas de $117.000.

En los hoteles de cinco estrellas, la categoría 1 acumulará $246.000 durante el trimestre. La categoría 2 llegará a $255.000 y la categoría 3, a $270.000.

La categoría 4 tendrá un acumulado de $276.000. Para la categoría 5, el total será de $288.000 y para la categoría 6, de $300.000.

En la categoría 7 de hoteles de cinco estrellas, las tres cuotas de $131.000 representarán un total de $393.000 durante julio, agosto y septiembre.

En los establecimientos de seis estrellas, la categoría 7 tendrá tres cuotas de $205.000, por lo que el total acumulado de la gratificación extraordinaria durante el trimestre será de $615.000.

La primera cuota de julio puede pagarse en agosto

El acuerdo fue firmado el 31 de julio de 2026 y presentado ante la Secretaría de Trabajo el 7 de agosto.

Por esa razón, las partes contemplaron expresamente que la primera cuota correspondiente a julio pueda abonarse durante agosto. De acuerdo con lo establecido en el entendimiento, esta modalidad evita la necesidad de efectuar reliquidaciones retroactivas.

Las cuotas correspondientes a agosto y septiembre se liquidan junto con los haberes de esos respectivos meses.

La gratificación tiene carácter extraordinario y no remunerativo y fue pactada para este primer tramo de la negociación salarial.

Los salarios básicos de UTHGRA no aumentan en agosto y septiembre

Uno de los principales puntos del acuerdo es que los salarios básicos remunerativos vigentes durante junio de 2026 se mantienen sin modificaciones durante julio, agosto y septiembre.

Por lo tanto, no se aplica durante estos tres meses un incremento porcentual sobre el básico.

La recomposición salarial se instrumenta mediante las tres cuotas de la gratificación extraordinaria. Los importes varían de acuerdo con la categoría profesional y el tipo de establecimiento.

Al tener carácter no remunerativo, las sumas extraordinarias no se incorporan a los salarios básicos durante este período y no tienen incidencia sobre los adicionales convencionales, aportes y contribuciones, de acuerdo con las condiciones establecidas en el acuerdo.

Qué aumento tendrán los gastronómicos en octubre de 2026

El acuerdo establece además una referencia para la continuidad de la negociación salarial.

Las partes determinaron que la base para fijar los salarios a partir del 1° de octubre de 2026 se conformará aplicando un 8,03% sobre los salarios básicos remunerativos vigentes a septiembre de 2026.

Ese porcentaje funcionará como referencia para la siguiente etapa de la paritaria 2026-2027.

El entendimiento también contempla que, si al 15 de octubre no se hubiera alcanzado un nuevo acuerdo con aplicación desde el 1° de octubre, esos valores pasarán a aplicarse como salarios básicos, sin perjuicio de la posterior negociación que puedan llevar adelante las partes.

De esta forma, julio, agosto y septiembre conforman el primer tramo de la negociación, mientras que octubre queda establecido como instancia para la reapertura de la discusión salarial.

Contribución empresarial de $50.000 por trabajador

El acuerdo salarial también establece una contribución extraordinaria empresarial de $50.000 por cada trabajador comprendido en el CCT 362/03.

El aporte está destinado a capacitación, turismo social y asistencia de los trabajadores y sus grupos familiares.

El monto se abonará en dos cuotas de $30.000 y $20.000 durante agosto y septiembre de 2026, conforme al cronograma establecido en el acuerdo.

Además, se estableció una contribución solidaria equivalente al 2% mensual sobre las remuneraciones sujetas a aportes y contribuciones legales durante la vigencia del acuerdo.

Para los trabajadores afiliados a UTHGRA, ese importe queda absorbido por la cuota sindical.

Absorción de sumas pagadas a cuenta

El entendimiento también contempla la absorción de importes que las empresas hayan abonado previamente a cuenta de futuros aumentos o de la presente negociación paritaria.

Esas sumas podrán ser absorbidas hasta cubrir los montos correspondientes a las gratificaciones extraordinarias establecidas en el acuerdo.

Preguntas frecuentes sobre el aumento de gastronómicos UTHGRA 2026

¿Cuánto cobra un gastronómico en agosto de 2026?

El salario depende de la categoría y del tipo de establecimiento. En hoteles de cuatro estrellas, los básicos van desde $1.051.082 hasta $1.763.730, mientras que la suma no remunerativa de agosto va de $70.000 a $117.000.

En hoteles de cinco estrellas, los básicos van desde $1.240.865 hasta $1.967.121 y las sumas extraordinarias, de $82.000 a $131.000.

¿Cuánto cobra un gastronómico en septiembre de 2026?

En septiembre se mantienen los mismos salarios básicos de agosto y se paga la tercera cuota de la gratificación extraordinaria. Los importes de esta cuota son iguales a los de agosto.

¿Cuánto es el aumento de UTHGRA en 2026?

Para julio, agosto y septiembre no se establece un aumento porcentual sobre los salarios básicos. El acuerdo fija tres cuotas de una gratificación extraordinaria no remunerativa. Para octubre se estableció una referencia del 8,03% sobre los básicos remunerativos vigentes en septiembre.

¿Cuándo se paga la segunda cuota de UTHGRA?

La segunda cuota corresponde a agosto de 2026 y se abona junto con los haberes de ese mes.

¿Cuándo se paga la tercera cuota de UTHGRA?

La tercera cuota corresponde a septiembre de 2026 y se abona junto con los haberes de ese mes.

¿Qué pasa con los salarios de UTHGRA en octubre de 2026?

El acuerdo establece una referencia del 8,03% sobre los salarios básicos remunerativos vigentes en septiembre. Si al 15 de octubre no hubiera un nuevo acuerdo con aplicación desde el 1° de octubre, esos valores pasarán a aplicarse como salarios básicos, sin perjuicio de la negociación posterior.

El esquema salarial para agosto y septiembre de 2026 queda así definido para los trabajadores alcanzados por el CCT 362/03: los básicos remunerativos se mantienen en los valores de junio, mientras que se incorpora la segunda y tercera cuota de la gratificación extraordinaria no remunerativa. La siguiente instancia de negociación quedó prevista para octubre de 2026.

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