Los 6 puntos principales del proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía Nacional

La propuesta impulsa nuevas categorías legales para intervención extranjera y refuerza el control estatal sobre conflictos de soberanía y seguridad
Imagen de un monumento homenaje a islas malvinas y una bandera argentina

Puntos importantes

Checkbox Checked El proyecto de Ley de Soberanía Nacional endurece penas por la explotación no autorizada de recursos en Malvinas y la Plataforma Continental Argentina, imponiendo severas restricciones económicas.
Checkbox Checked Se crea un Consejo de Seguridad Nacional para coordinar la respuesta ante amenazas externas, estableciendo protocolos para actuar frente a aeronaves y buques hostiles.
Checkbox Checked La ley introduce nuevas figuras penales por injerencia extranjera en procesos políticos y redefine la Defensa Nacional, incorporando el RePET a rango legal.

El Gobierno presentó en la Cámara de Diputados un proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía Nacional que propone modificar el régimen vigente sobre la explotación de recursos naturales en las Islas Malvinas y la Plataforma Continental Argentina, ampliar las herramientas del Estado frente a amenazas externas y establecer nuevas figuras penales vinculadas con la intervención extranjera.

La iniciativa contempla, entre otras medidas, sanciones de hasta 20 años de prisión para determinadas conductas relacionadas con la explotación no autorizada de recursos naturales, restricciones económicas para empresas involucradas, la creación de un Consejo de Seguridad Nacional y nuevas facultades para actuar ante amenazas en el espacio aéreo y marítimo.

El proyecto también modifica aspectos de la Ley de Defensa Nacional, incorpora disposiciones vinculadas con la influencia extranjera sobre procesos políticos y electorales y propone incorporar a una norma de rango legal el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a Actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET).

Nuevas sanciones por la explotación de recursos en Malvinas

Uno de los principales cambios propuestos está relacionado con la legislación que regula las actividades vinculadas con los recursos naturales en las Islas Malvinas, sus espacios marítimos e insulares y la Plataforma Continental Argentina.

El proyecto plantea reemplazar la Ley 26.659, actualmente orientada principalmente a las actividades hidrocarburíferas, por un régimen que abarque el aprovechamiento no autorizado de recursos naturales renovables y no renovables.

De esta manera, las prohibiciones alcanzarían a quienes desarrollen actividades de exploración, explotación o aprovechamiento de recursos sin autorización argentina en las áreas contempladas por la iniciativa.

La norma también amplía el universo de personas y empresas que podrían quedar alcanzadas por las sanciones. Además de los responsables directos de las actividades, contempla a proveedores, socios, accionistas y personas o entidades que ejerzan funciones de control sobre las compañías involucradas.

Las sanciones previstas combinan penas de prisión, multas e inhabilitaciones. En determinados casos, las penas de prisión podrían alcanzar los 20 años.

El Gobierno ya avanzó durante septiembre con cambios en la aplicación de la Ley 26.659. El Decreto 868/2026 designó al Ministerio de Relaciones Exteriores como autoridad de aplicación y estableció un procedimiento administrativo específico para investigar posibles infracciones. La norma fijó, entre otros aspectos, un plazo de 10 días hábiles para que los presuntos infractores presenten su descargo.

Restricciones para empresas sancionadas

El proyecto establece consecuencias económicas adicionales para las empresas que resulten alcanzadas por el nuevo régimen.

La inhabilitación podría impedirles desarrollar determinadas actividades económicas en la Argentina y derivar en la revocación de habilitaciones, la pérdida de beneficios impositivos o previsionales y la rescisión de contratos celebrados con organismos públicos.

También se prevé la creación de un registro público de infractores. Las personas y empresas incorporadas a ese listado no podrían contratar con el Estado y, según los términos de la iniciativa, tampoco podrían ser contratadas por particulares para las actividades alcanzadas por las restricciones.

El proyecto incorpora además el juicio en ausencia para los delitos contemplados en el nuevo régimen. Esta herramienta procesal ya forma parte del ordenamiento penal argentino a partir de la Ley 27.784, que incorporó disposiciones específicas al Código Procesal Penal de la Nación.

La aplicación de estas medidas quedaría vinculada a las conductas definidas expresamente por la futura ley y a los procedimientos previstos para determinar responsabilidades.

Creación del Consejo de Seguridad Nacional

Otra de las principales modificaciones es la creación de un Consejo de Seguridad Nacional, que funcionaría como órgano de coordinación de las distintas áreas estatales involucradas en cuestiones de seguridad y defensa frente a amenazas externas.

El organismo estaría encabezado por el Presidente de la Nación y tendría como integrantes permanentes al jefe de Gabinete y a los ministros de Relaciones Exteriores, Defensa y Economía. También participarían autoridades de la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE) y de la Secretaría Legal y Técnica.

Entre sus funciones estaría la coordinación de las políticas diplomáticas, económicas, militares, jurídicas, cibernéticas y de inteligencia relacionadas con la seguridad nacional. El Consejo también tendría intervención en la protección de infraestructuras consideradas críticas y en la planificación de respuestas estatales frente a situaciones que puedan afectar intereses estratégicos del país.

La iniciativa amplía de esta manera el concepto de defensa nacional para incorporar amenazas provenientes tanto de actores estatales como de actores no estatales cuando tengan una dimensión externa.

Reglas para la protección del espacio aéreo

El proyecto establece un procedimiento específico para responder ante aeronaves consideradas hostiles.

La secuencia prevista contempla diferentes etapas, que comienzan con la identificación de la aeronave y las comunicaciones de advertencia. Luego podrían aplicarse medidas de demostración de fuerza y otras acciones destinadas a lograr que la aeronave abandone el espacio aéreo o cumpla las instrucciones impartidas por las autoridades argentinas.

Como última instancia se contempla el uso de la fuerza, que requeriría una orden expresa del Presidente de la Nación. La iniciativa establece además que esa facultad podría ser delegada en el ministro de Defensa.

El esquema busca establecer dentro de la legislación los procedimientos y niveles de autorización para la actuación de las fuerzas estatales ante una aeronave considerada una amenaza.

Medidas previstas para buques

El proyecto también establece un sistema progresivo para actuar frente a buques que representen una amenaza en los espacios marítimos bajo jurisdicción argentina.

Entre las medidas contempladas figuran:

  • La persecución e inspección de embarcaciones sospechosas
  • Los disparos de advertencia cuando la situación lo requiera
  • La posibilidad de inutilizar la embarcación cuando las circunstancias lo exijan

El hundimiento aparece como una medida excepcional y requiere autorización presidencial. Además, el proyecto establece que no podrá utilizarse como sanción contra un buque civil ni únicamente con el objetivo de impedir que una embarcación escape.

La regulación busca establecer una secuencia de intervención y determinar las condiciones bajo las cuales puede utilizarse la fuerza en operaciones marítimas.

Respuesta frente a amenazas extranjeras

El Consejo de Seguridad Nacional también tendría facultades para disponer medidas urgentes ante amenazas graves e inminentes que afecten la seguridad nacional.

Entre las herramientas contempladas aparecen:

  • Restricciones a determinadas operaciones cambiarias y financieras
  • El bloqueo temporal de fondos y activos
  • La suspensión de autorizaciones o contrataciones
  • Limitaciones a determinadas operaciones de comercio exterior

El proyecto también permite contemplar aumentos temporales de derechos aduaneros sobre determinadas operaciones cuando la situación lo requiera.

Estas medidas tendrían que estar fundamentadas y contar con un plazo determinado. La iniciativa establece además que deberían cesar cuando desaparezcan las circunstancias que justificaron su aplicación.

El esquema propuesto incorpora así instrumentos económicos y financieros dentro de la respuesta estatal frente a amenazas externas.

Restricciones al financiamiento extranjero de la política

Otro capítulo del proyecto está destinado a regular la participación de personas y entidades extranjeras en actividades políticas argentinas.

La iniciativa propone prohibir aportes de extranjeros que no tengan residencia permanente en el país y de personas jurídicas extranjeras a partidos políticos y campañas electorales.

También establece nuevas figuras penales relacionadas con la entrega de información sensible a Estados o servicios de inteligencia extranjeros.

Entre las conductas contempladas aparecen la colaboración material con operaciones clandestinas de inteligencia y determinadas acciones realizadas por cuenta o con financiamiento extranjero.

El proyecto incluye además conductas vinculadas con la alteración de procesos electorales y con campañas coordinadas de desinformación masiva destinadas a manipular la opinión pública.

La iniciativa incorpora dentro de este capítulo acciones orientadas a promover o financiar hechos de violencia o sabotaje cuando exista vinculación con actores extranjeros.

Nuevos delitos vinculados con inteligencia y desinformación

La propuesta busca incorporar al régimen penal distintas conductas relacionadas con actividades de inteligencia desarrolladas en beneficio de Estados o actores extranjeros.

Entre ellas se encuentran la revelación de secretos, la colaboración material con operaciones clandestinas y determinadas actividades financiadas desde el exterior que tengan como finalidad intervenir sobre procesos electorales.

También se contempla la utilización coordinada de campañas de desinformación masiva cuando estén destinadas a alterar procesos políticos o electorales.

La definición de estas conductas dentro del proyecto establece el vínculo que deberá existir entre la actividad desarrollada, el financiamiento o dirección extranjera y el objetivo perseguido.

El texto también incorpora el sabotaje y la promoción o financiación de actos de violencia cuando formen parte de las acciones contempladas por la norma.

Incorporación del RePET a la legislación

El proyecto incorpora además el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a Actos de Terrorismo y su Financiamiento, conocido como RePET.

Actualmente, el registro funciona en el marco del Decreto 918/2012 y sus modificatorios. Su objetivo es centralizar información sobre personas, entidades y organizaciones vinculadas con actos de terrorismo o su financiamiento y facilitar el intercambio de información y la cooperación nacional e internacional.

Durante 2026, el Gobierno utilizó este mecanismo para disponer distintas inscripciones. Entre ellas se encuentran organizaciones y entidades extranjeras que fueron incorporadas al registro mediante resoluciones conjuntas de los ministerios de Seguridad Nacional y Relaciones Exteriores.

La propuesta de Ley de Defensa de la Soberanía Nacional busca darle rango legal al régimen y establecer sus efectos dentro de una normativa general sobre seguridad nacional.

Entre las consecuencias previstas se encuentra la inmovilización de bienes y la prohibición de realizar determinadas operaciones económicas o financieras con personas y entidades incluidas en el registro.

Cambios en el régimen de Defensa Nacional

El proyecto plantea además una redefinición del alcance de la Defensa Nacional frente a amenazas externas.

La propuesta contempla tanto amenazas provenientes de otros Estados como aquellas originadas en actores no estatales que puedan afectar intereses estratégicos, infraestructura crítica, espacios territoriales, recursos naturales o la seguridad del país.

La coordinación entre las áreas de defensa, relaciones exteriores, economía, inteligencia y seguridad ocupa un lugar central en el nuevo esquema.

La iniciativa establece de esta manera un marco destinado a integrar herramientas diplomáticas, económicas, jurídicas, militares, cibernéticas y de inteligencia ante situaciones consideradas amenazas externas.

El proyecto deberá ahora iniciar su tratamiento legislativo en la Cámara de Diputados. Su contenido podrá ser modificado durante el debate parlamentario antes de una eventual sanción y entrada en vigencia.

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