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Estas actividades quedan habilitadas desde este lunes en CABA

Este lunes se publicó en el Boletín Oficial el listado de actividades que pueden comenzar a trabajar nuevamente desde esta semana
20/07/2020 - 11:45hs
Estas actividades quedan habilitadas desde este lunes en CABA

El pasado viernes se anunció oficialmente la reapertura gradual de la cuarentena, después de un período de dos semanas donde los sitios más afectados habían vuelto a la fase 1. Desde este lunes, entonces, se podrán realizar una serie de actividades que antes estaban prohibidas y podrán reabrir algunos negocios específicamente habilitados.

¿Cuáles son las actividades que pueden volver a trabajar?

Según la Decisión Administrativa 1289/2020, publicada este lunes en el Boletín Oficial, en la Ciudad de Buenos Aires podrán comenzar a trabajar nuevamente las personas que realicen las siguientes actividades o tengan estos comercios:

  • Galerías y paseos comerciales
  • Lavaderos de automotores (automáticos y manuales)
  • Paseo, adiestramiento y peluquería canina
  • Galerías de arte con turno
  • Profesiones
  • Peluquerías, depilación, manicuría y pedicuría (Salones de estética)
  • Industrias
  • Cultos (tareas administrativas, celebraciones en línea, rezo individual con aforo y tope de hasta 10 personas)

Todas las personas alcanzadas por esta decisión deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia Covid-19, establecido por la Decisión Administrativa N° 897/20.

Se podrá llevar a las mascotas a pasear y a la peluquería canina
Se podrá llevar a las mascotas a la peluquería canina

En todos los casos se debe garantizar un sistema de turnos, que permita organizar el trabajo en caso de que sea necesario. Además, deben estar asegurados los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de seguridad de distanciamiento e higiene necesarias.

Las personas alcanzadas por esta norma solo pueden trasladarse para el cumplimiento de sus actividades, lo cual implica que no pueden utilizar su permiso para ir a realizar otro tipo de tareas.

Por último, es importante mencionar que "las empleadoras y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por la jurisdicción para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores". Además, deben asegurarse de que todos "lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros", que queda reservado para trabajadores esenciales.

Cómo se controlará la situación

Dada la importancia que reviste prevenir el contagio del virus en esta etapa, la norma señala que es esencial "minimizar el impacto que pueda tener la aparición de nuevos casos del virus SARSCov-2, extremar las medidas de precaución y avanzar con lentitud en la habilitación de actividades que generen mayor circulación de personas, y por lo tanto, más riesgo.

El ministerio de Salud deberá informar a la cartera sanitaria nacional
El ministerio de Salud de CABA deberá informar semanalmente a la cartera sanitaria nacional

El ministerio de Salud de la Ciudad de Buenos Aires ha aprobado los protocolos que se aplicarán a las actividades, además de haber asumido "las tareas de fiscalización necesarias para garantizar el cumplimiento de las medidas adoptadas, de las normas dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria y de sus normas complementarias, incluyendo la observancia de los protocolos relativos a las actividades y servicios exceptuados de aislamiento social, preventivo y obligatorio".

De acuerdo al artículo 5º de la norma, "la autoridad sanitaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá remitir al ministerio de Salud de la Nación toda la información que se le requiera para evaluar la trayectoria de la enfermedad y la capacidad del sistema sanitario para atender a la población". Asimismo, en caso de detectar algún signo de alerta epidemiológico o sanitario, la cartera sanitaria local deberá comunicarlo de inmediato a la autoridad nacional.

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