• 14/11/2025

Aumento histórico: Córdoba mejora el haber mínimo a $700.000 y otorga bono adicional de $100.000 a jubilados

Córdoba aumenta un 84,21% el haber mínimo jubilatorio a $700.000 y suma un bono bimestral de $100.000 para jubilados con ingresos hasta $1.300.000
28/07/2025 - 11:24hs
Aumento histórico: Córdoba mejora el haber mínimo a $700.000 y otorga bono adicional de $100.000 a jubilados

Córdoba aplicará un aumento récord del 84,21% en el haber mínimo jubilatorio, que subirá de $380.000 a $700.000 mensuales, anunció el gobernador Martín Llaryora, ubicando a la provincia entre las que más benefician a sus jubilados.

Por otra parte, el mandatario informó la implementación de un bono bimestral de $100.000 para quienes cobren haberes de hasta $1.300.000. Se trata de un beneficio extra, no contributivo, diseñado para aliviar la situación de los grupos más necesitados.

Estos son los beneficiarios del aumento y el bono

Las medidas están dirigidas especialmente a los jubilados con menores ingresos, con el objetivo de reforzar su poder adquisitivo.

Aumento del haber mínimo:

  • Incremento: 84,21% (de $380.000 a $700.000).
  • Beneficiarios: los jubilados que cobran el haber mínimo provincial.
  • Vigencia: inmediata.
  • Impacto: Córdoba destaca como una de las provincias con los haberes mínimos más competitivos del país.

Bono bimestral complementario:

  • Monto: $100.000 bimestral.
  • Requisito: Cobrar haberes que no superen los $1.300.000 mensuales.
  • Carácter: no contributivo (no descuenta aportes).
  • Frecuencia: cada dos meses, en tanto estas condiciones sigan vigentes.

Un refuerzo vinculado a la deuda previsional con la Nación

Llaryora detalló que esta mejora en los haberes jubilatorios fue posible debido a que Córdoba empezó a recibir parcialmente los fondos que la Nación adeuda por la Caja de Jubilaciones provincial. Durante años, la provincia sostuvo un reclamo por estos recursos, que ahora están empezando a llegar.

En este sentido, el gobernador destacó: "El refuerzo se mantendrá mientras la provincia siga recibiendo esos recursos", condicionando la continuidad del beneficio a la regularización de los pagos federales.

Córdoba busca marcar agenda en materia previsional

Con estas medidas, el gobierno provincial no solo apunta a aliviar la situación económica de los jubilados más vulnerables, sino también a fortalecer su posicionamiento político y social en un contexto de demandas crecientes y fuerte tensión entre provincias y Nación por la coparticipación y el financiamiento previsional.

Qué cambia a la edad de la jubilación con la reforma laboral que proponen los empresarios

Un grupo de industriales propone en el Consejo de Mayo eliminar la posibilidad de pedir una indemnización por incapacidad al ser intimado para jubilarse, exigiendo que se establezca el límite de 12 meses anteriores a ese momento para la presentación de una solicitud de esa indemnización, al considerarlo "abusivo" y "oportunista".

La Cámara de Industriales Metalúrgicos y de Componentes de Córdoba presenta propuestas de reforma laboral, diseñadas por el Centro de Estudios para la Producción Metalúrgica que dirige Gastón Utrera, en diversos foros y busca hacerlas llegar al Consejo de Mayo, según declara Gustavo Del Boca, presidente de CIMCC.

"Estamos tratando de no ser solo testimoniales, no solo hacer catarsis, sino encontrar soluciones, incluyendo dentro de la reforma laboral, lo que nos plantean los asociados sobre los problemas que encuentran en la trinchera de todos los días, y proponiendo alternativas, afirma Del Boca.

Qué características tiene la propuesta

La propuesta de reforma elaborada por el Centro de Estudios para la Producción Metalúrgica no quita ningún derecho a los trabajadores, pero elimina el incentivo al uso oportunista de las indemnizaciones por incapacidad, señala Utrera, y considera:

Lo hace generando una ventana de tiempo desde los 12 meses previos al cumplimiento de los requisitos para acceder a la jubilación normal hasta el vencimiento del plazo establecido por la Ley de Contrato de Trabajo de un año desde ese momento o la jubilación efectiva, lo que ocurra primero, luego de intimación cumplidos los 70 años.

El plazo de 12 meses anteriores se considera suficientemente extenso como para que la pérdida de salarios por el trabajo resignado supere con creces el monto de la indemnización pretendida.

Se trata de una solución que, además de dejar intactos los derechos de los trabajadores, da cuenta de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que actualmente convalida el uso oportunista observado.

Los fallos esgrimen el plazo de conservación del empleo establecido por la Ley de Contrato de Trabajo, posterior al inicio del trámite jubilatorio, lo que amerita, entonces, modificar el texto de la ley para que determine, de manera explícita y objetiva, a partir de qué momento el uso de pedidos de indemnización por incapacidad no está permitido.

Los industriales cordobeses plantearán en el Consejo de Mayo una modificación del plazo para plantear una indemnización por incapacidad, para que no pueda pedirse al momento de la jubilación, de manera abusiva.