Recibo de sueldo empleado de comercio octubre 2025: cómo se refleja el aumento, el bono y el feriado
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) informaron y oficializaron la homologación por parte de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del aumento de sueldo acordado por las partes. Por lo tanto, ya se sabe cómo se debe confeccionar el recibo de sueldo de octubre 2025 y cómo se debe reflejar el aumento, el bono y el feriado.
La suba salarial corresponde a un 6%, que se implementa en forma escalonada entre julio y diciembre 2025. Además, se pactó una suma fija no remunerativa mensual (bono) que engrosa el ingreso de bolsillo.
Puntualmente, con este acuerdo, el aumento se abonará en seis meses, distribuida de la siguiente manera:
- 1% a partir del mes de julio;
- 1% a partir del mes de agosto;
- 1% a partir del mes de septiembre;
- 1% a partir del mes de octubre;
- 1% a partir del mes de noviembre y
- 1% a partir del mes de diciembre.
Ejemplo de liquidación empleado de comercio octubre 2025
Ignacio Barrios, consultor tributario, explica cómo se debe confeccionar el recibo de sueldo de los empleados de comercio para octubre 2025 con el aumento, el bono y el feriado.
- Categoría: Administrativo A
- Tipo de jornada: Completa
- Antigüedad: 10 años
- Obra social: OSECAC
- Afiliado al sindicato: No
Las sumas no remunerativas no generan aportes ni contribuciones a la seguridad social, excepto los aportes a OSECAC y al sindicato (arts. 100 y 101 del CCT 130/75).
Empleados de comercio: feriado de octubre 2025
En octubre hay un solo feriado nacional: el Día del Respeto a la Diversidad Cultural, originalmente el 12 de octubre pero trasladado al viernes 10.
La liquidación de ese día debe realizarse conforme a lo establecido en el artículo 169 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT):
Si el empleado no trabaja, el feriado se paga en base 25 (también pueden verlo base 30 según la intepreteción de la norma).
Es decir, sumamos los haberes del mes y lo dividismo 25:
(1.047.131 + 104.713,10 + 95.987) / = 49.913,24
Si trabaja, se abona el día trabajado con un recargo del 100%.
Es decir, el feriado trabajado se paga doble.
En octubre 2025, los empleados de comercio bajo el CCT 130/75 perciben una nueva actualización salarial correspondiente al cuarto tramo del acuerdo paritario firmado en junio, junto con la suma fija no remunerativa que continúa vigente.
Siempre es recomendable verificar siempre la escala oficial y asegurarse de incluir correctamente los adicionales de antigüedad y presentismo, tanto en remunerativos como en no remunerativos.
¿Cómo se compone el sueldo de un empleado de comercio?
El salario mensual incluye:
- Sueldo básico, que varía mes a mes por categoría.
- Suma fija no remunerativa de $40.000 (julio a diciembre 2025).
- Antigüedad: 1% por año trabajado, aplicado sobre básicos y montos no remunerativos.
- Presentismo, según el artículo 40 del CCT 130/75.
Detalle de aumentos
- Agosto: 2% sobre el básico de junio + bono de $80.000 (correspondiente a julio y agosto).
- Septiembre: 1% sobre el básico de junio + $40.000.
- Octubre: 1% sobre el básico de junio + $40.000.
- Noviembre: 1% sobre el básico de junio + $40.000.
- Diciembre: 1% sobre el básico de junio + $40.000.
Escalas salariales por categoría – Mes a mes
Administrativos
Administrativo A:
- Agosto: $1.026.994 + $40.000 = $1.066.994
- Septiembre: $1.037.062 + $40.000 = $1.077.062
- Octubre: $1.047.131 + $40.000 = $1.087.131
- Noviembre: $1.057.199 + $40.000 = $1.097.199
- Diciembre: $1.067.268 + $40.000 = $1.107.268
- Enero 2026: $1.107.268
Administrativo B:
- Agosto: $1.031.413 + $40.000 = $1.071.413
- Septiembre: $1.041.525 + $40.000 = $1.081.525
- Octubre: $1.051.637 + $40.000 = $1.091.637
- Noviembre: $1.061.749 + $40.000 = $1.101.749
- Diciembre: $1.071.860 + $40.000 = $1.111.860
- Enero 2026: $1.111.860
Administrativo C:
- Agosto: $1.035.827 + $40.000 = $1.075.827
- Septiembre: $1.045.982 + $40.000 = $1.085.982
- Octubre: $1.056.137 + $40.000 = $1.096.137
- Noviembre: $1.066.293 + $40.000 = $1.106.293
- Diciembre: $1.076.448 + $40.000 = $1.116.448
- Enero 2026: $1.116.448
Vendedores
Vendedor A:
- Agosto: $1.030.672 + $40.000 = $1.070.672
- Septiembre: $1.040.777 + $40.000 = $1.080.777
- Octubre: $1.050.882 + $40.000 = $1.090.882
- Noviembre: $1.060.986 + $40.000 = $1.100.986
- Diciembre: $1.071.091 + $40.000 = $1.111.091
- Enero 2026: $1.111.091
Vendedor B:
- Agosto: $1.052.759 + $40.000 = $1.092.759
- Septiembre: $1.063.080 + $40.000 = $1.103.080
- Octubre: $1.073.401 + $40.000 = $1.113.401
- Noviembre: $1.083.723 + $40.000 = $1.123.723
- Diciembre: $1.094.044 + $40.000 = $1.134.044
- Enero 2026: $1.134.044
Vendedor C:
- Agosto: $1.060.117 + $40.000 = $1.100.117
- Septiembre: $1.070.510 + $40.000 = $1.110.510
- Octubre: $1.080.904 + $40.000 = $1.120.904
- Noviembre: $1.091.297 + $40.000 = $1.131.297
- Diciembre: $1.101.690 + $40.000 = $1.141.690
- Enero 2026: $1.141.690
Auxiliares
Auxiliar A:
- Agosto: $1.030.672 + $40.000 = $1.070.672
- Septiembre: $1.040.777 + $40.000 = $1.080.777
- Octubre: $1.050.882 + $40.000 = $1.090.882
- Noviembre: $1.060.986 + $40.000 = $1.100.986
- Diciembre: $1.071.091 + $40.000 = $1.111.091
- Enero 2026: $1.111.091
Auxiliar B:
- Agosto: $1.038.033 + $40.000 = $1.078.033
- Septiembre: $1.048.210 + $40.000 = $1.088.210
- Octubre: $1.058.387 + $40.000 = $1.098.387
- Noviembre: $1.068.563 + $40.000 = $1.108.563
- Diciembre: $1.078.740 + $40.000 = $1.118.740
- Enero 2026: $1.118.740
Auxiliar C:
- Agosto: $1.062.325 + $40.000 = $1.102.325
- Septiembre: $1.072.740 + $40.000 = $1.112.740
- Octubre: $1.083.155 + $40.000 = $1.123.155
- Noviembre: $1.093.570 + $40.000 = $1.133.570
- Diciembre: $1.103.985 + $40.000 = $1.143.985
- Enero 2026: $1.143.985
De esta manera quedan las escalas salariales hasta fin de año, luego del aumento ya homologado y el otorgamiento del bono que engrosa el ingreso de bolsillo de los trabajadores de comercio.