Cuánto cuesta tener una empleada doméstica en blanco en octubre 2026 y qué incluye
Tener una empleada doméstica registrada implica para el empleador un gasto que va más allá del salario mensual. En octubre de 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) administra el sistema de aportes, contribuciones y ART, mientras que la remuneración mínima y otros conceptos laborales determinan el costo final para quienes contratan personal para tareas del hogar.
El monto final depende de la categoría, la cantidad de horas trabajadas y la modalidad de contratación. También hay otros conceptos que pueden incrementar el costo durante el año, como el aguinaldo, las vacaciones y el adicional por antigüedad.
Además, para calcular correctamente cuánto desembolsa el empleador, es necesario diferenciar los conceptos que efectivamente están a su cargo de aquellos que corresponden a la trabajadora y son retenidos de su salario.
Cuánto cobra una empleada doméstica en octubre de 2026
La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares estableció para octubre un aumento del 1,7% en las remuneraciones mínimas. La actualización forma parte del esquema definido para el segundo semestre de 2026.
Para una trabajadora de tareas generales, los valores mínimos dependen de la modalidad de contratación y de la jornada:
- Con retiro: el mínimo es de $4.064,08 por hora.
- Sin retiro: el mínimo es de $4.337,53 por hora.
- Con retiro y jornada mensualizada: el salario mínimo es de $498.582,06.
- Sin retiro y jornada mensualizada: el salario mínimo es de $548.429,23.
Los valores mensuales corresponden a una jornada completa de 48 horas semanales. Cuando la jornada es inferior, el cálculo debe realizarse de acuerdo con las horas efectivamente trabajadas y el esquema previsto para cada tramo.
La escala de octubre también contempla las restantes categorías:
- Supervisora: $4.805,82 por hora con retiro y $5.215,59 sin retiro. El salario mensual mínimo es de $599.514,52 y $661.702,46, respectivamente.
- Personal para tareas específicas: $4.580,80 por hora con retiro y $4.973,38 sin retiro. Los valores mensuales son de $560.776,33 y $618.187,89.
- Caseros: $4.337,53 por hora y $548.429,23 mensuales.
- Asistencia y cuidado de personas: $4.337,53 por hora con retiro y $4.801,52 sin retiro. Los salarios mensuales son de $548.429,23 y $605.050.
Estos importes funcionan como pisos salariales. Empleador y trabajadora pueden acordar una remuneración superior.
Cuánto se paga de aportes y ART
Además del salario, el empleador debe ingresar todos los meses los importes correspondientes al régimen de casas particulares.
El pago reúne tres conceptos diferentes:
- Aporte a la obra social: corresponde a la trabajadora y se descuenta de su remuneración.
- Contribución jubilatoria: está a cargo del empleador.
- ART: también es responsabilidad del empleador.
Para el pago correspondiente al período septiembre, cuyo vencimiento opera en octubre, los valores son:
- Menos de 12 horas semanales: $10.569,57 en total.
De ese monto, $2.084,85 corresponden al aporte de la trabajadora, $729,90 a la contribución patronal y $7.754,82 a la ART.
- De 12 a menos de 16 horas semanales: $16.627,46 en total.
Incluye $3.863,30 de aporte personal, $1.459,48 de contribución patronal y $11.304,68 de ART.
- 16 horas semanales o más: $44.270,19 en total.
Comprende $25.694,55 de aporte de la trabajadora, $2.128,79 de contribución patronal y $16.446,85 de ART.
La distinción es fundamental para calcular el verdadero costo laboral.
Los $44.270,19 que aparecen para una trabajadora que cumple 16 horas semanales o más no deben sumarse íntegramente al salario como si fueran un gasto adicional del empleador. De ese monto, $25.694,55 corresponden al aporte personal de la empleada y se descuentan de su remuneración.
Cuánto cuesta realmente una empleada doméstica
Si se toma como referencia una trabajadora de tareas generales, con retiro y jornada completa, el salario mínimo de octubre es de $498.582,06. El empleador debe sumar a ese importe los conceptos que efectivamente están a su cargo:
- Salario: $498.582,06.
- Contribución jubilatoria: $2.128,79.
- ART: $16.446,85.
Por lo tanto, el costo laboral directo mensual asciende a $517.157,70.
Ese monto representa una referencia para una trabajadora sin adicionales. El desembolso puede ser superior si corresponde pagar antigüedad, zona desfavorable, horas extras u otros conceptos.
Cuánto cuesta una empleada doméstica por menos horas
Cuando la trabajadora cumple una jornada parcial, el cálculo cambia.
Para tareas generales, el valor mínimo de octubre es de $4.064,08 por hora con retiro. Si la persona trabaja menos de 24 horas semanales, la remuneración se determina a partir del valor horario y de las horas efectivamente trabajadas. Cuando la jornada supera las 24 horas pero es inferior a 48 horas semanales, el salario se calcula en forma proporcional al valor mensual de la escala.
A ese salario hay que agregar los conceptos patronales correspondientes al tramo de horas:
- Menos de 12 horas semanales: $729,90 de contribución jubilatoria y $7.754,82 de ART.
- De 12 a menos de 16 horas: $1.459,48 de contribución y $11.304,68 de ART.
- 16 horas o más: $2.128,79 de contribución y $16.446,85 de ART.
Así, el costo adicional que efectivamente debe afrontar el empleador por jubilación y ART es:
- $8.484,72 para menos de 12 horas semanales.
- $12.764,16 para entre 12 y menos de 16 horas.
- $18.575,64 desde 16 horas semanales.
La ART es obligatoria
La cobertura de riesgos del trabajo forma parte de las obligaciones del empleador y no puede trasladarse a la trabajadora mediante un descuento salarial.
En octubre, el componente correspondiente a la ART es:
- $7.754,82 para menos de 12 horas semanales.
- $11.304,68 para entre 12 y menos de 16 horas.
- $16.446,85 para 16 horas semanales o más.
Existe además una diferencia entre los momentos de pago. Los aportes y contribuciones se ingresan a mes vencido, mientras que la ART corresponde al mes en curso.
Qué otros gastos debe contemplar el empleador
El salario mensual y los aportes no representan por sí solos el costo anual de una trabajadora registrada. Hay otros derechos laborales que deben ser incluidos en el presupuesto.
Aguinaldo
El personal de casas particulares tiene derecho al Sueldo Anual Complementario, que se paga en dos cuotas, en junio y diciembre.
Cada cuota equivale al 50% de la mayor remuneración mensual devengada durante el semestre correspondiente. Si la trabajadora no estuvo empleada durante todo el período, corresponde realizar el cálculo proporcional.
Vacaciones
También corresponden vacaciones pagas. La cantidad de días depende de la antigüedad de la trabajadora con el mismo empleador.
El esquema contempla:
- Hasta 5 años de antigüedad: 14 días corridos.
- Más de 5 y hasta 10 años: 21 días.
- Más de 10 y hasta 20 años: 28 días.
- Más de 20 años: 35 días.
Adicional por antigüedad
El régimen contempla un adicional equivalente al 1% del salario mensual por cada año de antigüedad con el mismo empleador.
Para este cálculo, la antigüedad se computa desde el 1° de septiembre de 2020 y no tiene efecto retroactivo sobre períodos anteriores.
Zona desfavorable
En determinadas regiones del país corresponde un adicional por zona desfavorable. El beneficio alcanza a trabajadores de casas particulares que prestan servicios en:
- La Pampa.
- Río Negro.
- Chubut.
- Neuquén.
- Santa Cruz.
- Tierra del Fuego.
- Antártida e Islas del Atlántico Sur.
- Partido bonaerense de Patagones.
El adicional equivale al 31% de la remuneración mínima correspondiente.
Horas extras
Si la trabajadora supera la jornada correspondiente, también deben contemplarse las horas extras.
El recargo es:
- 50% para las horas trabajadas en días comunes.
- 100% para las realizadas los sábados después de las 13, domingos y feriados.
Cómo sigue el salario de las empleadas domésticas
La actualización de octubre no es la última prevista para 2026.
El esquema salarial establece nuevos incrementos para los dos meses siguientes:
- Noviembre: aumento del 1,6%.
- Diciembre: aumento del 1,6%.
Además, la suma no remunerativa pagada en agosto se incorpora de manera progresiva al salario básico: 25% en septiembre, 50% en octubre y el 25% restante en noviembre.