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Se viene nuevo pago del ATP: cuándo y cómo se cobra la ayuda para cubrir sueldos

Se incluyen los trabajadores de 193.000 empresas que adhirieron al programa y cuyos datos ya fueron procesados por la AFIP. Todo lo que tenés que saber
09/06/2020 - 19:20hs
Se viene nuevo pago del ATP: cuándo y cómo se cobra la ayuda para cubrir sueldos

Cerca de 1,6 millones de trabajadores del sector privado recibirán a partir de este jueves el pago del salario complementario correspondiente al Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP), según informó la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

Se trata de los trabajadores de 193.000 empresas que adhirieron al programa y cuyos datos ya fueron procesados por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mientras que en los próximos días concluirá el envío de la información de otras 200.000.

Se espera que la cobertura del ATP -que incluye el pago de hasta el 50% del salario de trabajadores de empresas cuyas actividades se hayan visto afectadas por la pandemia del coronavirus- podría alcanzar finalmente a unos 2 millones de personas, si bien no se utilizará para el pago de aguinaldos.

Esto es así porque resta procesar la información referida a los listados de las actividades con subsidios que fueron incorporadas al ATP a mediados de mayo, como la enseñanza privada, jardines maternales, transporte de pasajeros y clubes deportivos, entre otras.

Es decir que las empresas anotadas hayan cumplido con los requisitos y que cada Clave Bancaria Uniforme (CBU) sea válida y coincida con el CUIL del trabajador afectado, de modo que una vez que eso está verificado, la AFIP envíe a la Anses el listado con toda la información procesada para que realice el pago.

Pago de sueldo: cuánto y dónde se cobra

La inversión del Estado para este mes es de $37.000 millones y se espera que, entre los primeros dos meses, la inversión se acerque a poco menos de $100.000 millones, según cálculos de la AFIP.

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Se trata de los trabajadores de 193.000 empresas que adhirieron al programa.

El promedio de dinero depositado en la cuenta de cada trabajador incorporado en el ATP será de $20.556, con un mínimo de $16.875 -correspondientes a un salario mínimo vital y móvil- y un máximo de $33.750, lo que cubrirá hasta el 50% de un salario neto de $67.500.

Para dar mayor certidumbre a los trabajadores que reciben el ATP la Anses habilitó en su página web (www.anses.gob.ar) una sección especial de consulta nominada "Accesos rápidos", en la que habrá que seleccionar la pestaña "Asistencia de Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP)" e ingresar el CUIL para conocer el estado en el que se encuentra la liquidación de sueldo.

En el caso de que figure la leyenda "usted NO está registrado, consulte a su empleador" no quiere decir, necesariamente, que el empleador no haya solicitado el beneficio sino que puede ser por motivos de demora en la carga de información o un error en la carga de la CBU, por lo que hay que aguardar que se actualice la información del sistema.

Empresas incluídas en el ATP

Las empresas incluidas en el programa ATP son aquellas que acreditaron una sustancial reducción en su facturación con posterioridad al 12 de marzo de 2020.

En caso de haber accedido, no podrán distribuir utilidades por los períodos fiscales cerrados a partir de noviembre de 2019, recomprar sus acciones y comprar dólares a través del mercado de bonos o acciones (CCL y/o Dólar MEP) por uno o dos años posteriores a su ejercicio contable actual.

Las empresas beneficiarias contarán con la postergación de los vencimientos y una reducción del 95% para las contribuciones patronales destinadas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

En abril, el 93,4% de las empresas aprobadas en el ATP para el pago de salarios fueron pymes de hasta 25 empleados, mientras que apenas 0,1% del total correspondieron a compañías de más de 800 trabajadores.

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La AFIP ofrece alivio financiero a las empresas afectadas por el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Así surge de un informe elaborado por el Gobierno nacional según informó oportunamente Télam, que indica además que las empresas que cuentan con una plantilla de entre 25 y 100 empleados representan el 5,3% del total de beneficiadas por la ATP, en tanto sus trabajadores corresponden al 23,3% del total comprendido en los beneficios.

Por último, las firmas de entre 100 y 800 empleados son el 1,2% del total y el 24,4% de los empleados registrados en el Programa.

Nuevo plan de pagos para contribuciones patronales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó un plan especial de facilidades de pago para los empleadores que accedieron a la postergación por dos meses de las contribuciones patronales prevista en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).

La Resolución General 4734 de la AFIP ofrece alivio financiero a las empresas afectadas por el aislamiento social, preventivo y obligatorio. El plan permite financiar en hasta 8 cuotas y sin pago a cuenta los vencimientos del componente SIPA de las contribuciones patronales correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo que fueron prorrogados en el marco del Programa ATP.

La adhesión a un plan especial ofrece así hasta dos meses adicionales antes de comenzar a abonar las contribuciones patronales postergadas en cada período fiscales. De esta forma, aquellas obligaciones devengadas en marzo (vencidas en abril) y postergadas hasta junio, que sean regularizadas a través de este mecanismo, comenzarán a cancelarse en agosto.

La adhesión para los vencimientos correspondientes al período fiscal marzo estará disponible entre el 9 de junio y el 31 de julio, ambas fechas inclusive.

La normativa publicada este viernes en el Boletín Oficial instrumenta además la postergación por dos meses del pago de las contribuciones patronales correspondientes a mayo para los empleadores que accedieron al Programa ATP.

La medida también contempla el beneficio alternativo de la reducción del 95% de las contribuciones patronales reservada a algunas actividades como el sector salud.

Prórroga de Ganancias y Bienes Personales

En tanto, la AFIP extiendió por más de 40 días los plazos para que las personas humanas presenten sus declaraciones juradas y paguen los saldos correspondientes al Impuesto a las Ganancias, Impuesto a los Bienes Personales y el Impuesto Cedular.

La prórroga hasta fines de julio de esas obligaciones beneficia a más de 2 millones de contribuyentes.

La decisión facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio.

La presentación de las declaraciones juradas y el ingreso del saldo resultante del Impuesto a las Ganancias, el Impuesto a los Bienes Personales y el Impuesto Cedular (Impuesto a la Renta Financiera) estaba prevista para mediados de junio.

El nuevo plazo fue comunicado a través de la resolución general 4721 (AFIP) publicada este jueves en el Boletín Oficial.

Nuevas fechas de Ganancias y Bienes Personales

A continuación el detalle de las nuevas fechas de vencimiento:

Ganancias y Bienes Personales

CUIT 0, 1, 2 y 3: presentación de la declaración jurada hasta el 24 de julio inclusive. Ingreso del saldo resultante hasta el 27 de julio inclusive.

CUIT 4, 5 y 6: presentación de la declaración jurada hasta el 27 de julio inclusive. Ingreso del saldo resultante hasta el 28 de julio inclusive.

CUIT 7, 8 y 9: presentación de la declaración jurada hasta el 28 de julio inclusive. Ingreso del saldo resultante hasta el 29 de julio inclusive.

Impuesto Cedular (Impuesto a la Renta Financiera)

CUIT 0, 1, 2 y 3: presentación y pago hasta el 27 de julio inclusive. 

CUIT 4, 5 y 6: presentación y pago hasta el 28 de julio inclusive. 

CUIT 7, 8 y 9: presentación y pago hasta el 29 de julio inclusive.

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