• 29/10/2024

Gremio estratégico logró aumento de sueldo récord: cobrarán básico de $1.500.000

El Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos acordó un importante aumento salarial para abril, mayo y junio en el marco de la paritaria 2024
26/04/2024 - 15:59hs
Gremio estratégico logró aumento de sueldo récord: cobrarán básico de $1.500.000

El Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos (SAFYB) cerró una mejora salarial para el segundo trimestre 2024, con una importante suba semestral. Desde el sindicato, explicaron que la medida "permitirá tener cierta previsibilidad frente al proceso inflacionario que se está atravesando que, si bien se nota una baja, no va en coincidencia con los incrementos que se dan en general".

El aumento impacta exclusivamente en los trabajadores incluidos en los convenios colectivos de trabajo 691/14, 707/15, 794/22 y 795/22, quienes recibirán un piso salarial de 1.275.000 pesos en abril, 1.400.000 pesos en mayo y 1.550.000 pesos en junio.

La organización gremial apuntó que al incremento salarial se deben sumar adicionales específicos del convenio propio de la profesión. Vale señalar que el SAFYB cuenta con cuatro convenios colectivos de trabajo para el profesional de farmacia y bioquímica: El 691/14 con Mutuales y Asociaciones sin fines de lucro (AFMYS); el 707/15 con la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA); el 794/22 con la Cámara de la Actividad Bioquímica (CAFYB) y el 795/22 con la Federación Argentina de Cámaras de Farmacias (FACAF).

Gremio de farmacéuticos cerró suba de sueldo: "Negociamos sin pertenecer a la CGT"

En diálogo con iProfesional, el referente del gremio, Marcelo Peretta declaró: "Con esta negociación, una vez más dejamos en evidencia que podemos discutir las paritarias de igual a igual sin pertenecer a dirigencia de la Confederación General del Trabajo (CGT), donde hay una puja de personalismos que los llevó a olvidarse de defender los derechos de la clase trabajadora"

Aunque reconoció ser " muy crítico de la gestión del presidente Javier Milei", sostuvo que "la CGT recurre otra vez al paro, porque es la única herramienta que conoce para sostener sus privilegios".

Asimismo, le recomendó al Gobierno "ir a una reforma laboral, sin pérdida de derechos, basada en acelerar habilitaciones, simplificar la registración, modernizar los convenios colectivos y recuperar la cultura del esfuerzo", y subrayó: "Cuando vemos el desquicio de los planes sociales, hay desde abusos y negociados hasta la propia inoperancia gremial".

Con este aumento de sueldo, el gremio de farmacéuticos cobrará más de un millón y medio de pesos en junio.
Con este aumento de sueldo, el gremio de farmacéuticos cobrará más de un millón y medio de pesos en junio.

Fallo judicial a favor del gremio y en contra del DNU

Hace pocos días, la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo suspendió los artículos 319, 320 y 321 que modificaban la actividad laboral de los farmacéuticos, por pedido del SAFYB. Según Peretta, "el DNU sacaba de circulación a los farmacéuticos porque derogaba los artículos 13, 20, 25, 26, 27, 40, 41, 42, 43 y 44 de la ley 17565 de farmacia, y favorecía la comercialización de los medicamentos y la ganancia de los laboratorios".

La sentencia 54725 dictada este lunes -expediente 59/2024 caratulado "Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos (SAFYB) c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ Acción de Amparo"- sostiene: "Los perjuicios que se derivan de manera inmediata de la entrada en vigencia del DNU 70/23 en lo que hace a la modificación y derogación de los arts. 25, 26 y 42 de la ley 17.565 (cfr. arts. 319, 320 y 321 del DNU 70/2023) que afectan el trabajo y la profesión de los farmacéuticos, en su fuente laboral, todos los recaudos cautelares se encuentran reunidos, por lo que corresponde revocar lo decidido en grado y hacer lugar a la suspensión de los efectos del DNU 70/2023 en lo que hace a las regulaciones implementadas por los arts. 319, 320 y 321 hasta tanto se dicte resolución definitiva".

En el fallo, la justicia resolvió reestablecer:

  • La obligación de la presencia, la atención personal y la dependencia exclusiva del farmacéutico con la farmacia o establecimiento que dirija, durante todo el horario de atención.
  • La obligación de reemplazar al farmacéutico ausente por otro profesional para poder continuar con la distribución y/o dispensación de los medicamentos, caso contrario la farmacia no podrá dispensar remedios recetados.
  • La obligación de la dirección técnica farmacéutica en otros lugares como herboristerías, porque el uso de plantas medicinales también conlleva riesgo.

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