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Los argentinos generarán créditos fiscales en Uruguay

Si la renta está gravada con un impuesto anual a nivel local, deberá esperarse a que se complete el ejercicio fiscal actual para obtener el beneficio
17/01/2013 - 12:47hs
Los argentinos generarán créditos fiscales en Uruguay

Con la entrada en vigencia del acuerdo de intercambio de información fiscal el 7 de febrero, los argentinos que paguen impuestos a la Dirección General Impositiva (DGI) del país vecino por activos que tienen en Uruguay podrán obtener un crédito fiscal, aunque al inicio podrán hacerlo sólo por impuestos que sean instantáneos (no anuales).

Por tanto, a los argentinos se les considerará un crédito a favor por los impuestos pagados en Uruguay. El beneficio será, por tanto, para los que están en regla y hoy están debiendo pagar en ambos países (se les aplica doble tributación, un fenómeno que ahora se busca evitar).

Dependerá de la naturaleza de la renta cuándo podrá hacerse la solicitud del crédito fiscal. Si la renta está gravada con un impuesto anual en Argentina (como los que en Uruguay gravan las rentas personales), deberá esperarse a que se complete el ejercicio fiscal actual para obtener el beneficio.

Esto ocurre porque el acuerdo es de carácter no retroactivo en este punto (así como en el intercambio de información fiscal).

Pero existen algunas ganancias como los intereses, regalías o dividendos en las que el impuesto se genera cuando se remiten (son de carácter instantáneo, no anual). Por ejemplo, si se cobran dividendos en marzo, el beneficio podrá tramitarse en el momento en Argentina.

Esto no ocurrirá en el caso de rentas personales de 2012 porque el ejercicio fiscal comenzó el 1° de enero y se deberá esperar hasta el año próximo para computar el crédito fiscal (por los impuestos de 2013).

Los impuestos pagados en Uruguay que podrán generar créditos a favor en Argentina son el Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE), Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios (Imeba), Impuesto a la Rentas de las Personas Físicas (IRPF), Impuesto a la Renta de los No Residentes (IRNR), Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS) e Impuesto al Patrimonio (IP), señala El País de Uruguay.

En sentido opuesto, uruguayos podrán usar a su favor el pago en Argentina de Impuesto a las Ganancias, el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta y el Impuesto sobre los Bienes Personales.