El proyecto oficial contra las medidas cautelares incluye "amenazas" a empresas
El proyecto que restringe las medidas cautelares contra el Estado estipula que si el Gobierno, la Comisión Nacional de Valores o cualquier ente regular entendiese y definiese unilateralmente que la actividad es de interés público, podría presentar un contra amparo y requerir medidas cautelares.
Esto significa que cuanto más relevante sea la actividad de la empresa, con más facilidad podrá decir el Estado que realiza una actividad de interés público y más fácilmente podrá pedirle a la Justicia -que controlará por vía del Consejo- que tome medidas contra esa empresa.
"Es el mundo del revés. El proyecto es tan extraño que, ahora, cualquier firma que preste servicios públicos o realice actividades de simple interés público va a quedar completamente expuesta a las decisiones más intervencionistas y arbitrarias del Gobierno", afirmó al diario La Nación Máximo Fonrouge, presidente del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires.
Los amparos y las cautelares fueron los instrumentos que, durante décadas, permitieron a los particulares frenar aumentos de tarifas, sacar el dinero atrapado en el corralito, reclamar al Gobierno que le entregue un medicamento, solicitar un reajuste jubilatorio o pedir cualquier tipo de asistencia.
Toda la semana los partidos de oposición criticaron que el proyecto del Gobierno apunta a debilitar ese mecanismo, al acortar los plazos de las cautelares y permitir que el Gobierno, con una simple apelación, deje sin efecto esa protección temporal del derecho.
Incluso antes de que transcurran los tres o seis meses por los que el juez puede dar una cautelar, bastará con que el Estado la apele para que esa medida judicial se caiga inmediatamente y el Estado pueda aplicar su ley o decreto arbitrario, indicó el diario La Nación.
Pero, además, el proyecto incluye un complicado artículo 17 que crea un nuevo peligro para empresas y particulares, agregó el matutino.
Esa nueva norma les permite al Estado y a sus entes descentralizados requerir a la Justicia, en cualquier momento y sin plazo alguno, "todo tipo de medidas cautelares" destinadas a "garantizar la prestación de servicios públicos" o la ejecución de "actividades de interés público".
Dicho artículo parece apuntar, simplemente, a que el Estado pueda garantizar la prestación de servicios públicos, como son los de gas, luz, el agua, telefonía o transporte, por ejemplo. Para evitar los efectos de un lock- out patronal o de un paro gremial. Pero, eso, ya está en las leyes y decretos que regulan cada una de esas actividades.
En rigor, la trampa del artículo está en la mención de las actividades de "interés público".
Mientras que los jueces y las leyes siempre definieron con claridad qué es un servicio público, nunca quedó en claro cuáles son las actividades de interés público, con lo cual el Gobierno puede meter a cualquier empresa que quiera en esa zona de riesgo.
Por ejemplo, fabricar papel para diarios, elaborar leche en polvo, faenar carne, emitir programas de radio y televisión, o fabricar tubos de acero son, en realidad, actividades empresarias particulares, sometidas a las reglas de mercado en cuanto a la fijación de precios y volúmenes.