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Disparen contra bancos: ahora la CGT oficialista quiere crear impuesto para gravar utilidades

El kirchnerismo analiza una iniciativa que apunta a implementar un gravamen de emergencia sobre las utilidades de entidades financieras
20/05/2013 - 12:08hs
Disparen contra bancos: ahora la CGT oficialista quiere crear impuesto para gravar utilidades

A la polémica iniciativa de avanzar sobre la renta financiera, ahora se suma que la Confederación General del Trabajo (CGT) liderada por Antonio Caló elaboró un anteproyecto de ley que ya se encuentra en manos del Ejecutivo y del bloque de diputados kirchneristas y apunta a los bancos.

Puntualmente, los gremialistas proponen la implementación de un tributo similar al gravamen de emergencia sobre las utilidades de las entidades financieras, que ya rigió en la Argentina en la década del 80.

De esta manera, se busca que la presión tributaria sea trasladada de los empleados al sistema financiero y a la renta financiera. En otras palabras, quienes impulsan la iniciativa buscan que el nuevo impuesto compense la próxima suba del piso salarial a partir del cual los trabajadores soportan Ganancias.

De acuerdo con los analistas de la central obrera, el alivio no debería ser menor a un 25% para que el nuevo piso se ubique en $8.500 mensuales de bolsillo para trabajadores solteros sin hijos y $11.750 mensuales de bolsillo para trabajadores casados con dos hijos.

La idea toma aún más fuerza si se tiene en cuenta que, durante el año pasado, las entidades financieras registraron ganancias en torno al 25%, lo que las convirte en uno de los pocos ganadores del "modelo K".

Así, el tributo se implementaría como una “sobretasa” en Ganancias que no superaría el 10 por ciento.

El impuesto para los bancosA fin de evaluar la posible implementación y el alcance del referido tributo, vale tener presente cómo fue instrumentado el mencionado impuesto durante la década del 80.

El mismo alcanzaba tanto a las utilidades como a los servicios financieros. Las primeras se determinan por el incremento patrimonial consignado en los balances de los bancos.

Puntualmente, para calcularlo se establece la diferencia en base al patrimonio neto que surge de los últimos estados contables presentados.

Una vez obtenida la ganancia sujeta a impuesto se aplica la “sobretasa”, que no superaría el 10%. Si se tiene en cuenta que la tasa máxima en Ganancias es del 35%, los bancos destinarían 45% de sus ganancias al pago del impuesto conjunto.

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