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En medio de las paritarias, expertos advierten trabas para informar ante la AFIP las sumas no remunerativas

Los asesores impositivos de empresas y particulares enfrentan ciertas dificultades al tratar de cumplir en tiempo y forma con la Declaración Jurada
26/03/2014 - 15:15hs
En medio de las paritarias, expertos advierten trabas para informar ante la AFIP las sumas no remunerativas

Por estos días, los asesores impositivos de empresas y particulares se enfrentan a algunos inconvenientes al tratar de cumplir, en tiempo y forma, con la obligación de informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) los aumentos salariales otorgados vía sumas no remunerativas.

Sucede que, en algunas ocasiones, la nueva plataforma online presenta fallas de sistema al intentar procesar el envío de datos al organismo que conduce Ricardo Echegaray y emite el siguiente mensaje: "Por favor, intente nuevamente en 15 minutos".

De esta manera, los profesionales se ven imposibilitados para completar la información solicitada antes de que opere el vencimiento de la presentación de la Declaración Jurada Informativa de Conceptos No Remunerativos.

Cómo cumplir con la nueva obligación

El fisco nacional creó un régimen para que los empleadores informen, antes de liquidar los salarios a sus empleados, los conceptos que se encuadran como no remunerativos, como así también la normativa en la que se sustentan y el importe total liquidado por tal concepto.

El mecanismo, que por estos días reúne los cuestionamientos de diversos especialistas, busca evitar la planificación laboral nociva y las prácticas de evasión al Sistema Único de Seguridad Social.

Ante este panorama, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño (Cpcecaba) elaboró un pequeño instructivo para saber cómo actuar en caso de producirse inconvenientes al intentar presentar la Declaración Jurada Informativa de Conceptos No Remunerativos.

En este escenario, ante el mensaje de error, se recomienda seguir los siguientes pasos:

  • Tomar evidencia del aviso (por ejemplo, una o varias impresiones de pantalla).
  • Enviar un e-mail a la mesa de ayuda de la AFIP, conteniendo:
    • Una descripción del aviso/error, indicando los horarios y los datos del contribuyente.
    • Adjuntar las impresiones de pantalla evidenciando el aviso.
    • Una nota indicando que el envío de ese correo electrónico es a los efectos de dejar evidencia de la imposibilidad de confeccionar/remitir la declaración jurada correspondiente, por encontrarse inoperativa la página del organismo recaudador y para los fines que fuere necesario.

El procedimiento también puede realizarse mediante la presentación de una multinota ante la agencia de la AFIP que corresponda.

Por su parte, a fin de aliviar la tarea de los asesores, el consultor tributario, Mario Goldman Rota, detalló una serie de sugerencias para que las empresas tengan en cuenta:

  • Cerrar de manera anticipada las novedades laborales. De esta manera, se obtendrá la información con antelación para suministrarla a la AFIP.
  • Combinar, a la brevedad, con el responsable de la liquidación salarial las fechas de pago.

PolémicaLa avanzada ya generó polémica entre los expertos consultados por iProfesional. Al respecto, Héctor García, socio del estudio García, Pérez Boiani & Asociados, advirtió que "la facultad de requerir información previa podría estar cercenando el principio de autonomía de voluntad colectiva que le cabe a empleadores y sindicatos como signatarios de un convenio colectivo de trabajo".

"De esta forma, la AFIP introduce una presión adicional, previa a una acción de inspección o fiscalización", agregó el especialista.

En tanto, Juan Carlos Cerutti, socio del estudio Cerutti - Darago, destacó que "el tema es de dudosa legalidad, ya que una empresa podría  plantearse que la resolución no tiene la suficiente entidad legal como para contradecir o nulidificar los acuerdos arribados en convenios colectivos o paritarias y que han sido debidamente homologados por autoridad administrativa (Ministerio de Trabajo)".

"Por otra parte, esta información va a entorpecer el armado de los salarios mes a mes en las compañías, ya que va a requerir de un previo visado del fisco, cuestión ésta que parecería ilógica", afirmó el experto.

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