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La AFIP refuerza el control sobre las tarjetas

El organismo de recaudación se apoyará en regímenes de información para potenciar las tareas de inteligencia fiscal que generarán nuevas inspecciones
01/04/2014 - 07:15hs
La AFIP refuerza el control sobre las tarjetas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) avanzará en los próximos días en un estricto control de seguimiento que recae sobre el sector financiero.

Puntualmente, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray se apoyará en distintos regímenes de información que ponen la mira sobre los gastos con tarjeta, los ingresos de fondos del exterior y el mercado cambiario. También apuntará a las operaciones de sujetos no residentes a través de entidades financieras locales.

Apertura de cuentas y movimientos bancarios

Asimismo, el fisco nacional obliga a las entidades financieras a proveer datos sobre las altas, bajas y modificaciones que se produzcan dentro de cada mes calendario, respecto de la nómina de las cuentas corrientes y cajas de ahorro, constituidas en sus casas matrices, filiales y sucursales, ubicadas en el país.

A su vez, se debe precisar el monto total de las acreditaciones mensuales efectuadas en las cuentas indicadas anteriormente, en moneda argentina o extranjera, cuando el mismo resulte igual o superior a 10.000 pesos.

También se deberá detallar el monto total de los plazos fijos concretados en el período mensual de información, cuando el mismo resulte igual o superior a 10.000 pesos. Por último, la AFIP obliga a declarar los consumos con tarjetas de débito en el país y en el exterior.Compraventa de acciones

En tanto, los agentes de bolsa y de mercado abierto deben aportar mensualmente información sobre las compras y ventas que efectúen por cuenta propia o de terceros, de títulos valores públicos o privados negociados en el país.

Más precisamente, deben brindar un resumen de las operaciones y del monto neto atribuible a las mismas, discriminando las que correspondan a compras y a ventas, indicando la modalidad de retribución (comisión o por diferencial de precios).

Asimismo, se deben identificar aquellas originadas por la realización de operaciones de "trading" y de derivados financieros.

También tendrán que precisar el importe neto del total de las transacciones efectuadas por cada titular, durante el transcurso de cada mes calendario que se informa.

A tal fin deberá considerarse la fecha de liquidación y los datos de los titulares de las operaciones, así como de las compras y ventas por ellos realizadas.

Tarjetas de crédito

Otro centro generador de información vital para la AFIP reside en las entidades administradoras de sistemas de tarjeta de crédito.

Mensualmente, deben informar:

  • Los vendedores, locadores y prestadores de servicios adheridos al sistema de tarjeta de crédito.
  • Las operaciones que hayan sido canceladas mediante la utilización de tarjetas de crédito, de compra y/o de débito.
  • Las tarjetas de crédito y/o de compra, tanto emitidas en el país como en el exterior.

Con respecto a los locales y comercios adheridos a la red de tarjetas, la AFIP requiere entre otros datos- lo siguiente:

  • Apellido y nombres, denominación o razón social. 
  • Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT). 
  • Domicilio
  • Situación frente al Impuesto al Valor Agregado (IVA). 
  • Rubro o actividad. 
  • CUIT de la entidad financiera pagadora.

Asimismo, el régimen obliga a detallar, en relación con los titulares de las tarjetas de crédito y de compra emitidas en el país, lo siguiente:

  • Apellido y nombres, denominación o razón social. 
  • Tipo y número de documento. 
  • Número de tarjeta o de cuenta. 
  • Domicilio
  • Cantidad de tarjetas adicionales extendidas. 
  • CUIT de la entidad financiera emisora. 
  • Monto total de los consumos realizados por el titular y los adicionales de la respectiva tarjeta.

De tratarse de titulares de plásticos emitidos en el exterior, el organismo de recaudación también solicita:

  • CUIT del país al que pertenece la entidad financiera emisora. 
  • CUIT del o de los comercios en los cuales se realizaron las operaciones.

Una vez analizados los datos aportados, el fisco nacional podrá confrontar el nivel de vida que surge de los consumos informados contra lo declarado en el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales.

"Se dan casos de contribuyentes que presenta un elevado nivel de gastos con tarjeta y figuran como monotributistas", precisaron oportunamente altas fuentes de la AFIP a este medio.

Y advirtieron: "Se procesará toda la información recibida y se fiscalizarán los casos en donde se detecten notables incongruencias".

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