Punto por punto, la "ley Massa" para ajustar Ganancias, Bienes Personales, autónomos y gravar plazos fijos
El diputado nacional y líder del Frente Renovador, Sergio Massa, ya presentó en la Cámara de Diputados el flamante proyecto de ley que busca elevar a $19.256 el mínimo no imponible en el Impuesto a las Ganancias y llevar a $600.000 el piso en Bienes Personales.
En este escenario, iProfesional tuvo acceso exclusivo al borrador de la iniciativa que también avanza sobre la renta financiera y propone la implantación de un estímulo la reinversión de utilidades.
El Frente Renovador insiste en que la actualización de las deducciones y cargas de familia deben hacerse de acuerdo a la inflación y teniendo en cuenta la actualización que surja de las discusiones paritarias.
En este sentido, el espacio liderado por Massa propone que se incremente el piso a partir del cual los empleados pagan el gravamen en un 28,4%, calculado en función de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) entre el 2012 y 2013, subiéndolo a 19.256 pesos.
En el caso de autónomos, la actualización propuesta toma en cuenta la evolución de la inflación de los últimos tres años, dado el largo período durante el cual no fue modificado.
A su vez, el texto del proyecto propone que el mínimo no imponible del Impuesto a los Bienes Personales se eleve a 600.000 pesos.
Al respecto, Massa explicó: "Hemos decidido subir el mínimo no imponible para los trabajadores, autónomos y jubilados, y actualizarlo anualmente, para que aquellos que consigan una mejora del salario en la paritaria no se vean perjudicados por la presión impositiva".
"Estamos planteando que se adapte a la evolución de las paritarias y automáticamente, una vez al año, se ajuste a la escala para que la gente no tenga que correr atrás y estar a la espera de una decisión de alguien, para que no le cobran más impuestos", añadió.
"Estamos proponiendo lo mismo para los autónomos, con un cambio en toda la escala y con una revisión, sobre todo porque hace muchos años que no tienen modificación del gravamen", agregó Massa.
"Lo que hacemos es defender la capacidad de consumo de la gente, el funcionamiento del mercado interno, y plantear una propuesta que tiene que ver con bajar la presión impositiva, que sabemos es mucha. En definitiva, planteamos que trabajadores, autónomos, profesionales, sectores de clase media, pequeñas y medianas empresas y aquellos que pagan Bienes Personales reciban, de parte del Estado, un gesto que mejore su poder adquisitivo y el ingreso, en un momento en que la inflación atenta contra el poder de compra de la gente", concluyó el diputado.Otros cambios que impulsa MassaLa iniciativa también considera necesario gravar las rentas financieras y las de capital con el Impuesto a las Ganancias con el objetivo de generar las señales adecuadas para equiparar condiciones con las restantes actividades de la economía alcanzadas por el tributo.
Con relación a los pequeños y medianos inversores y a priorizar las inversiones de largo plazo en el mercado de capitales, el proyecto apunta a generar esquemas diferenciales de tratamiento en función del monto del capital invertido, del plazo de la inversión y del destino de las mismas.
Se expresa que "si las actividades productivas están gravadas por el Impuesto a las Ganancias es ineludible que haya un esquema en ese sentido para aquellas utilidades provenientes de actividades financieras con perfil especulativo".
Por ello, la propuesta busca establecer el tributo a la renta financiera sobre los ingresos realizados de capital derivados de acciones (con y sin cotización en mercados bursátiles), títulos públicos, letras, obligaciones, bonos, títulos valores e intereses por plazos fijos.
En este último caso, quedarían alcanzados sólo aquellos depósitos superiores a $250.000 (o que el conjunto de plazos fijos de una persona física supere dicho monto). La alícuota en ese caso sería de 15% en el primer año, de 20% en el segundo, de 25% en el tercero y de 35%, a partir del cuarto año.
Quedarían excluidos del gravamen los depósitos a plazo fijo derivados de indemnizaciones laborales y cobros por accidentes del trabajo y de juicios previsionales.
Las rentas de capital generadas por la compraventa de acciones quedarían gravadas cuando las operaciones se realicen a un plazo menor a doce meses calendario. La alícuota sería entonces de 15% en el primer año, de 20% en el segundo año, de 25% en el tercer año y la máxima de 35%, a partir del cuarto año.
Se establecería también un tratamiento diferencial en el tributo para la emisión de nuevas acciones destinadas a proyectos de inversión, quedando desgravadas en los dos primeros años. Los ingresos de títulos públicos tendrían tratamiento similar al de los intereses de los plazos fijos. Asimismo, contarán con una exención de tres años las nuevas emisiones de deuda.
También quedarían eximidas las colocaciones de acciones y obligaciones negociables de YPF dadas las necesidades estratégicas de nuevas inversiones energéticas.
Las obligaciones negociables vinculadas a nuevos proyectos de inversión del sector privado estarían exentas de Ganancias en los primeros tres años y en el plazo de cinco para el caso de las pequeñas y medianas empresas. A su vez, se impondría una desgravación para la reinversión de utilidades de las pequeñas y medianas empresas.
La alícuota del gravamen de las utilidades reinvertidas sería de cero por ciento durante tres años, considerándose inversión a toda aquella compra de bienes de capital.