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Ganancias: con carta a la Presidenta, los contadores exigen igual tratamiento para los autónomos

La misiva tiene como objetivo hacerle llegar la propuesta "de reforma, a fin de equiparar la aplicación de la deducción especial incrementada"
08/05/2014 - 07:01hs
Ganancias: con carta a la Presidenta, los contadores exigen igual tratamiento para los autónomos

Ante el inminente anuncio de la suba del mínimo no imponible en el Impuesto a las Ganancias, los contadores agrupados en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño (Cpcecaba) presentaron una nota ante la presidenta Cristina Fernández de Kirchner para terminar con la desigualdad que existe entre empleados y autónomos.

Esto es así, ya que los trabajadores independientes se ven obligados a realizar ajustes en su facturación por el crecimiento sostenido de la inflación, mientras que las deducciones que pueden computar en el tributo permanecen inamovibles desde hace más de un año.

En efecto, pese a que el Ejecutivo -el año pasado- modificó por decreto los valores que determinan el denominado mínimo no imponible y que se utilizan por igual por todos los trabajadores, el beneficio se aplicó en exclusividad a los empleados en relación de dependencia y a los jubilados. 

Complementariamente, algo empeora aún más la situación: el incremento de los haberes jubilatorios que se otorga dos veces al año.

Ocurre que, por cada uno de esos ajustes, quienes ejercen de manera independiente su profesión u oficio, así como los que realizan tareas como directores de sociedades, terminan abonando un mayor importe previsional. 

En este caso también existe un "olvido" del Ejecutivo, ya que los parámetros que delimitan la categoría y, por ende, el pago que debe afrontar cada autónomo en conceptos previsionales, llevan más de siete años sin ser modificados.

Nota a la Presidenta

Ante tal situación, el Cpcecaba envió directamente una carta a la Presidenta en donde deja en evidencia el problema que sufren los trabajadores autónomos.

La misiva tiene como objetivo hacerle llegar la propuesta "de reforma de la Ley del Impuesto a las Ganancias, a fin de equiparar la aplicación de la deducción especial incrementada, a las rentas obtenidas como consecuencia del ejercicio profesional independiente".

"Dicha deducción especial incrementada ha tenido como propósito aliviar la carga impositiva que pesa sobre aquellas actividades individuales en donde adquiere preponderancia el trabajo personal y consecuentemente son limitados los conceptos a deducir para determinar la base imponible", señala el Cpcecaba.

Y explicaron que, "sin embargo, esto genera una inequidad desde el punto de vista impositivo dado que quienes ejercen la misma actividad en relación de dependencia, tiene un tratamiento diferente de quienes lo hacen en forma independiente". 

"Se impone equiparar el tratamiento de las rentas netas obtenidas por los trabajadores autónomos, en forma especial la derivada de la prestación de servicios de ejercicio de profesiones liberales, ya sea que la misma se realice en relación de dependencia o como profesional autónomo, toda vez que ambos ingresos son obtenidos como consecuencia del trabajo y esfuerzo personal de quien lo presta", concluyen desde la entidad.

La lupa sobre el problema

 afectaron únicamente a la deducción especial incrementada, aplicable principalmente a las rentas de empleados en relación de dependencia".

En igual sentido, Juan Manuel Affatati, miembro del estudio Lisicki, Litvin & Asociados, remarcó que "si bien los aportes mensuales para la jubilación se han ido actualizando periódicamente respetando la clausula de repotenciación periódica, nada se ha hecho respecto de los ingresos por los cuales deben efectivizarse dichos aportes". 

A fin de dar un análisis global del problema, Iván Sasovsky, titular de Sasovsky & Asociados, aseguró que "si realmente se quiere hablar en serio de la cuestión, se deben plantear ajustes automáticos del importe de las deducciones y las cargas de familia en Ganancias en particular, y en todo el sistema tributario en general".

"Hoy el mínimo no imponible en el gravamen para los autónomos es de $15.552 -o $1.296 por mes- que equivale a la mitad del Sueldo Mínimo Vital y Móvil", remarcó el especialista.

Además, recordó que "el Impuesto a las Ganancias en la Argentina ha tenido una manipulación extrema por parte de los gobiernos de turno desde su última gran modificación realizada en 1998".

En este sentido, destacó que "la mecánica del tributo en cuestión responde a conceptos que hacen a la seguridad jurídica de un país, dado que resulta ser uno de los puntos clave que evalúan las empresas para decidir invertir o no hacerlo en un determinado Estado". 

Por este motivo, concluyó que "tantos parches sobre una ley, lo único que genera es mayor desconfianza e inseguridad". (Lea más: Ganancias: mientras el Gobierno los sigue "ignorando", crece la presión que soportan los autónomos)

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