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El proyecto de ley será presentado para su tratamiento y aprobación en el Congreso Nacional. Conozca los puntos centrales de la propuesta
16/06/2015 - 10:05hs

A fin de poner un punto final a la incertidumbre por un vacío legal que aqueja a la gran mayoría de los contadores que se desempeñan en la Justicia, la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas (Facpce) aprobó un nuevo proyecto de ley que -entre otros aspectos- apunta a establecer el monto de honorarios mínimos a percibir y el plazo para depositar los fondos.

La propuesta que lleva el nombre de “Estatuto de Actuación y Regulatorio de Honorarios del Profesional en Ciencias Económicas Auxiliar de la Justicia” será presentado en los próximos días para su tratamiento y aprobación en el Congreso Nacional, de manera de modificar la actual normativa en materia de aranceles de los auxiliares de la Justicia.

A continuación, el texto completo de la iniciativa a la que se puede acceder haciendo clic aquí:

Tanto desde la Facpce, como del Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño (Cpcecaba), puntualizaron que el proyecto "brinda un marco positivo de amparo para la protección del honorario profesional y regula sobre todos aquellos honorarios de los profesionales en ciencias económicas que actúen como auxiliares de la Justicia en todo tipo de procesos, así como los casos en que lo hagan como consultores técnicos o peritos de parte".

Esto se aplicará "cuando la competencia corresponda a los tribunales nacionales con asiento en la Capital Federal, a los tribunales federales en todo el país y a tribunales administrativos de jurisdicción nacional o federal o reparticiones del Gobierno nacional, salvo a quienes se desempeñen como síndicos en los procesos concursales, que se regirán por la ley respectiva".

Los pilares de la iniciativa

En primer término, la propuesta deja en claro que "la actividad profesional de los profesionales en ciencias económicas es de carácter oneroso, sin admitir prueba en contrario".

"El honorario reviste carácter alimentario y goza de privilegio especial sobre el crédito que emane de la sentencia y general sobre el patrimonio de las partes. En consecuencia es personalísimo y sólo embargable con el mismo alcance que las remuneraciones de los trabajadores", agrega el texto presentado por la Facpce.

Asimismo, la iniciativa aclara que "los consultores técnicos y los peritos de parte podrán pactar con sus clientes, en todo tipo de casos, el monto". En tanto, si se trata de actuaciones como auxiliares de la justicia, los profesionales en ciencias económicas no podrán hacerlo "con ninguna de las partes".

A fin de garantizar el cobro, los contadores proponen que "ningún asunto que haya demandado actividad profesional judicial, o administrativa o en mediación, podrá considerarse concluido sin el previo pago de los aranceles, y no se ordenarán levantamiento de embargos, inhibiciones o cualquier otra medida cautelar, ni se hará entrega de fondos o valores depositados, ni inscripciones, ni cualquier otra gestión que fuere el objeto del pleito, hasta tanto no se hayan cancelado los mismos".

"La obligación de pagar los honorarios regulados a los profesionales, y sus accesorios, pesa solidariamente sobre todas las partes, pudiendo el profesional exigir y perseguir el pago total o parcial -a su elección- de todas o de cualquiera de ellas, sin perjuicio del derecho de repetición que tendrá la parte que haya pagado contra la condenada en costas, si así correspondiere", agrega el escrito que será presntado ante el Congreso por su tratamiento.

Además, el proyecto sostiene que la regulación de los mismos de los peritos que actúen en el juicio debe practicarse simultáneamente con la de todos los profesionales intervinientes, sin necesidad de petición alguna, debiéndose indicarse lo siguiente:

  • El monto del asunto, si fuera susceptible de apreciación pecuniaria.
  • La complejidad y extensión de los informes presentados y su calidad técnica o científica, las diligencias practicadas, la naturaleza novedosa de la materia sometida a su juicio profesional y la contribución integral de la actuación para la solución del pleito.
  • La responsabilidad que de las particularidades del caso pudiera haberse derivado para el profesional.

Yendo a uno de los puntos centrales -que le quita el sueño a los contadores que se desempeñan como auxiliares ante la Justicia- la iniciativa establece que en todos los casos "nunca podrán ser inferiores al valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) vigente al momento de la regulación".

De igual manera se avanza sobre la regulación de los adelantos: "Presentado el dictamen pericial, todo perito tendrá derecho a percibir un adelanto de honorarios. En ningún caso este adelanto podrá ser inferior a un SMMV".

En tanto, "los regulados en cada instancia, devengarán hasta su efectivo pago, el interés resarcitorio correspondiente a la tasa activa que cobra el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento a 30 días, o de la tasa fijada en la sentencia si fuere mayor".

"Cuando la parte a quien se reclame el pago no lo hace efectivo dentro del plazo fijado en la intimación correspondiente, se adicionará un interés moratorio equivalente al 30% del interés resarcitorio", agrega.

Por último, a fin de asegurar la remuneración del trabajo de los profesionales, el proyecto establece que "previo al dictado de la sentencia, los profesionales, podrán solicitar su regulación de honorarios, formular su estimación, practicar liquidación de gastos y poner de manifiesto las situaciones de orden legal y económico que consideren computables".

Lo más importante es que los mismos, según la iniciativa, "deberán abonarse dentro de los diez días de quedar firme el auto regulatorio".