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En algunos países la Justicia fue optando entre la desestimación y la aceptación de las pruebas aportadas por ex empleados de entidades financieras
15/10/2015 - 18:00hs

La noticia de que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tenía en su poder información sobre más de 4.000 argentinos con cuentas ocultas en el HSBC de Suiza generó un verdadero revuelo

A los primeros requerimientos para solicitar más precisiones, se les sumaron las invitaciones para que los acusados de evadir se sumaran al blanqueo de capitales vigente y luego una denuncia presentada ante la Justicia Penal Tributaria.

Con el proceso judicial abierto, surgieron varios interrogantes. Pero el más importante giró en torno a saber qué sucedería con las pruebas que tenía en su poder el organismo a cargo de Ricardo Echegaray.

Ocurre que muchos fueron los que pusieron en duda la validez de las mismas, ya que los datos que obtuvo el fisco fueron aportados por Francia que, a su vez, los consiguió a través de un ex empleado del banco: Hervé Falciani.

Hoy, mientras el proceso sigue su camino en la Argentina, es importante conocer qué determinación tomó la Justicia del resto de los países que recibieron la información del "arrepentido", ya que puede servir para tener un primer acercamiento a una definición.

En el XV Congreso Tributario organizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño en Mar del Plata, Mónica Yerise se encargó de exponer un breve resumen sobre los principales lineamientos que dieron los jueces tanto a favor como en contra de los detalles aportados por Falciani.

A modo de resumen, la especialista explicó que en España y Alemania aceptaron la información entregada por empleados infieles de manera contundente y al menos ella no encontró fallos en contra, mientras que en Bélgica los magistrados no la aceptaron.

También sostuvo que en Francia, Holanda e Italia no hubo un consenso, ya que la jurisprudencia hasta el momento no es uniforme. No obstante, remarcó que en Francia los tribunales superiores aceptaron los datos como pruebas.

Por último, indicó que en Estados Unidos se validó todo y dio cuenta del curioso caso de Australia, donde se aceptó a con toda amplitud pese a que existe una norma que prohíbe las transacciones de bienes recibidas de forma ilícita.

"En este caso se eximió a los funcionarios fiscales diciendo que los bienes se consideran tangibles y que la información es intangible; pero que incluso el soporte físico donde se recibió la información era propiedad del informante, con lo cual no se había cometido ningún ilícito con el soporte físico y se aceptó la prueba", resaltó Yerise.Con qué argumentos validaron la pruebaLa experta explicó que uno de los argumentos esgrimidos por los jueces para aceptar como prueba los datos aportados por ex empleados fue que "la admisibilidad es una categoría jurídica utilizada sólo en el derecho penal y no en el ámbito tributario", por lo que en éste último no hay motivos para no aceptarlo.

Asimismo, indicó que en los tribunales de Italia y Australia especificaron que "las autoridades fiscales pueden hacer determinaciones en base a cualquier herramienta y el único límite es la fiabilidad".

En tanto que en España, según dio cuenta la especialista, los jueces tuvieron en cuenta que los empleados que tienen acceso a detalles respecto de un delito tienen la obligación de denunciarlo a las autoridades.

"No solamente necesita que sea obtenida de forma ilícita sino que esa ilicitud en la obtención tiene que vulnerar derechos constitucionales fundamentales (como la vida, la libertad o la intimidad) y, en general, los países que toman esta postura consideran que la información tributaria no forma parte de la intimidad del contribuyente, con lo cual acepta la prueba de todos modos", aclaró.

La experta destacó que otro de los argumentos utilizados, en este caso en Italia, fue que "el derecho a la confidencialidad de los datos tributarios es un bien de inferior jerarquía a la preservación de las rentas públicas".

También en los tribunales italianos (y en los de Holanda) afirmaron que el detalle de cuentas no se recibe de forma directa de quienes cometieron el ilícito, sino que pasa a través de mecanismo de intercambio de datos de otras jurisdicciones.

"Con lo cual, ese intercambio sanea para esos jueces el ilícito cometido en su origen y el desarrollo jurisprudencial sostiene que la colaboración entre las administraciones se basan en la confianza mutua, por lo tanto, un país no se debe indagar en la forma en la que la otra jurisdicción sino que basta con que la reciba y de ese modo confía en que el país ha tomado todos los recaudos para garantizar la confiabilidad y la validez", remarcó Yerise.

Y concluyó: "El hecho es que quienes cometen los ilícitos son particulares, pero no son los funcionarios del Estado, por lo cual, excepto que haya una sanción para la compra de información o para recibirla se admite la prueba".Por qué los jueces negaron la pruebaEn cuanto a los argumentos utilizados para rechazar los datos aportados por empleados infieles, Yerise destacó que los principales fueron la teoría de la exclusión probatoria y del fruto del árbol venenoso.

El primero establece que toda prueba obtenida por medios ilícitos resulta ineficaz, por lo que debe ser excluida.

"El fundamento de esto reposa en una cuestión preventiva o sea para evitar que en futuras situaciones se viole la ley para obtener la prueba y también en el hecho de que la justicia no quiere considerarse cómplice de estas situaciones y por una cuestión de buena administración de justicia entiende que no puede admitir la prueba cuando ha sido violado el derecho del contribuyente al obtenerse en forma ilícita", aclaró.

En tanto que la doctrina del fruto del árbol venenoso establece que si determinados indicios se obtienen por medio de la comisión de ilícitos, las pruebas derivadas de ellos tampoco serían eficaces.

Pero no fueron los únicos argumentos. La especialista también recordó otros, como el de algunos magistrados italianos coincidieron en que admitir esos datos implica una "carga diabólica" para el contribuyente quien debe probar que no tenía la cuenta.

Por otra parte, Yerise sostuvo que "en Francia también algunos tribunales aseguraron que si la autoridad fiscal se encontraba en conocimiento del origen ilícito de la información, violaba el principio de buena fe".

Por último, indicó que "en Bélgica consideraron que el fisco belga conocía el origen ilícito, lo había admitido y que, por lo tanto, de ningún modo podía ser utilizado contra el contribuyente".

Los argumentos utilizados fueron contundentes en todos los casos. Habrá que ver qué decisión toman los jueces argentinos que están al frente de la causa iniciada por el fisco. Es decir, si rechazarán la información o, por el contrario, la tendrán muy en cuenta.

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