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El Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño recordó a los magistrados cual es el régimen legal vigente cuando se realizan allanamientos
05/11/2015 - 10:10hs

Ante un significativo aumento en la cantidad de allanamientos a estudios contables, el Consejo Profesional en Ciencias Económicas porteño (Cpcecaba) instruyó a sus matriculados respecto a los derechos y obligaciones y los mecanismos administrativos para solicitar veedores de los procedimientos cuando el allanamiento no esté dispuesto por orden judicial.

Asimismo, el Cpcecaba ya había enviado una extensa nota a diferentes juzgados recordando a los magistrados cual es el régimen legal vigente cuando se realizan allanamientos en estudios contables. 

La nota resalta que en casos de allanamientos a estudios contables, el Consejo porteño considera preciso guardar resguardo a las situaciones como la citada, en virtud de los derechos y garantías que se encuentran involucrados en el marco de un procedimiento”.

El Consejo funda su legitimación en base a la leyes existentes: “En caso de allanamiento o registro del profesional, la autoridad competente que hubiere dispuesto la medida deberá dar aviso de ella al Consejo al realizarla y el profesional podrá solicitar la presencia de un miembro del Consejo Directivo durante el procedimiento, sin que ello implique suspenderlo“.

La participación de los veedores es solicitada por organismos fiscales, dependencias policiales y tribunales judiciales, ya que tiene como finalidad velar y verificar que en el acto se cumpla estrictamente las cuestiones de fondo y forma.

Según la nota, la normativa, es desconocida por muchos encargados de los operativos, como así también, por los contadores. Por lo tanto, el Cpcecaba buscó difundirla en el ámbito de la Justicia, ya que en la mayoría de los allanamientos no se requiere la presencia del veedor correspondiente.

Complementariamente, el Consejo también difundió los instructivos y los datos necesarios que se deben tener en cuenta en este tipo de procedimiento.

Un gran número de allanamientos se realizan en estudios jurídico contables en busca de documentación de sus clientes. 

Cuando es allanado un domicilio profesional, dentro de la jurisdicción de CABA, el contador tiene derecho a solicitar la presencia de un veedor a cargo del Consejo, en caso que no hubiera sido solicitado previamente por la autoridad. Dicha medida, tiene la finalidad de resguardar el secreto profesional sobre la documentación del estudio que resulte ajena a la diligencia procesal ordenada.

De esta forma, la participación del veedor es siempre pasiva, ya que no posee facultades para impedir el acto, sino simplemente su tarea es dejar constancia.

El veedor proporcionado por el Consejo Profesional se hará presente junto a la credencial que lo identifica como tal. Sin embargo, la orden judicial puede cumplirse aunque no se encuentre presente, ya que su ausencia no provoca la suspensión de la medida ni su prórroga. 

De esta manera, el Consejo porteño busca "preservar la responsabilidad del profesional en su ámbito de actuación y ratificar el compromiso asumido con sus matriculados, el Estado y la sociedad, en el marco de sus facultades y funciones, con miras al cumplimiento de la ley".