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Este año habrá más juicios por accidente de trabajo y aumentarán los seguros que pagan empresarios

Los abogados laboralistas justifican el reclamo en que no hay una reparación integral en los daños sufridos por los empleados damnificados
26/11/2015 - 10:00hs
Este año habrá más juicios por accidente de trabajo y aumentarán los seguros que pagan empresarios

Este año se iniciarán aproximadamente 116.000 juicios por accidentes laborales en todo el país. Esto representa un 30% más que el año pasado.

De acuerdo a la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART), el 40% de las demandas se originarán en la Ciudad de Buenos Aires. Muy de lejos la siguen la provincia de Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba y Mendoza.  Asimismo, el stock  de reclamos acumulados en los tribunales es superior a los 250.000.

Según datos de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), en 2014 se registraron 12,3 juicios cada 100 siniestros notificados. Este año ese  índice, que en 2013 fue de 11,5 %, y en 2012 de de 9,8 %, volverá a incrementarse.

El transporte ocupó el primer lugar en cuanto a los sectores que se originaron en los tribunales, seguido del manufacturero, la construcción, los servicios financieros, el comercio, la electricidad, los servicios sociales, la minería, y por último, la agricultura.

¿A qué se debe este crecimiento exponencial de los juicios?, ¿cuál es la explicación a esta disparidad? Mara Bettiol, titular de la organización que agrupa a las aseguradoras considera que esto surge por la tasa que fijan los tribunales de la Ciudad que ronda el 36% anual. “No hay actividad productiva que rinda tanto”, agrega.

Luego remarca que “hay una brecha entre lo que el sistema determina en base a los parámetros de la ley y lo que justicia termina concediendo posteriormente a los que reclaman”.

Las consecuencias -explica- son evidentes: sobrecostos para la actividad productiva y una señal de alarma importante para el sistema, que hoy destina el 92% de su recaudación a brindar prestaciones, y que lleva años mostrando resultados técnicos negativos. “Es muy probable y casi diría inevitable que la renovación de los contratos implique un aumento de las alícuotas”, explicó a iProfesional.

Luego sostuvo que “n muchos juzgados laborales se efectúan interpretaciones especiales de la aplicación de la ley y los peritos fallan de acuerdo a sus criterios y no al baremo”.

Para Bettiol, la solución a este grave panorama conjuga tres estadíos. Un paliativo es transmitir esta distorsión a cada actor partícipe del sistema para que colaboren en generar el consenso social para su pronta corrección. 

En ese sentido, consideró que es una condición necesaria mantener la calidad de cobertura y la solvencia del sistema y eso requiere la recomposición de las tarifas. 

Preocupación empresarial

El tema de los costos de seguros preocupa a los empresarios. Desde la Unión Industrial (UIA) indicaron que pasaron de pagar en promedio el 8% de la masa salarial al 20% y, en algunos casos, llega al 30%. En los últimos meses, algunas empresas recibieron aumentos del 300% o 400%.

Su causa es precisamente el aumento exponencial de los juicios laborales. 

En la entidad presidida por Adrián Kaufmann, se mostraron preocupados por el crecimiento de la litigiosidad y de las alícuotas de las ART, que "daña la competitividad".

A través de un comunicado de prensa, la UIA detalló “que en algunos casos la alícuota llega a superar el 10% de la masa salarial, un porcentaje que carece de un correlato con el grado de siniestralidad, lo que hará inviable muchas actividades con la consecuente pérdida de puestos de trabajo”.

También “se comentó el caso de una empresa que emplea a 150 trabajadores y recibió 49 demandas idénticas, presentadas por el mismo abogado, sin informes médicos que las avalen, en una manifiesta acción fraudulenta. Por esta situación la alícuota de la ART aumentó del 8,5 al 20% de la masa salarial, poniendo en riesgo la continuidad de la empresa. Casos similares a éste se registran en todo el país, con alícuotas que llegan a superar el 30%”. 

Para Bettiol, la solución de fondo es que la Justicia avale en sus fallos la reforma que introdujo la Ley 26.773 de octubre de 2012, en términos de tener en cuenta en los mismos el Baremo de Incapacidades, el listado de rnfermedades efectivamente cubiertas, el RIPTE como parámetro de actualización de las sumas fijas y su adecuada aplicación en términos de retroactividad.

Aunque las modificaciones a la norma dieron por tierra con la denominada "doble vía judicial", en el empresariado subsiste la idea de que el constante aumento de las acciones en los juzgados laborales vuelve inestable e imprevisible el negocio de las aseguradoras y amenaza con la eclosión de una crisis.

En tanto, los abogados que defienden a los trabajadores justifican este reclamo en los tribunales ya que consideran que “la víctima debe ser resarcida con un alcance que cubra todo el daño que se le ha infligido, es decir, rigiendo unánimemente el principio de reparación plena o integral”.

En definitiva, consideran que “el juez debe otorgar a la víctima, al menos, las sumas necesarias para colocarla en la misma situación en la que se habría encontrado de no haberse ocasionado el daño”.

Luego remarcan que “se trata de recomponer económicamente al damnificado, dejándolo indemne por las pérdidas patrimoniales y extrapatrimoniales sufridas a raíz del evento dañoso”.

Esta situación normativa no parecería que va a cambiar ya que el PRO fue uno de los partidos que acompañó al Frente para la Victoria en la aprobación de la Ley 26.773.

“Se eliminan algunas fallas de la ley vigente por las cuales ha sido declarada inconstitucional. Se elimina la acumulación de las acciones, que ha sido sumamente perjudicial para las pequeñas empresas; se brinda la opción de cobrar el seguro más un plus del 20 por ciento o la de ir a la vía civil para una reparación que el trabajador considere que sería mayor a la del seguro; se aumentan los topes indemnizatorios; se establece una pauta objetiva de ajuste que hasta el día de hoy no teníamos en la ley vigente, y es uno de los motivos esenciales por los cuales la Corte Suprema la declaró inconstitucional; se establece una indemnización adicional del 20 por ciento como un incentivo para que funcione este mecanismo de aseguramiento; se acortan los plazos de liquidación, de determinación de la incapacidad y del pago de la indemnización”, explicó en aquella oportunidad Federico Pinedo.

“Se genera previsibilidad en los desarrollos empresariales, sobre todo para los pequeños, porque es bien sabido que en el caso de una incapacidad total o de un fallecimiento, la empresa tiene que asumir el pleito sobreviniente, o sea que tiene que soportar el pago de lo que prevé la ART más el plus que luego reclama el trabajador en esa acumulación de acciones, seguramente irá a la quiebra. Por eso, definitivamente genera mucha previsibilidad”, agregó.

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