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A partir de la reformulación, el interesado obtendrá un número de solicitud, que servirá para consultar la cita ante el organismo 
16/12/2015 - 10:10hs

La Administración Nacional de la Seguridad Social actualizó su sistema de obtención de turnos online, en busca de llegar a un proceso mucho más ágil y accesible.

A partir de la reformulación, el interesado obtendrá un número de solicitud, que servirá para consultar la cita ante el organismo previsional, confirmarla o cancelarla de forma online.

Las prestaciones a las que puede acceder el interesado se agruparán en categorías generales, que luego se desagregan en una segunda instancia específica para cada solicitante.

Cabe recordar cuáles son los trámites que necesitan la obtención del turno previo:

  • Solicitud de jubilación.
  • Solicitud de pensión.
  • Trámites jubilados y pensionados.
  • Asignaciones familiares.
  • Asignación universal por hijo.
  • Asignación por embarazo.
  • Desempleo.
  • Ayuda escolar anual.
  • PROGRESAR.
  • Registración de poderes.-
  • ARGENTA.
  • Nueva moratoria

Beneficios

Desde la ANSES, destacan los beneficios que representan la reformulación del sistema de obtención de turnos web.

El interesado podrá seleccionar el turno en las Unidades De Atención Integral (UDAI) de acuerdo al domicilio quetenga registrado en las bases de ANSES.

Si además del CUIL, se ingresa el de un apoderado, el sistema mostrará las alternativas de atención teniendo en cuenta el domicilio del apoderado.

El sistema de turnos online ofrecerá hasta 5 alternativas de atención, de acuerdo a la disponibilidad operativa en ese momento.

Desde el organismo, recuerdan que para realizar cualquier trámite, los datos personales del interesado y los del grupo familiar deben estar acreditados en las bases de ANSES. 

A continuación el texto completo del instructivo provisto por la ANSES:

¿Cómo consultar los turnos?

Asimismo, el organismo explica cómo se deben consultar los turnos vía web. 

En primer lugar, se debe ingresar a www.anses.gob.ar y seleccionar la opción “Turnos Online”. Luego se debe ir a la opción “Consultar / Cancelar Turno”.

Luego, se ingresa el número de CUIL y el número de registro de 8 dígitos asignado que figura en la constancia de turno. A continuación se debe copiar el número de seguridad que aparece en la imagen.

El sistema mostrará la constancia de turno con los datos de la dependencia, fecha y hora del turno asignado. En caso de no poder asistir a la fecha u horario del turno asignado, se debe presionar la opción “Cancelar Solicitud”.

Autónomos y monotributistasA su vez, la ANSES cuenta con otra guía online en donde explica los pasos que deben seguir los trabajadoresautónomos y monotributistas para gestionar su jubilación.

El instructivo web -al que se puede acceder haciendo clic aquí- detalla las pautas a tener en cuenta desde la solicitud del beneficio previsional hasta el momento de su obtención o denegatoria.

La herramienta apunta a determinar la real prestación de los servicios para establecer el derecho a acceder al haber jubilatorio que contempla el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

En igual sentido, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) controla a los autónomos incluidos en el régimen general o en el Monotributo a los fines de ajustar la situación que registran en el Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas (SICAM) y en el "Registro Tributario".

En el primer caso, se realiza "cuando los períodos comprendidos en la modificación sean anteriores a los 10 años contados desde la fecha de solicitud de la modificación siempre que corresponda efectuar liquidación de deuda y no resulten de aplicación las exclusiones previstas en la reglamentación vigente".

"Los períodos modificados serán resaltados por el SICAM a fin de que la ANSES pueda individualizarlos, correspondiendo a dicho organismo la verificación de la prueba respaldatoria de la modificación efectuada", puntualiza el marco vigente.

En el caso del Registro Tributario, se realiza "cuando los períodos involucrados en la modificación se encuentrendentro de los 10 años anteriores a la fecha de solicitud del mencionado cambio".

La actualización de datos "deberá efectuarse en la dependencia en que el trabajador autónomo se encuentre inscripto", agrega la reformulada reglamentación.

"Adicionalmente, deberá incorporar en el Registro Tributario -a través de Internet- los impuestos por los que resulte alcanzado, según la actividad declarada para el período comprendido en la modificación que efectúa, y solicitar en la mencionada dependencia de la AFIP que se ajuste la fecha retroactiva del o las altas que correspondan en cada gravamen", precisa el organismo que conduce Ricardo Echegaray.

Por otra parte, los sujetos adheridos al Monotributo que soliciten actualizar su situación de revista deberán efectuarla en el "Registro Tributario" mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio web del fisco. 

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