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Los especialistas mostraron preocupación por el retraso que tendrán que esperar los que solicitaron la restitución de los fondos ingresados de más
11/01/2016 - 18:52hs

"En virtud de que las percepciones sufridas corresponden a impuestos anuales, para presentar esta solicitud deberá aguardar al vencimiento de los mismos, el que operara en los meses de abril/mayo de 2016".

Con esta frase, la AFIP comenzó a patear para más adelante los pedidos de devolución de aquellas personas que sufrieron durante 2015 percepciones por la compra de dólar ahorro, así como las adquisiciones realizadas fuera del país con tarjetas y los pasajes al exterior.

La bronca de los interesados no se hizo esperar y, a través de las redes sociales, desfilaron quejas de todo tipo. No es para menos, si se tiene en cuenta que la cifra que está en juego asciende, según aseguró el Administrador Federal Alberto Abad, a la friolera de $1.500 millones.

Pero las críticas que generó el debut del nuevo mecanismo para solicitar devoluciones no llegaron sólo de los usuarios que vieron frustradas sus intenciones, sino también de los especialistas consultados por iProfesional.

La mayor preocupación que manifestaron los expertos surge por la relación que hace el organismo de recaudación para posponer en el tiempo la restitución de los fondos cobrados de más, sobre todo teniendo en cuenta la información que posee en la actualidad el fisco.

Dicho de otra manera: no se explican el motivo por el cual la AFIP decidió esperar a la fecha de la presentación de las declaraciones juradas en aquellos casos en los que las personas, por su condición frente al Impuesto a las Ganancias, que no están alcanzadas.

no hay ninguna conexión lógica, ya que el que no fue contribuyente de Ganancias al 31 de diciembre de 2015, no lo será al 30 de abril ni al 31 de mayo".

"Por lo tanto, el mecanismo manifiesta una falla ya que sigue presumiendo un hecho que no va a ocurrir, cobrando un impuesto por adelantado a personas que no están ni estarán obligados a pagar el impuesto", aclaró.

No hay que olvidar que luego del decreto 1242 los empleados en relación de dependencia y jubilados con ingresos inferiores a $15.000 brutos entre enero y agosto de 2013 fueron beneficiados con la exención del pago del gravamen.

Por ende, si alguien en esta condición sufrió una percepción por la compra de dólar ahorro o la adquisición de un pasaje al exterior, no debería tener que esperar para que le devuelvan los fondos ingresados de más.¿Nuevo mecanismo?Otra de las sorpresas con las que se encontraron los que utilizaron el sistema para pedir las devoluciones fue que no se trataba de un "nuevo" mecanismo, sino el mismo que manejaron hasta ahora.

Así lo advirtió la contadora Ivón Bacaicoa, quien aclaró en su blog que "no existe ningún nuevo sistema", sino que por el contrario "está vigente desde diciembre del año 2012 conforme resolución general 3420".

En efecto, la información a la que hace referencia la página de la AFIP en su apartado "Procedimiento para la devolución de percepciones por operaciones en moneda extranjera", no es otra que la que surge de dicha resolución.

La norma es la que obliga a los interesados a contar con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), a tener registrados y aceptados sus datos biométricos y a contar con Clave Fiscal con nivel de seguridad 3.

Además, es la que establece que la persona que desee realizar el trámite debéra informar a la AFIP la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de su cuenta bancaria, a través del servicio "Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social".Una cuestión de tiemposSi bien, tal como se explicó más arriba, el mecanismo no es nuevo, lo cierto es que sufrió un cambio en estos últimos días. Al menos así surge de la experiencia que tuvieron algunos especialistas.

Por caso, el asesor impositivo Juan Manuel Locatelli explicó que en la primera semana del año pudo realizar los trámites para reclamar la devolución de percepciones realizadas durante 2015 sin inconvenientes.

"Aquellos clientes que acumularon fondos por dólar ahorro, tarjeta o la compra de pasajes el año pasado tuvieron que esperar al primer día hábil del 2016, tal como establecía la normativa, para solicitar la devolución", sostuvo.

Ocurre que, cuando aún Ricardo Echegaray lideraba la AFIP, se estableció que los pedidos sólo podían ser realizados una vez finalizado el período fiscal que, en el caso de los que se encuentran en la cuarta categoría (empleados, jubilados y autónomos, entre otros), rige entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año.

Por ende, la restitución de las percepciones sufridas durante el 2015 que no podían ser utilizadas (porque la persona no pagaba ni Ganancias ni Bienes Personales) sólo podía reclamarse a partir del primer día hábil de este año.

Ahora, con el "cambio" de último momento que introdujo la AFIP, queda claro que los interesados deberán esperar. Salvo que el organismo a cargo de Alberto Abad tome la decisión de ajustar una vez más el mecanismo para facilitar las devoluciones y acortar los plazos.

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