iProfesionaliProfesional

Desde el miércoles podrí­an consultarse en la página del ANSeS los ajustes de las jubilaciones

El organismo habilitará la web para que los jubilados sepan si les corresponde el reajuste o el pago de retroactividades           
26/07/2016 - 10:02hs
Desde el miércoles podrí­an consultarse en la página del ANSeS los ajustes de las jubilaciones

Apenas el Gobierno publique en el Boletín Oficial la reglamentación de la ley de pago a los jubilados– que se espera para el miércoles, luego de la firma por parte del Presidente- la ANSES habilitará en su página de Internet el mecanismo para que los jubilados puedan saber si les corresponde o no el reajuste de los haberes o el pago de las retroactividades. Y cómo gestionar el cobro de la retroactividad y el reajuste del haber.

Todo el trámite se realiza a través de la pagina www.anses.gob.ar, sección Mi ANSES,  con la clave de Seguridad Social. Quienes no tienen Clave, la pueden crear en la misma sección. Consignando el número de CUIL y la clave, el sistema le informará si le corresponde el beneficio y le indicará cómo gestionar el trámite. Desde el 1 de septiembre ANSES informará por mail el monto el reajuste del haber y de la retroactividad.

En base a esa oferta, el jubilado deberá decidir si acepta o no la propuesta. Si la respuesta es afirmativa, el sistema le indicará los pasos a seguir para homologar el acuerdo en la Justicia y cobrar lo acordado.

Están incluidos en el Programa de Reparación Histórica los que se jubilaron o pensionaron en el marco de leyes generales con aportes en relación de dependencia. También los que tienen sentencia firme  de antes del 30 de mayo pasado, los que iniciaron juicio y no tienen sentencia firme y los que no iniciaron ningún juicio pero les corresponde el reajuste de los haberes. En total son casi 2,4 millones de personas.

No están incluidos los que se jubilaron por leyes especiales ( como docentes, servicio exterior, Poder Judicial) y los monotributistas o autónomos “puros” que no tienen aportes en relación de dependencia.

Los que con sentencia firme acepten la oferta de la ANSES cobrarán el 50% en efectivo y la otra mitad en 12 cuotas trimestrales, calculando la sentencia con nuevos indices de ajuste. Los que están en juicio, se les reconoce hasta 4 años de retroactividad, cobrarán del mismo modo también con nuevos indices. Y los que no hicieron juicio tendrán el ajuste del haber mensual.

En todos los casos, el pago se calcula desde la fecha de ingreso al programa, aunque firmen el acuerdo mucho más tarde. Y los que acepten la oferta deberán desistir del juicio iniciado o de iniciar acciones legales. 

Temas relacionados