iProfesional

El Consejo alertó sobre la imposibilidad de ajustar por inflación los balances mientras las normas jurídicas lo prohiban             
17/08/2016 - 11:34hs

Contra lo votado hace pocos días por la mayoría de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas del interior del país en el seno de la mesa directiva de la Federación que los nuclea, el Consejo porteño emitió un informe oponiéndose rotundamente al ajuste por inflación de los balances.

"Como premisa general, se ha considerado que el marco regulatorio es el que es, y que deberá aplicarse de manera integral", explica el Cpcecaba al presentar el informe de un grupo de trabajo especial (GTE) que analizó el tema, haciendo referencia a las normas que prohiben la indexación.

Un "Resumen ejecutivo de las conclusiones del GTE", el Consejo porteño definió que:

- El estado actual de emergencia estadística por el cual atraviesa el país nos permite concluir que la evaluación de si el contexto de Argentina es el de una inflación que amerita ajustar los estados contables en los términos de las normas contables vigentes deberá basarse en la consideración de factores cualitativos.

- Tras evaluar factores cualitativos, algunos miembros del GTE consideraron que no existe evidencia contundente para afirmar que nos encontremos en un contexto de inflación que amerite ajustar, o para afirmar lo contrario. Sí existe consenso en que, aun cuando se estuviera en un escenario que amerite ajustar, aplicar índices cuestionados y carentes de fiabilidad no permitirá alcanzar en especial la característica de "aproximación a la realidad" que piden las normas técnicas a los balances.

- En cualquier caso, la visión es que no existen elementos para concluir que surja claramente de las normas contables vigentes que se deba ajustar por inflación los estados contables.

- Ante la necesidad de encontrar una posición superadora para morigerar la desactualización de los importes contables asignados a los patrimonios de los entes, se propone impulsar la realización de un "sinceramiento contable", que podría consistir en actualizar el valor de los activos de largo plazo de los entes (por ejemplo, bienes de uso), el capital y otras partidas apropiadas del patrimonio. Para ello, debería lograrse un consenso amplio entre los distintos grupos de interés, lo que permitiría transitar esta situación excepcional de coyuntura con éxito.

- Además, se recuerda que el actual marco legal vigente no permite que los administradores de los entes, responsables por la emisión de sus estados contables, presenten tales estados ajustados por inflación ante determinados organismos de control (o que, en algunos casos, el efecto práctico de tal presentación podría ser nulo).

- Lo mencionado en forma precedente implica, a su vez, que los auditores y sobre todo los síndicos, evaluando su responsabilidad profesional, se enfrenten y midan las consecuencias que generaría la disyuntiva en la cual las normas contables sean totalmente contradictorias ante lo dispuesto por el marco legal.

Entendemos que la alternativa de emitir una opinión de auditoría de estados contables preparados de conformidad con un marco de información prescrito por disposiciones legales o reglamentarias, dispuesto por el regulador, dejaría "en abstracto" la definición respecto de si es necesario o no emitir por parte de la profesión una norma contable estableciendo la necesidad de la implementación del ajuste por inflación.

Los miembros del GTE concluyen que, no estando claramente dadas las condiciones de iniciar el ajuste por inflación, habrá que ser prudentes y continuar monitoreando el contexto macroeconómico. También consideran que toda decisión que se tome respecto de esta cuestión deberá basarse en un consenso amplio entre los diferentes grupos de interés, dado que ajustar o no por inflación los estados contables, si bien es una cuestión de la que se ocupa la disciplina contable, en las actuales circunstancias del país, genera consecuencias que la exceden.

Para ello propone establecer una mesa de dialogo de la que participen todos los grupos de interés, buscando una solución superadora que, al final del proceso, permita acercar a los valo res de mercado los patrimonios de las empresas con un mecanismo más allá de los índices de inflación cuestionados.

Temas relacionados