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Desde hoy los monotributistas podrán recategorizarse de acuerdo a las nuevas escalas, que comenzarán en los $84.000 de facturación anual 
10/01/2017 - 13:07hs

Desde hoy los monotributistas podrán recategorizarse de acuerdo a las nuevas escalas, que comenzarán en los $84.000 de facturación anual hasta los $700.000 para el caso de servicios y de un millón para la venta de bienes muebles.

Hoy también tendrá lugar la reapertura del sinceramiento fiscal, que tendrá como novedad el aumento de la alícuota general de 15%, aunque los blanqueadores ya consultan sobre los dos bonos que permiten mantener el impuesto especial en 10 por ciento.

Tras un parate de diez días en que AFIP actualizó los sistemas a la ley que modificó el régimen simplificado, hoy se pondrá en marcha el Monotributo actualizado, que contará como principales novedades a las recategorizaciones automáticas que hará el organismo tributario, además de la posibilidad de reingresar al régimen sin tener que esperar los tres años que preveía la reglamentación anterior.

Respecto a las modificaciones de categorías que el fisco hará de oficio, el procedimiento será el siguiente: AFIP moverá al contribuyentes a la escala inmediatamente anterior (por el aumento de 75% de los ingresos brutos considerados para cada categoría), y hasta el 30 de abril habrá tiempo para “comprobar” si esa escala es la correcta o necesita otra modificación, de acuerdo a los ingresos de los últimos 12 meses para cada caso. Se espera que al Monotributo ingresen otros 150.000 contribuyentes a los 3 millones que ya forman parte.

Además se pondrá en marcha, a pesar que ya antes existía y no se aplicaba, un régimen de actualización automática de los parámetros y de las mensualidades, cuya primera reactualización será en septiembre.

Blanqueo

Hasta el 31 de marzo se desarrollará la última etapa del sinceramiento fiscal, que tendrá como características una mayor cantidad de blanqueos de propiedades ya que la alícuota se mantendrá en el 5% hasta el último día, mientras que el impuesto especial general subirá al 15 por ciento. 

Puntualmente, el régimen de blanqueo de capitales sigue vigente y sólo cambió el costo del impuesto especial a abonar, que ahora es del 15% del valor de los bienes y derechos a exteriorizar, mientras que hasta el 31 de diciembre pasado era del 10%, cuando superara los 800.000 pesos.

Para el caso de los inmuebles, cuya titularidad sea de personas humanas y personas jurídicas, el impuesto es del 5% de la valuación que surja del informe de los profesionales Ccrtificantes autorizados en AFIP. 

Existe un registro donde se encuentran los mismos.

A continuación, algunas de las claves que permiten entender cómo funciona el plan tras los últimos cambios: 

1. ¿Qué no se puede exteriorizar? 

El dinero en efectivo (conocido como los fondos bajo el colchón), cuyo plazo venció el 31 de octubre

2. ¿Qué se puede exteriorizar o sincerar?

Todos los bienes que se consideren, se encuentren en el país o en el exterior al 22 de julio de 2016.

1. Inmuebles, 

2. Rodados, motos, ciclomotores, cuatriciclos, etc.

3. Embarcaciones, motos de agua, etc.

4. Aeronaves, aviones y todos aquellos que tengan un registro.

5. Cuentas bancarias en pesos o en dólares o en otra divisa.

6. Plazos fijos.

7. Participaciones en sociedades.

8. Créditos (derechos a percibir).

9. Obras de arte.

10. Tenencia de metales preciosos.

11. Otros

3. ¿Se puede abonar el impuesto por ventanilla de bancos? 

No, es necesario realizarlo por transferencia bancaria, mediante la emisión de un Volante Electrónico de Pago.

4. ¿Cómo se puede cancelar el impuesto especial?

1. Volante Electrónico de Pago en pesos

2. Volante Electrónico de Pago Internacional, utilizando los fondos que se tienen en cuentas en el exterior.

5. ¿Existe alguna alternativa de abonar el impuesto especial?

Sí, adquiriendo Bonar 2017 o Global 2017 

6. ¿Existe alguna forma de no pagar el impuesto especial, exteriorizando bienes, excepto inmuebles?

Sí, adquiriendo una cuota parte de los Fondos Comunes de Inversión, originados en la Ley de Sinceramiento, por el total de los fondos o los bienes exteriorizados. El régimen de sinceramiento fiscal vencerá el 31 de marzo de 2017.