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En sesión accidentada, se postergó la aprobación final del proyecto que penaliza a empresas por corrupción

La oposición reclamaba cambios y la iniciativa sólo se aprobó en general. El debate, que casi fracasa por falta de quórum, seguirá el próximo miércoles
29/06/2017 - 11:33hs
En sesión accidentada, se postergó la aprobación final del proyecto que penaliza a empresas por corrupción

En una sesión que se convirtió en un preámbulo de la campaña electoral, la oposición logró postergar la votación artículo por artículo del proyecto de ley que penaliza a empresas por los delitos de soborno trasnacional y fraude contra el Estado. La iniciativa obtuvo en general 131 votos a favor y 63 en contra, pero al momento de la consideración en particular, no hubo acuerdo.

Cambiemos había conseguido bloquear, con 118 votos contra 83, la vuelta del proyecto a comisiones, pedida por el bloque Justicialista. 

Sin embargo, ante las numerosas modificaciones que reclamaban los distintos bloques, el interbloque se vio obligado a pedir un cuarto intermedio hasta el miércoles que viene, y la iniciativa quedó en stand by.

El debate estuvo a punto de fracasar por falta de quórum. La sesión inició 45 minutos después del horario fijado, ya que el oficialismo no conseguía llegar a los 129 diputados presentes. Cuando había pasado la media hora de gracia, y había apenas algo más de 50 legisladores en el recinto, el jefe del bloque del FpV-PJ, Héctor Recalde, pidió levantar la sesión, pero su par de Cambiemos, Mario Negri, solicitó esperar 15 minutos más.

Así fue como, pasadas las 12.30, y con la ayuda del Frente Renovador y otros bloques provinciales, el oficialismo consiguió el quórum. La diputada que garantizó el número mágico al sentarse en su banca fue la misionera Silvia Risko, del bloque que conduce el exgobernador Maurice Closs, indicó Parlamentario.com.

Sin embargo, el debate se demoró más de lo previsto, por una catarata de pedidos de apartamiento del reglamento, sumados a homenajes e incluso una discusión entre Graciela Camaño, y el macrista Eduardo Amadeo, quien publicó dos tuits que enfurecieron a la massista.

Superado ese escollo, y mientras sobrevolaba la posibilidad de votar la vuelta del proyecto a comisiones, el oficialismo defendió el proyecto de la mano de Gabriela Burgos, presidenta de la Comisión de Legislación Penal, en un debate plagado de acusaciones cruzadas, que tuvo la corrupción de Odebrecht como telón de fondo.

“Nadie habla de quitarle responsabilidad a aquellos que tuvieron que ver con hechos de corrupción, que tendrán que rendir cuentas ante la Justicia”, aclaró la radical Burgos, y agregó que “muchos de esos funcionarios ahora lamentablemente siguen cumpliendo funciones como legisladores”.

Julio De Vido, el exministro de Planificación Federal en la mira por el pago de coimas de Odebrecht en Argentina, estuvo ausente en el recinto. La encargada de advertirlo fue la líder de la Coalición Cívica, Elisa Carrió. “¿Dónde está De Vido? No lo veo en el recinto… porque sino, le podemos dar la palabra…”, sugirió. Luego, se paró y se fue.

El diputado kirchnerista justificó su faltazo por “motivos de salud”, pero igual se descargó por Twitter contra Carrió. “No tengo nada que contar sobre Odebrecht. Que le pregunte por las coimas de Odebrecht a (Gustavo) Arribas, que recibió transferencias por 800 mil dólares en cuentas off shore, transferencias corroboradas y certificadas que no supo ni pudo explicar cuando visitó el Congreso”, retrucó De Vido.

En el centro del debate estuvo el acuerdo de colaboración eficaz, una posibilidad que abre el artículo 20, donde la empresa -hasta el momento de la elevación a juicio- podría comprometerse ante el Ministerio Público Fiscal a proveer información útil para la investigación, a cambio de “la suspensión de la persecución”.

El artículo 37 indica que las empresas jurídicas podrían solicitar el acogimiento voluntario a ese acuerdo “por hechos anteriores a la sanción de la ley”. En estos supuestos, intervendría únicamente la Procuración del Tesoro de la Nación, con aval de la Sindicatura General de la Nación.

La posición más dura contra el proyecto fue encarnada por la rionegrina María Emilia Soria, del FpV-PJ, quien definió la iniciativa como un “manual” para las compañías que quieran “sortear las penas”, y también la calificó como “un salvoconducto para Odebrecht”, en un duro discurso contra el Gobierno.

“Es un descaro que bajo el pretexto de la lucha contra la corrupción tengamos que discutir un manual para que las empresas puedan sortear la aplicación de una sanción penal, siempre que hagan un acuerdo de colaboración eficaz o incorporen en su estructura un programa de integridad”, argumentó.

El proyecto de ley aprobado este miércoles, que ahora quedó en manos del Senado, es un requerimiento de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE); según subrayó Burgos durante el debate, Argentina es el único de los 40 países que integran esta entidad que hoy no tiene este tipo de regulación.

El proyecto

La iniciativa castiga a las personas jurídicas por los delitos de cohecho, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, negocios incompatibles con el ejercicio de la función pública, y fraude contra la administración.

De acuerdo al texto, son responsables cualquiera de sus dueños, socios, accionistas, asociados, apoderados, representantes, directores, gerentes, y cualquiera de sus representantes en contratos asociativos, de agencia, concesión o fideicomiso.

En el artículo cuarto se establece que en los casos de transformación, fusión, absorción o cualquier otra modificación societaria, la responsabilidad de la persona jurídica es transmitida a la persona jurídica resultante o absorbente.

La sanción que se implementa consiste en una multa de entre 0,5% y 20% de los ingresos brutos anuales de la empresa en el último ejercicio anterior a la comisión del delito.

Otras sanciones complementarias son la suspensión total o parcial de actividades -no más de 10 años-, la suspensión del uso de patentes y marcas -con el mismo techo-, la pérdida o suspensión de subsidios estatales, o, en última instancia, la disolución y liquidación de la persona jurídica, si es que fue creada con el sólo fin de cometer delitos o si ésa constituye su principal actividad.

La acción penal se extingue por cumplimiento de un acuerdo de colaboración eficaz, con el que la empresa -hasta el momento de la elevación a juicio- podría comprometerse ante el Ministerio Público Fiscal a proveer información útil para la investigación, a cambio de “la suspensión de la persecución”.

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