iProfesionaliProfesional

AFIP ajusta procedimiento para empresas que deben presentar balance contable

La presentación se deberá realizar al servicio denominado “Presentación Única de Balances” en donde se deberán consignar los datos requeridos
13/07/2017 - 11:27hs
AFIP ajusta procedimiento para empresas que deben presentar balance contable

La AFIP decidió ajustar la forma en que las empresas deben presentar el balance contable y la memoria en formato ."pdf".

La presentación se deberá realizar al servicio denominado “Presentación Única de Balances - (PUB)” en donde se deberán consignar los datos requeridos por el sistema y adjuntar los Estados Contables del período fiscal a transferir, en un solo archivo en formato “.pdf”.

La fecha de vencimiento para realizar la presentación operará hasta el último día del sexto mes siguiente al de cierre del ejercicio comercial correspondiente. Esta fecha también será fecha de vencimiento de la presentación del formulario F-760 o F-780.

Desde la AFIP explicaron que "razones de administración tributaria aconsejan unificar para los sujetos obligados a presentar los Estados Contables, el servicio informático a través del cual se efectuará la aludida presentación y el plazo para su cumplimiento".

SRL en 24 horas

En tanto, la Inspección General de Justicia (IGJ) ya puso en marcha el procedimiento para que la constitución e inscripción de las Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) se realice en 24 horas.

En forma conjunta con la constitución, la IGJ entregará los libros de la nueva sociedad rubricados y dará el CUIT para comenzar a operar.

Mediante la resolución IGJ 5/2017 se establece el tratamiento diferenciado en el trámite de constitución y un procedimiento especial de intervención y rúbrica de libros para aquellas sociedades de responsabilidad limitada que presenten la solicitud de inscripción de su constitución bajo la modalidad de trámite urgente.

A los fines de poder entregar la CUIT junto con la certificación de inscripción, además de los requisitos para la presentación del trámite estipulados en la resolución general IGJ 07/15, deberá acompañarse la declaración jurada Formulario AFIP 185, la que se completa a través del aplicativo correspondiente, al que se accederá desde el sitio web institucional de la IGJ, junto con la constancia de la presentación que genera dicho aplicativo, la cual contiene el número de transacción otorgado.

Para que un Formulario AFIP 185 sea admitido como válido, el campo denominación social no deberá incluir el aditamento correspondiente al tipo societario.

¿Cómo será el nuevo proceso?Primero, a través de la página web de la IGJ, habrá que ingresar en el apartado de Gestión Documental Electrónica (GDE). Allí, habrá que ingresar al sistema de Trámite a Distancia (TAD), para lo cual se requiere clave fiscal de nivel 2.

A través del TAD habrá que hacer la reserva del nombre de la sociedad, operación que tiene un costo de $260. A la media hora de cargada la solicitud, la IGJ informará si el nombre se puede usar o si ya está tomado.

Con el nombre confirmado y los datos de la constitución de la sociedad -nombre de los titulares, directores, descripción del objeto, el capital social-, se podrá acudir, sin turno, de 8 a 9, a la sede de la IGJ.

Si todos los papeles están en orden, al día siguiente, en cualquier horario, se podrá pasar a buscar el instrumento constitutivo, los tres libros obligatorios de una SRL rubricados (inventario y balances, el libro diario, y el libro de reunión de gerente y socios), y el número de CUIT, fundamental para poder empezar a facturar y operar, señalan desde Contadores en Interacción.