iProfesionaliProfesional

Bancos serán los primeros en someterse a revisión externa por lavado

Mariano Federici, titular de la UIF, decidió poner fin a la falta de inspectores con la creación de un Registro de Revisores Externos Independientes 
26/10/2017 - 12:10hs
Bancos serán los primeros en someterse a revisión externa por lavado

Mariano Federici, titular de la Unidad de Información Financiera (UIF), que tiene a su cargo el Sistema de Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, decidió poner fin a la falta de inspectores del organismo con la creación de un Registro de Revisores Externos Independientes.

El Registro creado por la Resolución UIF 67-E/2017 tendrá por objeto registrar, organizar, sistematizar y controlar el listado de personas humanas habilitadas para emitir informes de revisión externa independiente vinculada al cumplimiento de ciertos Sujetos Obligados a cumplir las previsiones del Sistema de Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, explicó Javier Panno, de Auren a El Cronista.

En concreto, estaba ya previsto por ley que estuvieran sometidos a revisión externa de cumplimiento, pero no se cumplía, las entidades financieras, casas de cambio y las personas físicas o jurídicas autorizadas por el Banco Central de la República Argentina para operar en la compraventa de divisas bajo forma de dinero o de cheques extendidos en divisas o mediante el uso de tarjetas de crédito o pago, o en la transmisión de fondos dentro y fuera del territorio nacional.

La ley ya establecía como elemento de cumplimiento una revisión del Sistema de Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo en forma anual, efectuada por un profesional externo e independiente a la organización para bancos y casas de cambio.

Ahora, deberán contratar a un Revisor Externo inscripto en el Registro de la UIF, que comenzará a regir a partir del 31 de diciembre de 2017, ya que los informes anuales se presentarán el 15 de septiembre de cada año; en este caso, será el de 2018.

Más adelante otros sujetos obligados se incorporarán al sistema de revisores externos independientes, según indican los considerandos de la Resolución, como casinos, joyerías, venta de autos y objetos de arte, inmobiliarias.

Los revisores externos independientes deberán ser profesionales con título de grado universitario y acreditar formación en Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.

Además, deberán tener como mínimo 5 años de experiencia en el ejercicio profesional vinculado a temas de Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.

Si bien en general serán contadores y abogados, los primeros no podrán ser al mismo tiempo los auditores o socios del estudio de auditoría de la empresa sujeta a la revisión externa independiente en materia de lavado de dinero.

Pero esta causal de incompatibilidad se mantendrá vigente en la medida en que la normativa del Banco Central de la República Argentina mantenga en vigor la obligación de los auditores externos de emitir un informe sobre Lavado de Activos al realizar las auditorías externas.

Se establecen, asimismo, causales de inhabilidades por sanciones o antecedentes penales, y de incompatibilidad en caso de no tener independencia de la entidad a revisar.

La revisión deberá comprender la valoración de los riesgos, incluyendo la segmentación de clientes, la capacidad del Gobierno Corporativo, los planes de capacitación internos, y los sistemas de monitoreo y reporte que estén establecidos en el sujeto obligado, explicó Panno.

El Registro será de acceso público, para lo cual la UIF publicará mensualmente, en la página web https://www.argentina.gob.ar/uif, el listado de personas humanas inscriptas, un resumen de los antecedentes acreditados, y si se encuentran habilitadas, suspendidas o excluidas para realizar las revisiones externas correspondientes.

Martín Ghirardotti, del estudio Lisicki, Litvin & Asociados, señaló al matutino que dada la escasa capacidad operativa de la UIF, que por contar con sólo unos cientos de agentes frente a los miles de la AFIP, ve limitada su capacidad de supervisión, la creación del Registro de Supervisores Externos es positiva, al tiempo que coincidió con la idea de comenzar por bancos y casas de cambio, para luego seguir por los de más riesgos de lavado de activos.