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Duro golpe para Cristóbal López: la Corte Suprema rechazó el concurso preventivo de su petrolera

El máximo tribunal de justicia falló en contra del pedido de Oil Combustibles para reestructurar su deuda mediante un proceso concursal
15/11/2017 - 20:14hs
Duro golpe para Cristóbal López: la Corte Suprema rechazó el concurso preventivo de su petrolera

La Corte Suprema de Justicia declaró nulo el concurso preventivo de la empresa Oil Combustibles del Grupo Indalo. Se trata de la compañía que dio origen al principal conflicto que el holding creado por Cristóbal López enfrenta y que podría derivar en la disolución del holding y el eventual encarcelamiento tanto del empresario como de su socio, Fabián De Sousa.

Con las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Elena Hilton de Nolasco, Horacio Rosatti y CarlosFernando Rosenkrantz, el máximo tribunal de justicia de la Nación le dio casi un golpe final a la posibilidad de que esta empresa pueda refinanciar sus pasivos. 

En su fallo, consideró que el domicilio presentado por la petrolera para solicitar la apertura del concurso de acreedores es "ficticio" al haber indicado que su sede se encontraba en la ciudad de Comodoro Rivadavia, Chubut, y no en Capital Federal.

En especial, la deuda que tiene con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) por mas de $10.000 millones y que dio lugar a una investigación judicial por la presunta retencoón ilegal y evasión fiscal de lo recaudado en concepto del impuesto a la transferencia de combustibles (ITC) durante casi una década.

Esta denuncia presentada por el ente que dirige Alberto Abad dio inicio a una serie de nuevas investigaciones en contra del Grupo Indalo y hasta una nueva presentación del mismo organismo recaudador ante la justicia federal en contra de Cristóbal López y su socio, Fabián De Sousa.

Para evitar caer en default e intentar mantener a flote tanto a su empesa petrolera como al resto del holding, Oil solicitó la apertura de su concurso preventivo que le fue otorgada en un juzgado de Comodoro Rivadavia.

Sin embargo, esta decisión fue apelada por la AFIP que entendió que se trataba de una maniobra fraudulenta con el cambiode sede della compañía tendiente a evitar las consecuencias del pago por esa desviación de fondos que Indalo a su vezhabría utilizado para ampliar su pool de activos con la compra de varias empresas en diferentes sectores.

Frente a esta solicitud, la Cámara Federal de Apelaciones confirmó el concurso preventivo, por lo cual la AFIP interpuso un recurso de queja ante la Suprema Corte de Justicia que ahora decretó la nulidad del proceso concursal. En concreto, declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por la AFIP, revocó la sentencia apelada y decretó la nulidad de la sentencia de apertura del concurso preventivo de Oil Combustibles S.A..

La decisión fue adoptada en el marco del recurso de queja interpuesto por la AFIP (COM 19981/2016/20/RH2 Oil Combustible S.A. s/ concurso preventivo), El ente alegó la existencia de fraude concursal, pretendía la nulidad del auto de apertura del concurso dictado por el juez de Chubut y convalidado por la Sala D de la Cámara Nacional Comercial.

En un documento de más de 10 páginas, la Corte hace referencia al fraude cometido con la designación del domicilio concursal que fue denunciado por la AFIP y que había derivado en la suspensión del proceso que estaba en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia de Ejecución Nº 1 de Comodoro Rivadavia, en Chubut.

Luego, recuerda que se declaró la competencia de la Justicia Nacional en lo Comercial para entender en la causa ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 4 y que se decrete la nulidad de oficio de la apertura del concurso.

El fallo de la Corte también habla de la existencia de conducta fraudulenta por parte de Oil Combustibles al crear un domicilio falso en Chubut "con el fin de eludir la competencia del juez natural".

A su vez, recuerda otra denuncia de la AFIP por maniobras fraudulentas de Oil para acumular una deuda imposible de afrontar, descapitalizando a la empresa a partir de la transferencia de dinero a otras sociedades del grupo.