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La Justicia rechaza abrir concurso de una petrolera de Indalo y sus dueños dicen que el grupo podrí­a quebrar

El juez Héctor Vitale no avaló un pedido para reestructurar la deuda de $10.000 millones que acumula Oil Combustibles, en su mayoría con la AFIP
04/12/2017 - 19:48hs
La Justicia rechaza abrir concurso de una petrolera de Indalo y sus dueños dicen que el grupo podrí­a quebrar

La justicia acaba de dar otro duro golpe a la posibilidad de que el ex Grupo Indalo –ahora rebautizado como Grupo Ceibo– pueda continuar con sus operaciones. El holding creado por el empresario kirchnerista Cristóbal López no podrá reabrir el concurso preventivo de su empresa petrolera, Oil Combustibles S.A (OCSA).

Esto es así porque el juez Héctor Vitale, a cargo del Juzgado Comercial 4 de la Ciudad de Buenos Aires rechazó el pedido de la empresa de reestructurar sus deudas con un proceso judicial. En la causa "Oil Combustibles S.A s/Concurso Preventivo", Expediente 19.981, el magistrado acusó a Cristóbal López y su socio Fabián De Sousa de haber cometido "un fraude a la ley" con la solicitud de evitar la quiebra de su grupo a través de la cesación de pagos.

Según el magistrado, que el año pasado había hecho lugar al mismo pedido de Indalo que ahora rechaza, Vitale, "los antecedentes colectados en el incidente de investigación a partir del mes de mayo del año 2011 y hasta diciembre del año 2015, muestran que Oil Combustibles S.A. ha optado por no cancelar el Impuesto a los Combustibles Líquidos y acogerse a las facilidades de pago otorgadas por AFIP, mientras que, en forma paralela a ello, ha efectuado préstamos de dinero -equivalentes a las sumas que no ingresó a las arcas del Estado- a personas integrantes del "Grupo Indalo".

En su fallo, también asegura que estos préstamos abarcaron a otras firmas del grupo como Inversora M&S S.A. y a Oil M&S S.A.- y se otorgaron "en condiciones hartamente desfavorable para la compañía". Añade que esto "se aprecia desde que en lo convenido con las empresas del grupo se fijaba tasas de interés mucho menos gravosas que las previstas por el fisco o, inclusive, a veces siquiera sin plazo de devolución y/o sin tasas de interés. -v. en este sentido análisis efectuado al inciso 6to. del informe general de la sindicatura, fs. 6490/6491".

Es decir, para el magistrado mientras la concursada se endeudaba a corto plazo y con importantes tasas de interés, sus préstamos eran otorgados a personas (humanas o jurídicas) que por sus estrechos vínculos con la acreedora no habrían de restituirlos, ni mucho menos los intereses que tales préstamos generaban".  Con este argumento pone en duda la recuperabilidad total o parcial de esos préstamos y agrega que se trata de una maniobra que era con habitualidad llevada a cabo por los administradores de la empresa "presumiblemente con fondos públicos y con cierto beneplácito de la anterior administración de la A.F.I.P".

Una vez que esta posibilidad se le fue cortada, Oil se endeudó en $6.000 millones mediante una maniobra que, según Vitale "excede la diligencia con que debe desempeñarse el buen hombre de negocios". Para Vitale el pedido de apertura concursal "no es más que el instrumento procesal de un fraude con cobertura legal típicos y atípicos frente al concurso preventivo fraudulento" al que se acude para encarar un plan de insolvencia.

En los considerandos de su fallo, Vitale asegura que  el fraude concursal es una especie de fraude a la ley que se verifica cuando un deudor acude al procedimiento de concurso preventivo cumpliendo sus formalidades pero falseando alguno de los presupuestos sustanciales con el objeto de perjudicar a uno o más acreedores

También recuerda que los ejecutivos de Indalo junto a exfuncionarios del Estado Nacional están siendo investigados en al menos una causa penal por delitos de corrupción estatal que presuntamente se habrían cometido en torno a la generación de la deuda fiscal que representa el 90% del pasivo verificado de Oil y que es justamente la que generó el estado de cesación de pagos de la petrolera.

En otra parte de su fallo, el juez Vitale parece explicar las razones por las cuales el año pasado sí permitió la apertura del concurso preventivo de Oil Combustibles que ahora rechaza, acusando a los empresarios del holding de haber "tratado de inducir a engaño al Suscripto, conducta que no merece mayor análisis que el que manifiestamente resulta de tal actuar".

Destaca también que el pedido de concursamiento fue presentado hace casi dos años, "lo que implica no solo la espera del cobro crédito en sí, sino también, la suspensión de intereses, de ejecuciones, la atracción, la novación, la prescripción, la resolución contractual, entre muchas otras consecuencias".

Al argumentar que se trata de un fraude, Vitale explica que " una vez descubierto, se debe volver las cosas al estado anterior de la existencia del mismo impidiendo que la astucia logre su fin". Advierte Vitale que aún con posterioridad a la apertura concursal, la empresa "continuó llevando a cabo conductas rayanas con un proceder abusivo, y violatorias del principio de moralidad".

Acusa también al grupo de "falta de seriedad" para intentar alcanzar el proceso concursal, al no presentar más información que se le requirió o al no haber tenido  tiempo de obtener los elementos suficientes para opinar sobre el estado contable detallado y valorado del activo y el pasivo.

En cuanto a la venta del paquete accionario al fondo OP Investment, el magistrado explica en su fallo que la operación se halla condicionada al levantamiento de las inhibiciones y que no puede tomarse como causal para abrir el concurso preventivo.

"La eventual conducta que a futuro pudieran llevar a cabo los "nuevos" integrantes del directorio no sanearían –en el caso de tomarse por ciertas–, los extremos hasta aquí apuntados", sostiene.

Al respecto, fuentes del fondo OP Investment aseguraron que a pesar del fallo del juez Vitale insistirán en la reapertura del concurso preventivo ya que entienden es la única alternativa para que se pueda iniciar el proceso de inversiones y salvataje de todas las empresas del ahora Grupo Ceibo.

"Lo que interesa, y aunque el fallo no lo diga, es la empresa y no el empresario, si viabilidad, su continuidad, la conformidad de sus acreedores y el mantenimiento de las fuentes de trabajo para 4000 familias", agregan desde OP Investment.

En este marco, los abogados del holding se encuentran analizando los pasos a seguir, aunque advierten que con este fallo y los anteriores "nos están ahogando", y el grupo puede terminar en la quiebra.