Un estudio de la Unión de Aseguradoras del Riesgo del Trabajo (
UART) sobre
250.000 juicios laborales correspondientes al
73,5% del total de las
ART, ingresados previo a la vigencia de la nueva
Ley 27.348 que rige el 5 de marzo último, determinó una marcada diferencia entre lo dictaminado por las
ART y por las
Comisiones Médicas por aplicación del Baremo (Tabla de Incapacidades de la Ley) y lo dictaminado por la Justicia.
Dicha
brecha se atribuye a:
1. Utilización de tablas diferentes o cita de varias tablas a la vez,
sin especificar el
criterio, ni el uso realizado de ellas;
2. El
sistema de
remuneración del
perito, que cobra en función del resultado de juicio (a mayor porcentaje de incapacidad, mayor honorario);
3. Interpretación diferente del
Baremo de Ley o de los porcentajes máximos que permite esa tabla de referencia.
El documento dio cuenta de que en los casos sin incapacidad conforme al Baremo de Ley, los
peritos judiciales dictaminan un
19% promedio. Un ejemplo típico de estos casos son los
esguinces o
dolencia similares, que generalmente culminan
sin incapacidad real y conforme al Baremo de Ley, pero en el ámbito judicial el perito le otorga porcentaje de incapacidad física y además una incapacidad psicológica.
Mientras que en los casos con
incapacidad conforme al Baremo de Ley los peritos dictaminan
13 puntos adicionales; pasa de 9,6% promedio a 22,1% promedio para los casos que no han tenido un paso previo por Comisión Médica y pasando de 13,6% a 23,8% para los casos que han tenido un paso previo por esa instancia previa.