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Casi dos millones de depositantes podrán estar alcanzados por un gravamen, y para muchos, obligará a recalcular la conveniencia de la inversión financiera
11/01/2018 - 16:21hs

Desde este año, la renta financiera de los particulares deja de estar exenta de impuestos. Esto significa que habrá que tributar, según la modificación de la ley de Impuesto a las Ganancias que Diputados convirtió en ley el 19 de diciembre, por la renta que generen todas las inversiones, con excepción de las acciones y los bonos de Bolivia y los de Brasil, sólo por el año 2018, porque está pendiente la aprobación de ambos Congresos.

De esta manera, casi dos millones de depositantes podrán eventualmente estar alcanzados por un gravamen, y para muchos, obligará a recalcular la conveniencia de la inversión financiera, luego del boom de los fondos comunes de inversión y de las Lebac, las letras que emite el Banco Central que llegaron a pagar arriba del 30 por ciento allá por 2016. Por lo pronto, en los bancos aseguran que el impuesto “está ya asimilado” y no prevén fuga de carteras.

Así, bonos públicos, plazos fijos, Lebac, Fondos Comunes de Inversión, Obligaciones Negociables y Letes en pesos estarán alcanzados por el cinco por ciento y por el 15 por ciento si están en dólares o indexados por UVA (Unidad de Valor Adquisitivo) o CER (Coeficiente de Estabilización de Referencia).

“El Ejecutivo queda con la facultad de subir ese cinco por ciento y seguramente si la inflación baja, va a subir al 15”, explica a La Voz del Interior, Dina Castillo, del estudio Castillo y Asociados, para quien hoy el cinco y el 15% “es lo mismo” con estos niveles de inflación. Quedan exceptuadas las acciones locales. Las del exterior ya estaban alcanzadas por el 15 por ciento, y no se cambia la alícuota.

“Este es un Impuesto a las Ganancias cedular, no progresivo, se paga cinco o se paga 15%”, explica Castillo, y recuerda el antecedentes de las acciones en el exterior, que ya pagaban el 15 por ciento.

¿Cuánto y cómo se paga?

Hay que aclarar que lo que está sujeto a impuesto es la utilidad, es decir, la “ganancia” que da la inversión. La ley determinó un monto no imponible de $66.917,91, es decir, que se empieza a pagar por arriba de esa rentabilidad.

Ese monto se actualizará por Índice de Precios al Consumidor (IPC) todos los meses de octubre.

Por ejemplo, un banco de primera línea paga a sus clientes premium 22,9% por debajo de los $300 mil a 365 días de plazo. Con esa tasa, el rendimiento por $270 mil es de $64.120 anuales, con lo cual, estaría exento.

Pero si se depositan $292 mil, calza “justo” en el límite y no está alcanzado. Pero si el ahorro fuera de $300 pesos, arroja una renta de $68.700: ahí comienza a tributar, pero sobre lo que excede el mínimo no alcanzado. En este caso, son $89, ejemplifica el matutino.

En el caso del plazo fijo en dólares, que paga uno por ciento anual, empezaría a tributar desde los 325 mil dólares en adelante.

A las Lebac, el rendimiento estrella del año, le restaría 1,3 punto porcentual a la tasa del 26%, con lo que dejaría una tasa real positiva del 24,7.

Y los Fondos Comunes de Inversión, que en 2017 casi duplicaron la cantidad de suscriptores, estarán también alcanzados por el impuesto, excepto los integrados por acciones o mayoría de acciones.

No está claro aún cómo se hará efectivo el pago. En el sector dan por hecho que los bancos actuarán como agentes de retención del impuesto. Y el pago del impuesto aparecerá en el formulario Siradig que completan los asalariados y formará parte de la declaración jurada de Ganancias, ya que, en definitiva, es una ganancia que estaba exenta y que ahora tributará.