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Debate sobre el embargo de las cuentas sueldo en el Congreso, la nueva batalla a librarse entre el macrismo y la oposición

El oficialismo comenzó la defensa de esta medida en el Parlamento. El peronismo y la izquierda cuestionan esa decisión porque “afecta a los trabajadores”
08/03/2018 - 16:01hs
Debate sobre el embargo de las cuentas sueldo en el Congreso, la nueva batalla a librarse entre el macrismo y la oposición

El Gobierno comenzó con su defensa de los tres proyectos de ley que buscarán reemplazar al DNU 27/2018 sobre desburocratización y simplificación del Estado, emitido a principios de año y que le trajo más de un “dolor de cabeza”.

Es que no solo recibió críticas de referentes políticos de la oposición, sino también de sindicatos y empresarios.

Se le cuestionó desde la falta de necesidad y urgencia para dictar una medida como esa hasta la intromisión en cuestiones que no se pueden reglar por decreto, como las leyes penales pasando por cuestiones que afectan la operatoria empresarial o laboral.

Esto dio lugar a la posibilidad cierta de que ambas cámaras del Poder Legislativo rechacen el DNU, por lo el oficialismo decidió presentar tres iniciativas que copian el contenido de la norma impulsada por el presidente Mauricio Macri.

El debate comenzó esta semana y, a pesar de que el macrismo quiere que esas propuestas se sancionen sin cambios, es muy probable que esto no suceda, ya que la oposición cuestiona duramente algunos puntos y trata de incluir modificaciones.

Un relevamiento realizado por iProfesional indica que se avalaría la mayor parte del DNU pero hay temas controvertidos que podrían ser modificados o rechazados, como el que estipula la posibilidad de ampliar el embargo de los montos depositados en la cuenta sueldo.

Este miércoles, al presentarse ante un plenario de las comisiones de PyMEs, Finanzas y Legislación General, el ministro de Producción, Francisco Cabrera, defendió esa medida porque se hace “para mejorar el nivel crediticio de los asalariados”.

La iniciativa está incluida dentro del proyecto que trata sobre “Desarrollo Productivo”, y modifica el artículo 147 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), a fin de que se pueda embargar la cuenta pero sólo cualquier excedente de dinero que esté por encima de tres veces el salario promedio de su titular.

El ministro reconoció que “es un tema polémico”, pero expresó: “Lo hacemos porque creemos que es positivo para la inclusión financiera”.

El diputado massista Daniel Arroyo consideró que “en un contexto en el que las familias están sobreendeudadas” es “un error grave” avanzar con ese embargo. “Vamos a meter en un lío a gente que ya está endeudada”, agregó.

El diputado sostuvo que ese punto del proyecto de ley "tiene una base teórica pero nada tiene que ver con la realidad", y advirtió que se está "abriendo una 'Caja de Pandora'".

Desde el Frente para la Victoria-PJ, Walter Correa señaló que "el artículo 147 es claro y conciso: dice que no se pueden embargar los salarios de los laburantes", y sin embargo "lo que hacen es facilitarle las cosas a los bancos y las finanzas".

Luego se preguntó: "¿Por qué direccionan todo para las patronales y los sectores bancarios y en contra del salario de los trabajadores?".

En este punto, hace pocos días el peronismo emitió un informe sobre el detalle de las leyes, decretos ley y decretos modificados, derogados y abrogados por el DNU 27/2018.

Dicho trabajo remarca que hay "dos cuestiones que afectan a los trabajadores". Y precisamente una de ellas es la de la habilitación para embargar las cuentas sueldo.

Sobre el primer punto, el senador Miguel Pichetto le trasladó la queja de su bloque al presidente provisional del Senado, Federico Pinedo. "Esto se lo va a voltear la Justicia", le advirtió el líder peronista.

El voto a voto en el Congreso

La discusión de estos proyectos comenzará en la Cámara de Diputados. Allí, el oficialismo tiene 108 legisladores. Desde la oposición, el peronismo unido puede llegar a 128 de los 129 votos necesarios para aprobar o desechar un proyecto (el kirchnerismo tiene 65 integrantes, el interbloque Argentina Federal 34, el Frente Renovador 20, el Peronismo para la Victoria 5, y la Unidad Justicialista que responde a los hermanos Rodríguez Saá tiene 4).

A este último grupo hay que sumarle a la Izquierda, que con esos dos votos alcanzaría para “dar por tierra” con la iniciativa de Cambiemos.

Es decir, el macrismo deberá negociar y mucho si quiere dejar indemne el artículo sobre la inembargabilidad de la cuenta sueldo.

En el Senado, las noticias sobre este punto del proyecto de Desarrollo Productivo tampoco son muy alentadoras para el oficialismo. El interbloque de Cambiemos suma 25 senadores, el mismo número que el peronismo, que encabeza el mencionado Pichetto. 

El senador por Río Negro ayudó varias veces al Gobierno a juntar la mayoría, pero puede complicarlo si se alía al resto de la oposición, tal como le reclaman otros legisladores de su partido. Sobre este artículo en particular, fue uno de los más críticos.

A la oposición al proyecto hay que sumar los 8 kirchneristas, los dos puntanos y los dos progresistas. Habrá que ver cómo actúan los partidos provinciales (santiagueños, misioneros o neuquinos).

¿De qué trata la modificación?

El DNU 27/2018 (que está vigente) modificó un artículo de la Ley de Contrato de Trabajo y dejó sin efecto la inembargabilidad de las cuentas sueldo.

Ahora, los acreedores podrán pedir el embargo de esas cuentas, que pueden estar engrosadas por otras sumas no provenientes del salario, si tienen saldos superiores al equivalente a tres sueldos.

De acuerdo a lo manifestado por los distintos funcionarios del Gobierno nacional, esa decisión se fundamentó en que “los acreedores tendrán mayor garantía y cuantía de cobro de la deuda contraída por el trabajador y demás beneficiarios de la Seguridad Social, como jubilados”.

Y destacan que el decreto también alude a los “niveles de protección inadecuados” que obstaculizan la inclusión financiera, especialmente, de los sectores más vulnerables.

Jorge Saini, colaborador de la editorial Erreius, indica que desde la práctica su aplicación requiere de varios puntos a considerar:

a) Falta precisar la forma en la que el embargo se instrumentará, es decir, el contenido que deban tener los oficios que eventualmente se dirijan a las entidades bancarias a fin de que estos solo procedan a la retención de los montos embargables. Dicho de otro modo, los bancos seguirán careciendo de recibos de haberes a fin de realizar los cálculos que determina el artículo 147 de la LCT haciendo difícil su aplicación práctica.

b) Desde el punto de vista de los potenciales acreedores, quedan dudas de si los ahorros que de un momento a otro podrían retirarse de la cuenta sueldo del titular constituyen una garantía confiable que haga atractivo el otorgamiento de créditos.

c) Tampoco queda claro cómo los bancos podrían diferenciar en qué medida los ahorros existentes responden a distintos orígenes.

“Sin dudas, quedan puntos para determinar que, paradójicamente, sumarán más burocracia que simplificación a la realización de la medida judicial del embargo”, destacó el especialista.

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