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Para los contadores, el ajuste por inflación rige con los balances que cierran el 31 de julio próximo

La FACPCE señaló que el ajuste por inflación se puso en marcha con los estados contables cuyo ejercicio contable cierra a partir del 1 de julio pasado    
25/07/2018 - 05:34hs
Para los contadores, el ajuste por inflación rige con los balances que cierran el 31 de julio próximo

Los contadores representados en la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) manifestaron que el ajuste por inflación se pone en marcha con los estados contables (balances)  que cierran desde el 31 de julio próximo.

Si bien desde Hacienda evalúan frenar el ajuste por inflación impositivo, el ajuste contable no sería frenado.

A continuación, la nota de la FACPCE:

Marcelo D. Rodríguez, CEO de MR Consultores, señaló a este medio "si bien desde el Gobierno es resistido, desde la FACPCE hace tiempo que se viene manejando la idea de reflotar el ajuste por inflación".

"La Facpce considera que se debe aplicar desde el cierre de julio, y se da un período de transcisión -cierres de julio, agosto y septiembre- para convertirse en obligatorio para el cierre 31 de octubre", agregó el experto.

"La profesión contable hace 25 años que no aplica el ajuste por inflación, por ende hay falta de experiencia y hay que capacitar a los colegas y alinear los sistemas", advirtió Rodríguez.

"Hacienda buscará la manera de suspender el ajuste por inflación impositivo, por un tema recaudatorio", adelanta el experto.

Por otra parte, la FACPCE presentó a la AFIP otra nota solicitando que se revea la imposibilidad de incluir en el plan de facilidades de pago permanente las obligaciones del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales con vencimiento en el mismo año calendario de la presentación del plan de facilidades.

A continuación, la nota publicada por Errepar:

A través de la nota, también se solicita que el sistema de cuentas tributarias efectúe el recálculo de los anticipos del impuesto a las ganancias de las personas jurídicas teniendo en cuenta la incidencia de la reducción de la alícuota del impuesto dispuesta por la reforma tributaria.