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¿Sos consumidor final?: conocé los datos requeridos por AFIP si tu compra supera el monto límite

Cuando el receptor de la factura sea un consumidor final, deberán detallar los datos establecidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos
Por A.L.
17/07/2023 - 16:09hs
¿Sos consumidor final?: conocé los datos requeridos por AFIP si tu compra supera el monto límite

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos de facturación a partir de los cuales se deben detallar ciertos datos del receptor del comprobante, si se trata de consumidor final.

Cuando hacemos referencia al término "consumidor final", nos referimos a aquella persona que adquiere un producto o servicio para uso privado o consumo personal, sin propósitos comerciales. Tanto los Responsables Inscriptos como los monotributistas tienen la posibilidad de emitir facturas a consumidores finales, aunque los requisitos para cada caso difieren. 

En una factura destinada al consumidor final, no es obligatorio incluir los datos personales del receptor ni su condición ante la AFIP, siempre que el monto de la operación no supere ciertos límites. Estos montos son revisados y actualizados periódicamente por la AFIP. En el próximo apartado, detallaremos los montos actualizados y otros aspectos relevantes sobre este tema.

A partir de ahora, cuando realices una compra y el importe de la factura sea igual o superior a $92.720, se requerirá que se informe ciertos datos, que te detallamos a continuación.

Qué datos dan a conocer cuando la compra supera el monto límite

La información que deberá detallarse es la siguiente:

  • Apellido y Nombres.
  • Domicilio.
  • CUIT/CUIL/CDI, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI).
Cuando realices una compra y el importe de la factura sea igual o superior a $92.720, se requerirá que se informe ciertos datos

La identificación también se realizará cuando el importe de la operación sea igual o superior a $ 46.360 y no se haya pagado con tarjetas de crédito o de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes conforme normativa del Banco Central de la República Argentina.

Cuándo vence el plazo para registrar datos biométricos AFIP: a quiénes alcanza

El próximo 31 de julio vence el plazo para que las personas cuyas CUIT terminen en 6 o 7 validen sus datos biométricos a través de la aplicación móvil "Mi AFIP".

El registro de los datos biométricos es un procedimiento obligatorio destinado a facilitar y garantizar la correcta identificación de las características únicas de cada persona.

Uno de los métodos para realizar la validación de los datos es mediante el uso de la aplicación móvil "Mi AFIP". Si la operación se realiza de esta manera no es obligatorio acercarse a una dependencia de la AFIP, ni tampoco requiere de confirmación ni aceptación de los datos en ninguna otra plataforma o modalidad.

Si se solicitó o blanqueó la clave fiscal desde la app, tampoco deberán realizar confirmación ni aceptación de datos.

Quienes no puedan cumplir con la registración de los datos en forma virtual, podrán realizar el trámite de manera presencial en una dependencia de AFIPtras solicitar un turon en la página de la AFIP, en "Datos biométricos – Registro".

Finalmente, para la registración quede validada, luego de la toma de datos, se deberá ingresar con clave fiscal al servicio "Aceptación de datos biométricos" para confirmar la foto y firma.

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